Ley 14/2007

Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía.

Preámbulo Preámbulo

Artículo 1Objeto

Artículo 2Ámbito de aplicación

Artículo 3Competencia

Artículo 4Cooperación de otras Administraciones Públicas

Artículo 5Colaboración ciudadana

Artículo 6Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz

Artículo 7Estructura del Catálogo

Artículo 8Efectos de la inscripción

Artículo 9Procedimiento de inscripción

Artículo 10Modificación y cancelación

Artículo 11Instrucciones particulares

Artículo 12Inclusión en el Registro de la Propiedad

Artículo 13Inventario de Bienes Reconocidos del Patrimonio Histórico Andaluz

Artículo 14Obligaciones de las personas titulares

Artículo 15Órdenes de ejecución

Artículo 16Ejecución forzosa

Artículo 17Derechos de tanteo y retracto

Artículo 18Expropiación

Artículo 19Contaminación visual o perceptiva

Artículo 20Criterios de conservación

Artículo 21Proyecto de conservación e informe de ejecución

Artículo 22Requisitos del proyecto de conservación

Artículo 23Potestad de inspección

Artículo 24Intervenciones de emergencia

Artículo 25Clasificación

Artículo 26Conceptos

Artículo 27Contenido de la inscripción

Artículo 28Entorno de los Bienes de Interés Cultural

Artículo 29Instrumentos de ordenación y planes con incidencia patrimonial

Artículo 30Planeamiento urbanístico de protección

Artículo 31Contenido de protección de los planes

Artículo 32Informe en los procedimientos de prevención y control ambiental

Artículo 33Autorización de intervenciones, prohibiciones y deber de comunicación sobre inmuebles

Artículo 34Actuaciones no sometidas a licencia

Artículo 35Suspensión de obras o actuaciones

Artículo 36Suspensión de licencias y paralización de actuaciones

Artículo 37Expedientes de ruina

Artículo 38Demoliciones

Artículo 39Actuaciones ilegales

Artículo 40Delegación de competencias en los municipios

Artículo 41Procedimiento único

Artículo 42Bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz

Artículo 43Autorización de intervenciones, prohibiciones y deber de comunicación en bienes muebles

Artículo 44Bienes muebles vinculados

Artículo 45Obligaciones

Artículo 46Actuaciones ilegales

Artículo 47Concepto

Artículo 48Declaración de Zona de Servidumbre Arqueológica

Artículo 49Régimen de la Zona de Servidumbre Arqueológica

Artículo 50Régimen de los hallazgos casuales

Artículo 51Actuación administrativa

Artículo 52Autorizaciones de actividades arqueológicas

Artículo 53Solicitudes de autorización de actividades arqueológicas y Proyectos Generales de Investigación Arqueológica

Artículo 54Procedimiento de autorización

Artículo 55Revocación de autorizaciones. Responsabilidades

Artículo 56Colaboración con la inspección de la actividad arqueológica

Artículo 57Dirección de la actividad arqueológica o Proyecto General de Investigación Arqueológica

Artículo 58Actuaciones de urgencia

Artículo 59Actuaciones arqueológicas previas a la intervención sobre un inmueble

Artículo 60Uso de detectores de metales y otros instrumentos

Artículo 61Concepto y ámbito

Artículo 62Bienes muebles de interés etnológico

Artículo 63Especial protección

Artículo 64Adecuación del planeamiento

Artículo 65Definición

Artículo 66Clasificación

Artículo 67Especial protección

Artículo 68Adecuación del planeamiento

Artículo 69Concepto y régimen jurídico del Patrimonio Documental Andaluz

Artículo 70Inspección de documentos

Artículo 71Derecho de acceso

Artículo 72Concepto y régimen jurídico

Artículo 73Bienes integrantes del Patrimonio Bibliográfico Andaluz

Artículo 74Inspección y acceso

Artículo 75Clasificación y régimen aplicable

Artículo 76Concepto

Artículo 77Clasificación

Artículo 78Conjuntos Culturales

Artículo 79Funciones de los Conjuntos

Artículo 80Estructura y funcionamiento de los Conjuntos

Artículo 81Parques Culturales

Artículo 82Estructura y funcionamiento de los Parques Culturales

Artículo 83Configuración de la Red

Artículo 84Inversiones culturales

Artículo 85Porcentaje para conservación

Artículo 86Dación en pago

Artículo 87Aceptación de donaciones y legados

Artículo 88Aplicación de estímulos a la rehabilitación de viviendas y eliminación de la contaminación visual

Artículo 89Cesión de inmuebles de titularidad autonómica

Artículo 90Depósito voluntario de bienes muebles

Artículo 91Subvenciones

Artículo 92Consejo de Gobierno

Artículo 93Consejería competente

Artículo 94Delegaciones Provinciales

Artículo 95Órganos interadministrativos de gestión

Artículo 96Consejo Andaluz del Patrimonio Histórico

Artículo 97Funciones

Artículo 98Comisiones Andaluzas de Bienes Culturales

Artículo 99Comisiones Provinciales de Patrimonio Histórico

Artículo 100Funciones

Artículo 100 bisPonencias Técnicas de Patrimonio Histórico

Artículo 101Composición equilibrada

Artículo 102Otras instituciones consultivas

Artículo 103Inspección del Patrimonio Histórico

Artículo 104Facultades de la Inspección

Artículo 105Plan de Inspección y actuaciones inspectoras

Artículo 106Concepto

Artículo 107Clasificación

Artículo 108Infracciones muy graves

Artículo 109Infracciones graves

Artículo 110Infracciones leves

Artículo 111Responsables

Artículo 112Agravantes y atenuantes

Artículo 113Obligación de reparación

Artículo 114Multas y sanciones accesorias

Artículo 115Órganos sancionadores

Artículo 116Destino de las multas

Artículo 117Denuncia

Artículo 118Incoación y medidas cautelares

Artículo 119Prescripción de infracciones y sanciones

Disposición adicional primeraRetorno a la Comunidad Autónoma de bienes integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz

Disposición adicional segundaEquiparación de figuras de protección

Disposición adicional terceraIncorporación al Catálogo de los bienes declarados de interés cultural

Disposición adicional cuartaEntorno de determinados inmuebles

Disposición adicional quintaNormas sobre la inscripción y transmisión de los bienes de la Iglesia católica

Disposición adicional sextaInscripción y transmisión de determinados bienes

Disposición adicional séptimaBienes de especial interés turístico

Disposición adicional octavaInscripción como Bienes de Interés Cultural de los bienes y restos materiales del megalitismo de Andalucía

Disposición adicional novenaInterpretación del patrimonio histórico

Disposición transitoria primeraExpedientes incoados con anterioridad

Disposición transitoria segundaRégimen jurídico de los bienes integrantes del Inventario de Bienes Reconocidos del Patrimonio Histórico Andaluz hasta la constitución formal del mismo

Disposición transitoria terceraDescontaminación visual

Disposición transitoria cuartaPosesión de bienes del Patrimonio Arqueológico

Disposición transitoria quintaAdaptación de Estatutos

Disposición derogatoria únicaDerogación normativa

Disposición final primeraModificación de los artículos 4 y 37 de la Ley 3/1984, de 9 de enero, de Archivos de Andalucía

Disposición final segundaDesarrollo reglamentario

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