FIJA NUEVAS PLANTAS Y REMUNERACIONES PARA EL PERSONAL DE LA EMPRESA DE TRANSPORTES COLECTIVOS DEL ESTADO
Artículo 4Los cargos de Jefes de Departamentos serán de libre designación del Presidente de la República
Vigente · versión de 11 ago 1973
Artículo 4º.- Los cargos de Jefes de Departamentos serán de libre designación del Presidente de la República. Los demás grados 2º y 3º serán de libre designación del Director de la Empresa. No obstante, los cargos de libre designación que se transforman de acuerdo al presente decreto con fuerza de ley y aquellos cargos grados 2º y 3º que tienen un titular seguirán siendo servidos por éstos.