Ley 35/2007

Ley 35/2007, de 15 de noviembre, por la que se establece la deducción por nacimiento o adopción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y la prestación económica de pago único de la Seguridad Social por nacimiento o adopción.

Preamble Preámbulo

Article 1Objeto

Article 2Personas beneficiarias

Article 3Instrumentación e importe

Article 4Plazo y procedimiento para su solicitud

Article 5Competencia para la gestión y administración de la prestación no contributiva de la Seguridad Social

Provision adicional primeraNacimientos y adopciones que dan derecho a la presente ayuda

Provision adicional segundaContribuyentes a los que resulte aplicable la normativa foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Provision adicional terceraCoordinación con las Comunidades Autónomas

Provision adicional cuartaPolíticas tendentes a la escolarización de cero a tres años

Provision adicional quintaPolíticas tendentes al desarrollo de la conciliación de la vida laboral, personal y familiar

Provision adicional sextaPerspectiva de género

Provision adicional séptimaConvenios de financiación de centros y servicios que posibiliten la red de escuelas infantiles en el tramo de cero a tres años

Provision transitoria únicaComunicaciones presentadas antes de la entrada en vigor de esta Ley

Provision final primera

Provision final segundaModificaciones de la Ley General de la Seguridad Social, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio

Provision final terceraHabilitación normativa

Provision final cuartaEntrada en vigor