DFL 1

FIJA PLANTAS DE PERSONAL DE LA DIRECCIÓN DEL TRABAJO Y REGULA OTRAS MATERIAS QUE INDICA

Artículo 1Fíjanse las siguientes plantas de personal de la Dirección del Trabajo:

Artículo 2Establécense los siguientes requisitos para el ingreso y promoción en las plantas y cargos que se indican de la Dirección del Trabajo:

Artículo 3

Artículo 4En conformidad con lo dispuesto en el artículo séptimo transitorio de la ley Nº 21

Artículo primeroLos cargos del artículo 1º del presente decreto con fuerza de ley, que serán provistos mediante el proceso de encasillamiento del personal establecido en el artículo cuarto transitorio de la ley Nº 21

Artículo segundo

Artículo tercero

Artículo cuartoEl encasillamiento en los cargos que se realice de conformidad a lo dispuesto en los numerales 1, 2 y 3 del artículo cuarto transitorio de la ley Nº 21

Artículo quintoUna vez practicado lo establecido en los numerales 1, 2 y 3 del artículo cuarto transitorio de la ley Nº 21

Artículo sexto

Artículo séptimoUna vez practicado el mecanismo señalado en el artículo cuarto transitorio de la ley Nº 21

Artículo octavoUna vez practicado el mecanismo señalado en el artículo quinto transitorio de la ley Nº 21

Artículo noveno

Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

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