FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY Nº 19.070 QUE APROBO EL ESTATUTO DE LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACION, Y DE LAS LEYES QUE LA COMPLEMENTAN Y MODIFICAN
Artículo
Vigente · versión de 21 feb 2026
Artículo 22: Facúltase al Ministerio de Educación para que modifique los convenios suscritos con las Corporaciones Ley Nº19.278 y Fundaciones, en virtud del decreto ley Nº 3.166, de 1980, Art.10 Inc 3º para administrar establecimientos de educación técnico- y 4º profesional, con el fin de entregar los recursos que permitan dar cumplimiento a la presente ley. El Ministerio de Educación fijará internamente los procedimientos de entrega de estos recursos a las Corporaciones o Fundaciones respectivas.