FIJA EL TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DEL CODIGO DEL TRABAJO
Artículo 145La infracción a lo dispuesto en el artículo L
Vigente · versión de 23 jul 2026
Art. 145. La infracción a lo dispuesto en el artículo L. 18.620 136 se sancionará con una multa a beneficio fiscal de cinco ART. PRIMERO a veinticinco unidades tributarias mensuales, que se Art. 141 duplicará en caso de reincidencia.