ESTABLECE EL ESTATUTO GENERAL SOBRE ORGANIZACIÓN, GOBIERNO, FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LAS UNIVERSIDADES DEL ESTADO
Artículo 4Órganos superiores
Vigente · versión de 6 sept 2019
Artículo 4.- Órganos superiores. El gobierno de la universidad del Estado será ejercido a través de los siguientes órganos superiores: a) Consejo Superior, b) Rector, c) Consejo Universitario. A su vez, la responsabilidad del control y de la fiscalización interna estará a cargo de la Contraloría Universitaria. Los órganos indicados en las letras a) y c) podrán recibir una denominación distinta en los estatutos de la universidad.