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FIJA EL TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DEL DECRETO LEY Nº211, DE 1973

Artículo únicoFíjase el siguiente texto

Artículo 1La presente ley tiene por objeto

Artículo 2Corresponderá al Tribunal de Defensa de

Artículo 3El que ejecute o celebre, individual o

Artículo 3 bisPodrán también aplicarse las

Artículo 4No podrán otorgarse concesiones,

Artículo 4 bisLa adquisición, por parte de una

Artículo 5El Tribunal de Defensa de la Libre

Artículo 6El Tribunal de Defensa de la Libre

Artículo 7Antes de asumir sus funciones los

Artículo 8El Tribunal de Defensa de la Libre

Artículo 9El Tribunal funcionará en forma

Artículo 9 bisDerogado

Artículo 10La remuneración mensual de los

Artículo 11Los miembros del Tribunal podrán perder

Artículo 11 bisSin perjuicio de lo establecido en los

Artículo 12Los miembros del Tribunal de Defensa de

Artículo 13La Planta del Tribunal de Defensa de la

Artículo 14El nombramiento de los funcionarios se

Artículo 15Sin perjuicio de lo dispuesto en las

Artículo 16En caso de ausencia o impedimento, el

Artículo 17La Ley de Presupuestos del Sector

Artículo 18El Tribunal de Defensa de la Libre

Artículo 19El conocimiento y fallo de las causas a

Artículo 20El procedimiento será escrito, salvo la

Artículo 21La notificación del requerimiento o de

Artículo 22Vencido el plazo establecido en el

Artículo 23Vencido el término probatorio, el

Artículo 24Las cuestiones accesorias al asunto

Artículo 25El Tribunal, de oficio o a petición de

Artículo 26La sentencia definitiva será fundada,

Artículo 27Las resoluciones pronunciadas por el

Artículo 28La ejecución de las resoluciones

Artículo 29Las normas contenidas en los Libros I y

Artículo 30La acción de indemnización de

Artículo 31El ejercicio de las atribuciones a que

Artículo 31 bisEl ejercicio de la atribución

Artículo 32Los actos o contratos ejecutados o

Artículo 33La Fiscalía Nacional Económica será

Artículo 34El Fiscal Nacional Económico podrá

Artículo 35Fíjase a contar del día primero del

Artículo 36El personal de planta de la Fiscalía

Artículo 37El régimen de remuneraciones del

Artículo 38El personal de planta y a contrata de la

Artículo 39El Fiscal Nacional Económico, en el

Artículo 39 bisEl que intervenga en alguna de las

Artículo 39 terPara efectos de aplicar la multa

Artículo 40El Fiscal Nacional Económico podrá,

Artículo 41La Fiscalía deberá recibir e

Artículo 42Las personas que entorpezcan las

Artículo 43Los asesores o consultores que presten

Artículo 44La Fiscalía Nacional Económica se

Artículo 45Las presentaciones de los particulares

Artículo 46Se sujetarán a las normas

Artículo 47Se entenderá por operación de

Artículo 48Deberán notificarse a la Fiscalía

Artículo 49Los agentes económicos que proyecten

Artículo 50Recibida la notificación de una

Artículo 51La resolución que ordene el inicio de

Artículo 52En el curso de las investigaciones

Artículo 53El notificante podrá siempre

Artículo 54Dentro de los treinta días siguientes

Artículo 55Las resoluciones dictadas en

Artículo 56Extendida la investigación en virtud

Artículo 57Dentro del plazo establecido en la

Artículo 58Mediante resolución fundada, el

Artículo 59Los plazos de días establecidos en

Artículo 60Los plazos establecidos en el inciso

Artículo 61Las comunicaciones, solicitudes y

Artículo 62El que celebre u ordene celebrar,

Artículo 63Estarán exentos de responsabilidad

Artículo 64Las investigaciones de los hechos

Artículo 65La acción penal para la persecución

Disposición transitoria

Artículo 1Las causas que a la fecha de entrada en

Artículo 2Las Comisiones Preventivas Regionales,

Artículo 3Para todos los efectos legales se

Artículo 4En tanto el Presidente de la República

Artículo 5Deróganse las disposiciones del Título

Artículo 6Las Comisiones Preventivas Regionales

Artículo 7Las designaciones de los miembros de la

Artículo 8El Fiscal Nacional Económico podrá

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