Ley 35/2007

Ley 35/2007, de 15 de noviembre, por la que se establece la deducción por nacimiento o adopción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y la prestación económica de pago único de la Seguridad Social por nacimiento o adopción.

Preámbulo Preámbulo

Artículo 1Objeto

Artículo 2Personas beneficiarias

Artículo 3Instrumentación e importe

Artículo 4Plazo y procedimiento para su solicitud

Artículo 5Competencia para la gestión y administración de la prestación no contributiva de la Seguridad Social

Disposición adicional primeraNacimientos y adopciones que dan derecho a la presente ayuda

Disposición adicional segundaContribuyentes a los que resulte aplicable la normativa foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Disposición adicional terceraCoordinación con las Comunidades Autónomas

Disposición adicional cuartaPolíticas tendentes a la escolarización de cero a tres años

Disposición adicional quintaPolíticas tendentes al desarrollo de la conciliación de la vida laboral, personal y familiar

Disposición adicional sextaPerspectiva de género

Disposición adicional séptimaConvenios de financiación de centros y servicios que posibiliten la red de escuelas infantiles en el tramo de cero a tres años

Disposición transitoria únicaComunicaciones presentadas antes de la entrada en vigor de esta Ley

Disposición final primera

Disposición final segundaModificaciones de la Ley General de la Seguridad Social, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio

Disposición final terceraHabilitación normativa

Disposición final cuartaEntrada en vigor

Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

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