Real Decreto-ley 3/2012

Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.

Preámbulo Preámbulo

Artículo 1Intermediación laboral

Artículo 2Formación profesional

Artículo 3Reducciones de cuotas en los contratos para la formación y el aprendizaje

Artículo 4Contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores

Artículo 5Contrato a tiempo parcial

Artículo 6Trabajo a distancia

Artículo 7Bonificaciones de cuotas por transformación de contratos en prácticas, de relevo y de sustitución en indefinidos

Artículo 8Clasificación profesional

Artículo 9Tiempo de trabajo

Artículo 10Movilidad funcional

Artículo 11Movilidad geográfica

Artículo 12Modificación sustancial de condiciones de trabajo

Artículo 13Suspensión del contrato o reducción de la jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o derivadas de fuerza mayor

Artículo 14Negociación colectiva

Artículo 15Medidas de apoyo a la suspensión de contratos y a la reducción de jornada

Artículo 16Reposición del derecho a la prestación por desempleo

Artículo 17Suspensión temporal de la aplicación del artículo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores

Artículo 18Extinción del contrato de trabajo

Artículo 19Fondo de Garantía Salarial

Artículo 20De la jurisdicción y de la competencia

Artículo 21De los actos procesales

Artículo 22De la evitación del proceso

Artículo 23De las modalidades procesales

Artículo 24De los medios de impugnación

Artículo 25De la ejecución de sentencias

Disposición adicional primeraFinanciación, aplicación y control de las bonificaciones y reducciones de las cotizaciones sociales

Disposición adicional segundaAplicación del despido por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción en el Sector Público

Disposición adicional terceraAplicación del artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores en el Sector Público

Disposición adicional cuartaControl de la incapacidad temporal y Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales

Disposición adicional quintaComisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos

Disposición adicional sextaMedidas de apoyo a la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos

Disposición adicional séptimaNormas aplicables en las entidades de crédito

Disposición adicional octavaEspecialidades en los contratos mercantiles y de alta dirección del sector público estatal

Disposición adicional novenaAdaptación de los convenios colectivos al nuevo sistema de clasificación profesional

Disposición transitoria primeraRégimen transitorio de actuación de las empresas de trabajo temporal como agencias de colocación

Disposición transitoria segundaBonificaciones en contratos vigentes

Disposición transitoria terceraNormas relativas a la reposición de las prestaciones por desempleo

Disposición transitoria cuartaVigencia de los convenios denunciados en la fecha de entrada en vigor de este real decreto-ley

Disposición transitoria quintaIndemnizaciones por despido improcedente

Disposición transitoria sextaContratos de fomento de la contratación indefinida celebrados antes de la entrada en vigor de este real decreto-ley

Disposición transitoria séptimaActividad formativa y su financiación en los contratos para la formación y el aprendizaje vigentes

Disposición transitoria octavaActividad formativa y su financiación en los contratos para la formación y el aprendizaje celebrados a partir de la entrada en vigor de este real decreto-ley

Disposición transitoria novenaLímite de edad de los trabajadores contratados para la formación y el aprendizaje

Disposición transitoria décimaRégimen aplicable a los expedientes de regulación de empleo en tramitación o con vigencia en su aplicación a la entrada en vigor de este real decreto-ley

Disposición transitoria undécimaNormas relativas a la modalidad procesal del artículo 124 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social

Disposición transitoria duodécimaNormas transitorias sobre las aportaciones económicas de las empresas con beneficios que realicen despidos colectivos

Disposición derogatoria únicaAlcance de la derogación normativa

Disposición final primeraModificaciones en materia de conciliación de la vida laboral y familiar

Disposición final segundaCuenta de formación

Disposición final terceraCheque formación

Disposición final cuartaDespidos colectivos que afecten a trabajadores de 50 o más años en empresas con beneficios

Disposición final quintaModificaciones del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, en materia de protección por desempleo

Disposición final sextaAcreditación de situaciones legales de desempleo que provengan de despido colectivo, o suspensión del contrato y reducción de jornada

Disposición final séptimaModificación del Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo

Disposición final octava

Disposición final novenaHoras extraordinarias en los contratos de trabajo a tiempo parcial

Disposición final décimaModificación de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo

Disposición final undécimaModificación del Real Decreto 1542/2011, de 31 de octubre, por el que se aprueba la Estrategia Española de Empleo 2012-2014

Disposición final duodécimaMedidas de ámbito estatal en la Estrategia Española de Empleo 2012-2014

Disposición final decimotercera

Disposición final decimocuartaFundamento constitucional

Disposición final decimoquintaFacultades de desarrollo

Disposición final decimosextaEntrada en vigor

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