🇨🇱 Chile
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DFL 292cl-legislative-decree-1931-05-30-29230 may 1931

  1. Artículo ley número 342, de 13 de Marzo de 1925, por el siguiente:
  2. Artículo leyes números 342 y 684, se empleen las expresiones "la Inspección" o "la Inspección Superior", éstas serán reemplazadas por la de "El Departamento
  3. Artículo
  4. Artículo ley 342, se suprimen las palabras "menor de treinta años, ni", y se agrega la palabra "años" después del número 90
  5. Artículo
  6. Artículo ley 342, lo siguiente:
  7. Artículo
  8. Artículo
  9. Artículo ley número 342, por los siguientes:
  10. Artículo 10
  11. Artículo 11 Agregar después del artículo 59 del decreto-ley 342, el siguiente:
  12. Artículo 12 El artículo 61 del decreto-ley 342 queda reemplazado por el que en seguida se indica:
  13. Artículo 13 Substitúyese el artículo 69 del decreto-ley número 342, por el que a continuación se indica:
  14. Artículo 14 El artículo 70 del mismo decreto-ley será reemplazado por el que sigue:
  15. Artículo 15 Substitúyese el artículo 100 del decreto-ley número 342 por el que sigue:
  16. Artículo 16
  17. Artículo 17
  18. Artículo 18 Reemplázase el artículo 28 a que se refiere el artículo 2º del decreto-ley 684, por el que sigue:
  19. Artículo 19 Modifícase la parte última del segundo inciso del artículo 6º del decreto-ley 684, en la siguiente forma: "mientras el Gobierno, oyendo a las Empresas interesadas, adopte una resolución definitiva"
  20. Artículo 20 En el decreto-ley 342, la expresión "Ministerio de Obras y Vías Públicas" será reemplazada por la de "Ministerio de Fomento"
  21. Artículo 21 En el artículo 10 del decreto-ley 684, la expresión "Inspector Superior" será reemplazada por la de "Director del Departamento"
  22. Artículo 22 Reemplázase el artículo 155, a que se refiere el artículo 10 del decreto-ley, número 684, por el que sigue:
  23. Artículo 23 Inclúyense en el Título IX del decreto-ley número 342, los siguientes artículos nuevos:
  24. Artículo 24
  25. Artículo 25
  26. Artículo 26 El presente decreto con fuerza de ley regirá desde su publicación en el Diario Oficial
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