ESTABLECE ESTATUTOS DEL CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA DE LA REGIÓN DE COQUIMBO
Artículo 7Al (a la) Rector(a) le corresponderá la dirección, organización y administración de todas las actividades de la institución, tanto en el ámbito académico, como administrativo y financiero
Vigente · versión de 6 abr 2017
Artículo 7º.- Al (a la) Rector(a) le corresponderá la dirección, organización y administración de todas las actividades de la institución, tanto en el ámbito académico, como administrativo y financiero. En el cumplimiento de su cometido, deberá velar por el desarrollo coherente, transversal y de excelencia de la institución, estableciendo las políticas generales que permitan la consecución de los fines y la plena realización de la misión institucional.