FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY Nº20.370 CON LAS NORMAS NO DEROGADAS DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 1, DE 2005
Artículo 21La educación superior es aquella que tiene
Vigente · versión de 11 feb 2026
Art. 21. La educación superior es aquella que tiene por objete la preparación y formación del estudiante en un Ley Nº 20.370 Art. nivel avanzado en las ciencias, las artes, las humanidades y 21 D.O. 12.09.2009 las tecnologías, y en el campo profesional y técnico. El ingreso de estudiantes a la educación superior tiene como requisito mínimo la licencia de educación media. La enseñanza de educación superior comprende diferentes niveles de programas formativos, a través de los cuales es posible obtener títulos de técnico de nivel superior, títulos profesionales, grados académicos o títulos universitarios o sus equivalentes.