DECRETO CON FUERZA DE LEY NUM. 335
Artículo 2o Créase una Legación en Egipto que será servida sin mayor gasto, por el titular de otra Misión Diplomática que el Presidente de la República designe
Vigente · versión de 30 may 1931
Art. 2.o Créase una Legación en Egipto que será servida sin mayor gasto, por el titular de otra Misión Diplomática que el Presidente de la República designe.