Ley 88/1960

Ley 88/1960, de 22 de diciembre, por la que se concede al personal del Ministerio del Aire procedente del Cuerpo Auxiliar de Servicios Técnicos de la Armada (C. A. S. T. A.) el abono a todos los efectos, incluso los pasivos, del tiempo de servicio prestado desde su ingreso en dicho Ministerio.

Artículo primero

Artículo segundo

Artículo tercero

Artículo cuarto

Artículo quinto

Artículo sexto

Artículo séptimo

Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

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