MODIFICA PLANTAS DE SERVICIOS MENORES DE LA SECRETARIA Y ADMINISTRACION GENERAL DE TRANSPORTES Y DEPARTAMENTOS DEPENDIENTES
Artículo 4El personal que se encasille en las Plantas fijadas no se le exigirá los requisitos de estudios establecidos en el artículo 376º del DFL
Vigente · versión de 11 jun 1973
Artículo 4º.- El personal que se encasille en las Plantas fijadas no se le exigirá los requisitos de estudios establecidos en el artículo 376º del DFL. Nº 338, de 1960, siempre que hubiere estado desempeñándose el 31 de Diciembre de 1971.