ESTABLECE EL ESTATUTO GENERAL SOBRE ORGANIZACIÓN, GOBIERNO, FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LAS UNIVERSIDADES DEL ESTADO
Artículo 29Subrogancia
Vigente · versión de 6 sept 2019
Artículo 29.- Subrogancia. El Contralor Universitario será subrogado, en caso de ausencia o impedimento, por el funcionario de la jerarquía siguiente, que sea abogado, dentro de la Contraloría Universitaria.