DECRETO CON FUERZA DE LEY N° 243
Artículo 3o Los Servicios que dependen directamente del Presidente de la República son los siguientes:
Vigente · versión de 29 may 1931
Art. 3.o Los Servicios que dependen directamente del Presidente de la República son los siguientes: a) Dirección General de Obras Públicas; b) Consejo de Defensa Fiscal; c) Oficina de Presupuestos; d) Contraloría General de la República.