ORGANIZA SERVICIOS DE AUXILIO ESCOLAR
Artículo 3° Los cargos de miembros de la Junta Nacional de Auxilio Escolar, Juntas Provinciales y Juntas Locales, serán desempeñados ad honorem
Vigente · versión de 5 ago 1953
Artículo 3.° Los cargos de miembros de la Junta Nacional de Auxilio Escolar, Juntas Provinciales y Juntas Locales, serán desempeñados ad honorem.