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Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013.

Ley 17/2012es-law-2012-12-27-17

  1. Preámbulo Preámbulo
  2. Artículo 1 Ámbito de los Presupuestos Generales del Estado
  3. Artículo 2 De la aprobación de los estados de gastos e ingresos de los Entes referidos en las letras a) a d) del artículo 1 de la presente Ley
  4. Artículo 3 De los beneficios fiscales
  5. Artículo 4 De la financiación de los créditos aprobados en el artículo 2 de la presente Ley
  6. Artículo 5 De la cuenta de operaciones comerciales
  7. Artículo 6 De los presupuestos de los Entes referidos en las letras f), g), h), i) y j) del artículo 1 de esta Ley
  8. Artículo 7 Presupuesto del Banco de España
  9. Artículo 8 Presupuesto de los Consorcios de la disposición adicional novena de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria
  10. Artículo 9 Principios generales
  11. Artículo 10 Créditos vinculantes
  12. Artículo 11 Competencias específicas en materia de modificaciones presupuestarias
  13. Artículo 12 De las limitaciones presupuestarias
  14. Artículo 13 De las ampliaciones e incorporaciones de crédito
  15. Artículo 14 Imputaciones de crédito
  16. Artículo 15 De la Seguridad Social
  17. Artículo 16 Información a las Cortes Generales en materia de inversión y gasto público
  18. Artículo 17 Módulo económico de distribución de fondos públicos para sostenimiento de centros concertados
  19. Artículo 18 Autorización de los costes de personal de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED)
  20. Artículo 19 Competencias específicas en materia de modificaciones presupuestarias del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y del Instituto de Mayores y Servicios Sociales
  21. Artículo 20 Aplicación de remanentes de tesorería en el Presupuesto del Instituto de Mayores y Servicios Sociales
  22. Artículo 21 Agencia Estatal de Administración Tributaria
  23. Artículo 22 Bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica en materia de gastos de personal al servicio del sector público
  24. Artículo 23 Oferta de empleo público u otro instrumento similar de gestión de la provisión de necesidades de personal
  25. Artículo 24 Retribuciones de los Altos Cargos del Gobierno de la Nación, de sus Órganos consultivos, de la Administración General del Estado y otro personal directivo
  26. Artículo 25 Retribuciones de los miembros del Consejo General del Poder Judicial, del Tribunal Constitucional y del Tribunal de Cuentas
  27. Artículo 26
  28. Artículo 27 Personal laboral del sector público estatal
  29. Artículo 28 Retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas
  30. Artículo 29 Retribuciones del personal del Cuerpo de la Guardia Civil
  31. Artículo 30 Retribuciones del personal del Cuerpo Nacional de Policía
  32. Artículo 31 Retribuciones de los miembros de las Carreras Judicial y Fiscal, de los del Cuerpo de Secretarios Judiciales y del personal al servicio de la Administración de Justicia
  33. Artículo 32 Retribuciones del personal estatutario y del personal de la Seguridad Social no estatutario
  34. Artículo 33 Prohibición de ingresos atípicos
  35. Artículo 34 Recompensas, cruces, medallas y pensiones de mutilación
  36. Artículo 35 Otras normas comunes
  37. Artículo 36 Requisitos para la determinación o modificación de retribuciones del personal laboral y no funcionario
  38. Artículo 37 Contratación de personal laboral con cargo a los créditos de inversiones
  39. Artículo 38 Competencia del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en materia de costes del personal al servicio del sector público
  40. Artículo 39 Revalorización de pensiones
  41. Artículo 40 Determinación inicial de las pensiones del Régimen de Clases Pasivas del Estado
  42. Artículo 41 Determinación inicial de las pensiones especiales de guerra
  43. Artículo 42 Limitación del señalamiento inicial de las pensiones públicas
  44. Artículo 43 Incremento y modificación de los valores de las pensiones públicas
  45. Artículo 44 Pensiones que no se incrementan
  46. Artículo 45 Limitación del importe del incremento de las pensiones públicas
  47. Artículo 46 Reconocimiento de complementos para mínimos en las pensiones de Clases Pasivas
  48. Artículo 47 Reconocimiento de los complementos para mínimos en las pensiones de la Seguridad Social
  49. Artículo 48 Determinación inicial e incremento de las pensiones no contributivas de la Seguridad Social
  50. Artículo 49 Pensiones del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez
  51. Artículo 50 Deuda Pública
  52. Artículo 51 Operaciones de crédito autorizadas a organismos públicos
  53. Artículo 52
  54. Artículo 53 Recursos ajenos del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria
  55. Artículo 54 Importe de los Avales del Estado
  56. Artículo 55 Avales para garantizar valores de renta fija emitidos por Fondos de Titulización de activos
  57. Artículo 56 Avales de las entidades públicas empresariales y sociedades mercantiles estatales
  58. Artículo 57 Información sobre avales públicos otorgados
  59. Artículo 58 Fondo de Cooperación para la Promoción del Desarrollo (FONPRODE)
  60. Artículo 59 Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento
  61. Artículo 60 Fondo para la Internacionalización de la Empresa (FIEM)
  62. Artículo 61 Reembolsos del Estado al Instituto de Crédito Oficial
  63. Artículo 62 Adquisición de acciones y participaciones de Organismos Financieros Multilaterales
  64. Artículo 63 Coeficientes de actualización del valor de adquisición
  65. Artículo 64 Coeficientes de corrección monetaria
  66. Artículo 65 Pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades
  67. Artículo 66 Devengo de determinadas operaciones intracomunitarias
  68. Artículo 67 Obligaciones en materia de facturación
  69. Artículo 68 Exención de los servicios prestados por las uniones y agrupaciones de interés económico a sus miembros
  70. Artículo 69 Limitación de la exención en los contratos de arrendamiento financiero
  71. Artículo 70 Escala por transmisiones y rehabilitaciones de grandezas y títulos nobiliarios
  72. Artículo 71 Modificación de los niveles de imposición aplicables a los GLP destinados a usos distintos a los de carburante
  73. Artículo 72 Exención para vehículos matriculados en otro Estado miembro de la Unión Europea
  74. Artículo 73 Tasas
  75. Artículo 74 Tasas en materia de telecomunicaciones
  76. Artículo 75 Tasa del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas por emisión de informes de auditoría de cuentas
  77. Artículo 76 Tasa de aproximación
  78. Artículo 77 Coeficientes correctores de aplicación a las tasas del buque, del pasaje y de la mercancía en los puertos de interés general
  79. Artículo 78 Bonificaciones aplicables en los puertos de interés general a las tasas de ocupación, del buque, del pasaje y de la mercancía
  80. Artículo 79 Cuantías básicas de las tasas aplicables al sistema portuario de interés general
  81. Artículo 80 Tasas por informes y otras actuaciones previstas en el Decreto 140/1960, de 4 de febrero
  82. Artículo 81 Actualización de las prestaciones patrimoniales de carácter público de Aena Aeropuertos, S.A
  83. Artículo 82 Régimen jurídico y saldos deudores
  84. Artículo 83 Cesión de rendimientos recaudatorios del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva
  85. Artículo 84 Cesión de la recaudación líquida del Impuesto sobre el Valor Añadido: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva
  86. Artículo 85 Cesión de la recaudación líquida por Impuestos Especiales sobre el alcohol y bebidas alcohólicas: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva
  87. Artículo 86 Cesión de la recaudación líquida por Impuestos Especiales sobre Hidrocarburos y sobre las Labores del Tabaco: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva
  88. Artículo 87 Determinación de las entregas a cuenta
  89. Artículo 88 Liquidación definitiva
  90. Artículo 89 Participación de los municipios en los tributos del Estado para el ejercicio 2013
  91. Artículo 90 Entregas a cuenta
  92. Artículo 91 Cesión de rendimientos recaudatorios del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva
  93. Artículo 92 Cesión de la recaudación líquida del Impuesto sobre el Valor Añadido: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva
  94. Artículo 93 Cesión de la recaudación líquida por Impuestos Especiales sobre el alcohol y bebidas alcohólicas: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva
  95. Artículo 94 Cesión de la recaudación líquida por Impuestos Especiales sobre Hidrocarburos y sobre las Labores del Tabaco: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva
  96. Artículo 95 Determinación de las entregas a cuenta
  97. Artículo 96 Liquidación definitiva
  98. Artículo 97 Determinación de las entregas a cuenta
  99. Artículo 98 Liquidación definitiva
  100. Artículo 99 Participación de los Territorios Históricos del País Vasco y Navarra en los tributos del Estado
  101. Artículo 100 Participación de las entidades locales de las Islas Canarias en los tributos del Estado
  102. Artículo 101 Participación de las Ciudades de Ceuta y de Melilla en los tributos del Estado
  103. Artículo 102 Subvenciones a las Entidades locales por servicios de transporte colectivo urbano
  104. Artículo 103 Compensación a los Ayuntamientos de los beneficios fiscales concedidos a las personas físicas o jurídicas en los tributos locales
  105. Artículo 104 Otras compensaciones y subvenciones a las Entidades locales
  106. Artículo 105 Anticipos a favor de los Ayuntamientos por desfases en la gestión recaudatoria de los tributos locales
  107. Artículo 106 Normas de gestión presupuestaria de determinados créditos a favor de las Entidades locales
  108. Artículo 107 Información a suministrar por las Corporaciones locales
  109. Artículo 108
  110. Artículo 109 Entregas a cuenta del Fondo de Suficiencia Global
  111. Artículo 110 Liquidación definitiva de los recursos del Sistema de Financiación de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía y participación en los Fondos de Convergencia
  112. Artículo 111 Transferencias a Comunidades Autónomas correspondientes al coste de los nuevos servicios traspasados
  113. Artículo 112 Fondos de Compensación Interterritorial
  114. Artículo 113 Bases y tipos de cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional durante el año 2013
  115. Artículo 114 Cotización a las Mutualidades Generales de Funcionarios para el año 2013
  116. Disposición adicional primera Afectación de ingresos al Fondo de Cohesión Sanitaria
  117. Disposición adicional segunda Incorporación de remanentes de tesorería del Organismo Autónomo Instituto Nacional de Administración Pública
  118. Disposición adicional tercera Normas de ejecución presupuestaria del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI)
  119. Disposición adicional cuarta Extracoste de generación de energía eléctrica insular y extrapeninsular
  120. Disposición adicional quinta Aportaciones para la financiación del Sector Eléctrico
  121. Disposición adicional sexta
  122. Disposición adicional septima Enajenación de bienes inmuebles
  123. Disposición adicional octava Modificación del plazo previsto en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, en relación con el Inventario de Bienes Muebles de la Iglesia
  124. Disposición adicional novena Concesión de subvenciones o suscripción de convenios con Comunidades Autónomas que incumplan su objetivo de estabilidad presupuestaria, de deuda pública o de la regla de gasto
  125. Disposición adicional decima Convenios de colaboración entre las Entidades Gestoras de la Seguridad Social y las Comunidades Autónomas para el control y seguimiento de la incapacidad temporal
  126. Disposición adicional vigesima Contratación de personal de las sociedades mercantiles públicas en 2013
  127. Disposición adicional vigesimaprimera
  128. Disposición adicional vigesimasegunda
  129. Disposición adicional vigesimatercera
  130. Disposición adicional vigesimacuarta
  131. Disposición adicional vigesimaquinta
  132. Disposición adicional vigesimasexta
  133. Disposición adicional vigesimaseptima
  134. Disposición adicional vigesimaoctava
  135. Disposición adicional vigesimanovena
  136. Disposición adicional trigesima Ayudas sociales a los afectados por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (V.I.H.)
  137. Disposición adicional trigesimaprimera
  138. Disposición adicional trigesimasegunda
  139. Disposición adicional trigesimatercera
  140. Disposición adicional trigesimacuarta
  141. Disposición adicional trigesimaquinta
  142. Disposición adicional trigesimasexta
  143. Disposición adicional trigesimaseptima
  144. Disposición adicional trigesimaoctava
  145. Disposición adicional trigesimanovena
  146. Disposición adicional cuadragesima Seguro de Crédito a la Exportación
  147. Disposición adicional cuadragesimaprimera
  148. Disposición transitoria primera Régimen transitorio aplicable a las pensiones de orfandad de Clases Pasivas, reconocidas al amparo de la legislación vigente a 31 de diciembre de 1984
  149. Disposición transitoria segunda Reintegro de beneficios en la cotización no deducidos con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley
  150. Disposición transitoria tercera Indemnización por residencia del personal al servicio del sector público estatal
  151. Disposición transitoria cuarta Complementos personales y transitorios
  152. Disposición transitoria quinta Compensación fiscal por percepción de determinados rendimientos del capital mobiliario con período de generación superior a dos años en 2012
  153. Disposición transitoria sexta Complementos para mínimos en pensiones de Clases Pasivas causadas antes de 1 de enero de 2013
  154. Disposición transitoria septima Aplazamiento de entrada en vigor
  155. Disposición transitoria octava Asociación y adhesión a las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social
  156. Disposición transitoria novena Modificación de la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral de las Víctimas del Terrorismo
  157. Disposición derogatoria primera
  158. Disposición derogatoria segunda Derogación de la disposición adicional trigésima octava de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social
  159. Disposición derogatoria tercera Derogación de la disposición adicional octogésima primera de la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012
  160. Disposición derogatoria cuarta Derogación en materia de subvenciones al transporte marítimo y aéreo para residentes en Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla
  161. Disposición final primera Modificación del Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril
  162. Disposición final segunda Modificación de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954
  163. Disposición final tercera Modificación de la Ley 8/1972, de 10 de mayo, de construcción, conservación y explotación de las autopistas en régimen de concesión
  164. Disposición final cuarta Modificación de la Ley 4/1990 de Presupuestos Generales del Estado para 1990
  165. Disposición final quinta Modificación del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio
  166. Disposición final sexta Modificación de la Ley 13/1994, de 1 de junio, de Autonomía del Banco de España
  167. Disposición final septima Modificación del artículo 77 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social
  168. Disposición final octava Modificación de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de ordenación del mercado de tabacos y normativa tributaria
  169. Disposición final novena Modificación del Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones
  170. Disposición final decima Modificación de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea
  171. Disposición final vigesima Modificación de la disposición adicional cuarta del Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público
  172. Disposición final vigesimaprimera
  173. Disposición final vigesimasegunda
  174. Disposición final vigesimatercera
  175. Disposición final vigesimacuarta
  176. Disposición final vigesimaquinta
  177. Disposición final vigesimasexta
  178. Disposición final vigesimaseptima
  179. Disposición final vigesimaoctava
  180. Disposición final vigesimanovena
  181. Disposición final trigesima Gestión de créditos presupuestarios en materia de Clases Pasivas
  182. Disposición final trigesimaprimera
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