Ley 16/2011

Ley 16/2011, de 23 de diciembre, de Salud Pública de Andalucía.

Preámbulo Preámbulo

Artículo 1Objeto y ámbito de aplicación

Artículo 2Definiciones

Artículo 3Fines

Artículo 4Principios rectores y marco de la actuación de la salud pública

Artículo 5El fomento de la solidaridad y la equidad

Artículo 6El interés y la educación por la salud desde la infancia

Artículo 7El fomento del interés por la salud en los mayores

Artículo 8La sensibilización y divulgación del valor salud entre la ciudadanía

Artículo 9Derecho a la información

Artículo 10El derecho a disfrutar de un adecuado nivel de salud pública

Artículo 11El derecho a conocer en relación con la salud pública

Artículo 12El derecho a la promoción de la salud

Artículo 13El derecho a las acciones preventivas de salud pública

Artículo 14Derecho de las personas en situación de especial vulnerabilidad en Andalucía

Artículo 15Derecho a la participación en asuntos de la salud pública

Artículo 16Derechos en relación con las actuaciones sanitarias

Artículo 17Derecho a la intimidad, confidencialidad y respeto a la dignidad

Artículo 18Obligaciones de la ciudadanía en materia de salud pública

Artículo 19Centralidad de la ciudadanía

Artículo 20El acceso a la información

Artículo 21Participación

Artículo 22Transparencia

Artículo 23Análisis de riesgo

Artículo 24Precaución interventora

Artículo 25Minimización de la intervención

Artículo 26Proporcionalidad de las actuaciones

Artículo 27El aprendizaje y la capacitación en salud

Artículo 28El empoderamiento de la ciudadanía en salud

Artículo 29Responsabilidades de la ciudadanía con la salud pública

Artículo 30Las redes ciudadanas de salud pública y alianzas sociales

Artículo 31El voluntariado en salud

Artículo 32La ayuda mutua

Artículo 33La responsabilidad social por la salud

Artículo 34Los acuerdos voluntarios para la mejora de la salud pública

Artículo 35Colaboración en la salud global

Artículo 36El entorno internacional de salud pública

Artículo 37Andalucía en el contexto de la Unión Europea en materia de salud pública

Artículo 38Las relaciones de cooperación con la Administración del Estado

Artículo 39Las relaciones con otras Comunidades Autónomas y con las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla en salud pública

Artículo 40La autonomía local en salud pública

Artículo 41El Plan Local de Salud

Artículo 42La cooperación para el desarrollo de la salud pública en el territorio

Artículo 43Principios de la organización básica de salud pública

Artículo 44La Consejería competente en materia de salud

Artículo 45El Servicio Andaluz de Salud y demás entidades públicas que prestan servicios de salud pública

Artículo 46El Instituto de Salud de Andalucía

Artículo 47La Escuela Andaluza de Salud Pública

Artículo 48El Observatorio de Salud Pública de Andalucía

Artículo 49Principio orientador de la Administración sanitaria pública de Andalucía

Artículo 50La transversalidad de la salud

Artículo 51La cooperación entre los profesionales de la salud pública

Artículo 52La cooperación interadministrativa

Artículo 53Las alianzas y la cooperación

Artículo 54La planificación en salud pública

Artículo 55Objeto

Artículo 56Ámbito de aplicación

Artículo 57Metodología para la evaluación del impacto en salud

Artículo 58Informe de evaluación del impacto en salud

Artículo 59Procedimiento para la evaluación del impacto en salud

Artículo 60Las prestaciones de salud pública

Artículo 61La cartera de servicios de salud pública

Artículo 62Sistema de Vigilancia en Salud

Artículo 63Sistema de Información de Vigilancia en Salud

Artículo 64Obligaciones

Artículo 65Seguridad de la información

Artículo 66Sistema Integral de Alerta en Salud Pública

Artículo 67La salud laboral

Artículo 68La promoción de la salud

Artículo 69La prevención de las enfermedades epidémicas

Artículo 70La prevención de los problemas de salud

Artículo 71Las actuaciones en materia de protección de la salud

Artículo 72Ejecución de las actuaciones

Artículo 73La responsabilidad y el autocontrol

Artículo 74La autorregulación

Artículo 75La calidad y excelencia

Artículo 76Principios informadores de la intervención administrativa

Artículo 77Autoridad sanitaria

Artículo 78Intervención administrativa en protección de la salud pública

Artículo 79Obligación de colaboración con la Administración sanitaria

Artículo 80Información a la autoridad sanitaria

Artículo 81Inspección de salud pública

Artículo 82Autorizaciones y registros sanitarios

Artículo 83Medidas cautelares

Artículo 84Entidades colaboradoras de la Administración

Artículo 85Las infraestructuras en salud pública

Artículo 86Los incentivos en salud pública

Artículo 87Profesionales y salud pública

Artículo 88Profesionales del Sistema Sanitario Público de Andalucía y la salud pública

Artículo 89El desarrollo profesional

Artículo 90La cooperación y las alianzas para el desarrollo profesional continuado

Artículo 91La participación

Artículo 92Las responsabilidades

Artículo 93El código ético

Artículo 94La investigación en salud pública

Artículo 95Comités científicos consultivos

Artículo 96Fomento de la innovación en salud pública

Artículo 97Las tecnologías de la información y comunicación y la salud pública

Artículo 98La gestión del conocimiento en salud pública

Artículo 99Redes del conocimiento en salud pública

Artículo 100La innovación social en la salud pública

Artículo 101La calidad y excelencia de las actividades de salud pública

Artículo 102La evaluación de las actividades de salud pública

Artículo 103Las infracciones

Artículo 104Infracciones leves

Artículo 105Infracciones graves

Artículo 106Infracciones muy graves

Artículo 107Graduación de las sanciones

Artículo 108Medidas provisionales

Artículo 109Competencia

Artículo 110Procedimiento

Artículo 111Prescripción y caducidad

Disposición adicional primeraAdaptación de ordenanzas municipales

Disposición adicional segundaExcepciones de actividades al proceso de evaluación de impacto en salud

Disposición transitoria primeraExpedientes sancionadores en tramitación

Disposición transitoria segundaAplicación de las normas reglamentarias

Disposición derogatoria únicaDerogación normativa

Disposición final primeraModificación de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental

Disposición final segundaAdaptación organizativa

Disposición final terceraLa cartera de servicios de salud pública

Disposición final cuartaCreación del Registro de Acuerdos

Disposición final quintaConstitución del Observatorio de Salud Pública de Andalucía y del Centro de Investigación de Salud Pública de Andalucía

Disposición final sextaEvaluación del impacto en salud

Disposición final séptimaDesarrollo de la ley y habilitación

Disposición final octavaPlazo para el desarrollo reglamentario de determinados preceptos

Disposición final novenaEntrada en vigor

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