DFL 1

FIJA PLANTAS DE PERSONAL DE LA DIRECCIÓN DEL TRABAJO Y REGULA OTRAS MATERIAS QUE INDICA

Articolo 1Fíjanse las siguientes plantas de personal de la Dirección del Trabajo:

Articolo 2Establécense los siguientes requisitos para el ingreso y promoción en las plantas y cargos que se indican de la Dirección del Trabajo:

Articolo 3

Articolo 4En conformidad con lo dispuesto en el artículo séptimo transitorio de la ley Nº 21

Articolo primeroLos cargos del artículo 1º del presente decreto con fuerza de ley, que serán provistos mediante el proceso de encasillamiento del personal establecido en el artículo cuarto transitorio de la ley Nº 21

Articolo segundo

Articolo tercero

Articolo cuartoEl encasillamiento en los cargos que se realice de conformidad a lo dispuesto en los numerales 1, 2 y 3 del artículo cuarto transitorio de la ley Nº 21

Articolo quintoUna vez practicado lo establecido en los numerales 1, 2 y 3 del artículo cuarto transitorio de la ley Nº 21

Articolo sexto

Articolo séptimoUna vez practicado el mecanismo señalado en el artículo cuarto transitorio de la ley Nº 21

Articolo octavoUna vez practicado el mecanismo señalado en el artículo quinto transitorio de la ley Nº 21

Articolo noveno

Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

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