DECLARA EN REORGANIZACION Y FIJA NUEVAS PLANTAS DE FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO DE TIERRAS Y COLONIZACION
Artículo 8o Los funcionarios en actual servicio que fueren nombrados en alguno de los cargos a que se refiere el artículo 3
Vigente · versión de 1 dic 1959
Artículo 8.o Los funcionarios en actual servicio que fueren nombrados en alguno de los cargos a que se refiere el artículo 3.o y que estuvieren gozando de remuneraciones superiores a las fijadas en él, percibirán las diferencias por planilla suplementaria.