Ley 17/2012

Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013.

Preámbulo Preámbulo

Artículo 1Ámbito de los Presupuestos Generales del Estado

Artículo 2De la aprobación de los estados de gastos e ingresos de los Entes referidos en las letras a) a d) del artículo 1 de la presente Ley

Artículo 3De los beneficios fiscales

Artículo 4De la financiación de los créditos aprobados en el artículo 2 de la presente Ley

Artículo 5De la cuenta de operaciones comerciales

Artículo 6De los presupuestos de los Entes referidos en las letras f), g), h), i) y j) del artículo 1 de esta Ley

Artículo 7Presupuesto del Banco de España

Artículo 8Presupuesto de los Consorcios de la disposición adicional novena de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria

Artículo 9Principios generales

Artículo 10Créditos vinculantes

Artículo 11Competencias específicas en materia de modificaciones presupuestarias

Artículo 12De las limitaciones presupuestarias

Artículo 13De las ampliaciones e incorporaciones de crédito

Artículo 14Imputaciones de crédito

Artículo 15De la Seguridad Social

Artículo 16Información a las Cortes Generales en materia de inversión y gasto público

Artículo 17Módulo económico de distribución de fondos públicos para sostenimiento de centros concertados

Artículo 18Autorización de los costes de personal de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED)

Artículo 19Competencias específicas en materia de modificaciones presupuestarias del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y del Instituto de Mayores y Servicios Sociales

Artículo 20Aplicación de remanentes de tesorería en el Presupuesto del Instituto de Mayores y Servicios Sociales

Artículo 21Agencia Estatal de Administración Tributaria

Artículo 22Bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica en materia de gastos de personal al servicio del sector público

Artículo 23Oferta de empleo público u otro instrumento similar de gestión de la provisión de necesidades de personal

Artículo 24Retribuciones de los Altos Cargos del Gobierno de la Nación, de sus Órganos consultivos, de la Administración General del Estado y otro personal directivo

Artículo 25Retribuciones de los miembros del Consejo General del Poder Judicial, del Tribunal Constitucional y del Tribunal de Cuentas

Artículo 26

Artículo 27Personal laboral del sector público estatal

Artículo 28Retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas

Artículo 29Retribuciones del personal del Cuerpo de la Guardia Civil

Artículo 30Retribuciones del personal del Cuerpo Nacional de Policía

Artículo 31Retribuciones de los miembros de las Carreras Judicial y Fiscal, de los del Cuerpo de Secretarios Judiciales y del personal al servicio de la Administración de Justicia

Artículo 32Retribuciones del personal estatutario y del personal de la Seguridad Social no estatutario

Artículo 33Prohibición de ingresos atípicos

Artículo 34Recompensas, cruces, medallas y pensiones de mutilación

Artículo 35Otras normas comunes

Artículo 36Requisitos para la determinación o modificación de retribuciones del personal laboral y no funcionario

Artículo 37Contratación de personal laboral con cargo a los créditos de inversiones

Artículo 38Competencia del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en materia de costes del personal al servicio del sector público

Artículo 39Revalorización de pensiones

Artículo 40Determinación inicial de las pensiones del Régimen de Clases Pasivas del Estado

Artículo 41Determinación inicial de las pensiones especiales de guerra

Artículo 42Limitación del señalamiento inicial de las pensiones públicas

Artículo 43Incremento y modificación de los valores de las pensiones públicas

Artículo 44Pensiones que no se incrementan

Artículo 45Limitación del importe del incremento de las pensiones públicas

Artículo 46Reconocimiento de complementos para mínimos en las pensiones de Clases Pasivas

Artículo 47Reconocimiento de los complementos para mínimos en las pensiones de la Seguridad Social

Artículo 48Determinación inicial e incremento de las pensiones no contributivas de la Seguridad Social

Artículo 49Pensiones del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez

Artículo 50Deuda Pública

Artículo 51Operaciones de crédito autorizadas a organismos públicos

Artículo 52

Artículo 53Recursos ajenos del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria

Artículo 54Importe de los Avales del Estado

Artículo 55Avales para garantizar valores de renta fija emitidos por Fondos de Titulización de activos

Artículo 56Avales de las entidades públicas empresariales y sociedades mercantiles estatales

Artículo 57Información sobre avales públicos otorgados

Artículo 58Fondo de Cooperación para la Promoción del Desarrollo (FONPRODE)

Artículo 59Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento

Artículo 60Fondo para la Internacionalización de la Empresa (FIEM)

Artículo 61Reembolsos del Estado al Instituto de Crédito Oficial

Artículo 62Adquisición de acciones y participaciones de Organismos Financieros Multilaterales

Artículo 63Coeficientes de actualización del valor de adquisición

Artículo 64Coeficientes de corrección monetaria

Artículo 65Pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades

Artículo 66Devengo de determinadas operaciones intracomunitarias

Artículo 67Obligaciones en materia de facturación

Artículo 68Exención de los servicios prestados por las uniones y agrupaciones de interés económico a sus miembros

Artículo 69Limitación de la exención en los contratos de arrendamiento financiero

Artículo 70Escala por transmisiones y rehabilitaciones de grandezas y títulos nobiliarios

Artículo 71Modificación de los niveles de imposición aplicables a los GLP destinados a usos distintos a los de carburante

Artículo 72Exención para vehículos matriculados en otro Estado miembro de la Unión Europea

Artículo 73Tasas

Artículo 74Tasas en materia de telecomunicaciones

Artículo 75Tasa del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas por emisión de informes de auditoría de cuentas

Artículo 76Tasa de aproximación

Artículo 77Coeficientes correctores de aplicación a las tasas del buque, del pasaje y de la mercancía en los puertos de interés general

Artículo 78Bonificaciones aplicables en los puertos de interés general a las tasas de ocupación, del buque, del pasaje y de la mercancía

Artículo 79Cuantías básicas de las tasas aplicables al sistema portuario de interés general

Artículo 80Tasas por informes y otras actuaciones previstas en el Decreto 140/1960, de 4 de febrero

Artículo 81Actualización de las prestaciones patrimoniales de carácter público de Aena Aeropuertos, S.A

Artículo 82Régimen jurídico y saldos deudores

Artículo 83Cesión de rendimientos recaudatorios del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva

Artículo 84Cesión de la recaudación líquida del Impuesto sobre el Valor Añadido: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva

Artículo 85Cesión de la recaudación líquida por Impuestos Especiales sobre el alcohol y bebidas alcohólicas: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva

Artículo 86Cesión de la recaudación líquida por Impuestos Especiales sobre Hidrocarburos y sobre las Labores del Tabaco: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva

Artículo 87Determinación de las entregas a cuenta

Artículo 88Liquidación definitiva

Artículo 89Participación de los municipios en los tributos del Estado para el ejercicio 2013

Artículo 90Entregas a cuenta

Artículo 91Cesión de rendimientos recaudatorios del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva

Artículo 92Cesión de la recaudación líquida del Impuesto sobre el Valor Añadido: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva

Artículo 93Cesión de la recaudación líquida por Impuestos Especiales sobre el alcohol y bebidas alcohólicas: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva

Artículo 94Cesión de la recaudación líquida por Impuestos Especiales sobre Hidrocarburos y sobre las Labores del Tabaco: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva

Artículo 95Determinación de las entregas a cuenta

Artículo 96Liquidación definitiva

Artículo 97Determinación de las entregas a cuenta

Artículo 98Liquidación definitiva

Artículo 99Participación de los Territorios Históricos del País Vasco y Navarra en los tributos del Estado

Artículo 100Participación de las entidades locales de las Islas Canarias en los tributos del Estado

Artículo 101Participación de las Ciudades de Ceuta y de Melilla en los tributos del Estado

Artículo 102Subvenciones a las Entidades locales por servicios de transporte colectivo urbano

Artículo 103Compensación a los Ayuntamientos de los beneficios fiscales concedidos a las personas físicas o jurídicas en los tributos locales

Artículo 104Otras compensaciones y subvenciones a las Entidades locales

Artículo 105Anticipos a favor de los Ayuntamientos por desfases en la gestión recaudatoria de los tributos locales

Artículo 106Normas de gestión presupuestaria de determinados créditos a favor de las Entidades locales

Artículo 107Información a suministrar por las Corporaciones locales

Artículo 108

Artículo 109Entregas a cuenta del Fondo de Suficiencia Global

Artículo 110Liquidación definitiva de los recursos del Sistema de Financiación de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía y participación en los Fondos de Convergencia

Artículo 111Transferencias a Comunidades Autónomas correspondientes al coste de los nuevos servicios traspasados

Artículo 112Fondos de Compensación Interterritorial

Artículo 113Bases y tipos de cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional durante el año 2013

Artículo 114Cotización a las Mutualidades Generales de Funcionarios para el año 2013

Disposición adicional primeraAfectación de ingresos al Fondo de Cohesión Sanitaria

Disposición adicional segundaIncorporación de remanentes de tesorería del Organismo Autónomo Instituto Nacional de Administración Pública

Disposición adicional terceraNormas de ejecución presupuestaria del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI)

Disposición adicional cuartaExtracoste de generación de energía eléctrica insular y extrapeninsular

Disposición adicional quintaAportaciones para la financiación del Sector Eléctrico

Disposición adicional sexta

Disposición adicional septimaEnajenación de bienes inmuebles

Disposición adicional octavaModificación del plazo previsto en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, en relación con el Inventario de Bienes Muebles de la Iglesia

Disposición adicional novenaConcesión de subvenciones o suscripción de convenios con Comunidades Autónomas que incumplan su objetivo de estabilidad presupuestaria, de deuda pública o de la regla de gasto

Disposición adicional decimaConvenios de colaboración entre las Entidades Gestoras de la Seguridad Social y las Comunidades Autónomas para el control y seguimiento de la incapacidad temporal

Disposición adicional vigesimaContratación de personal de las sociedades mercantiles públicas en 2013

Disposición adicional vigesimaprimera

Disposición adicional vigesimasegunda

Disposición adicional vigesimatercera

Disposición adicional vigesimacuarta

Disposición adicional vigesimaquinta

Disposición adicional vigesimasexta

Disposición adicional vigesimaseptima

Disposición adicional vigesimaoctava

Disposición adicional vigesimanovena

Disposición adicional trigesimaAyudas sociales a los afectados por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (V.I.H.)

Disposición adicional trigesimaprimera

Disposición adicional trigesimasegunda

Disposición adicional trigesimatercera

Disposición adicional trigesimacuarta

Disposición adicional trigesimaquinta

Disposición adicional trigesimasexta

Disposición adicional trigesimaseptima

Disposición adicional trigesimaoctava

Disposición adicional trigesimanovena

Disposición adicional cuadragesimaSeguro de Crédito a la Exportación

Disposición adicional cuadragesimaprimera

Disposición transitoria primeraRégimen transitorio aplicable a las pensiones de orfandad de Clases Pasivas, reconocidas al amparo de la legislación vigente a 31 de diciembre de 1984

Disposición transitoria segundaReintegro de beneficios en la cotización no deducidos con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley

Disposición transitoria terceraIndemnización por residencia del personal al servicio del sector público estatal

Disposición transitoria cuartaComplementos personales y transitorios

Disposición transitoria quintaCompensación fiscal por percepción de determinados rendimientos del capital mobiliario con período de generación superior a dos años en 2012

Disposición transitoria sextaComplementos para mínimos en pensiones de Clases Pasivas causadas antes de 1 de enero de 2013

Disposición transitoria septimaAplazamiento de entrada en vigor

Disposición transitoria octavaAsociación y adhesión a las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social

Disposición transitoria novenaModificación de la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral de las Víctimas del Terrorismo

Disposición derogatoria primera

Disposición derogatoria segundaDerogación de la disposición adicional trigésima octava de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social

Disposición derogatoria terceraDerogación de la disposición adicional octogésima primera de la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012

Disposición derogatoria cuartaDerogación en materia de subvenciones al transporte marítimo y aéreo para residentes en Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla

Disposición final primeraModificación del Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril

Disposición final segundaModificación de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954

Disposición final terceraModificación de la Ley 8/1972, de 10 de mayo, de construcción, conservación y explotación de las autopistas en régimen de concesión

Disposición final cuartaModificación de la Ley 4/1990 de Presupuestos Generales del Estado para 1990

Disposición final quintaModificación del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio

Disposición final sextaModificación de la Ley 13/1994, de 1 de junio, de Autonomía del Banco de España

Disposición final septimaModificación del artículo 77 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social

Disposición final octavaModificación de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de ordenación del mercado de tabacos y normativa tributaria

Disposición final novenaModificación del Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones

Disposición final decimaModificación de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea

Disposición final vigesimaModificación de la disposición adicional cuarta del Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público

Disposición final vigesimaprimera

Disposición final vigesimasegunda

Disposición final vigesimatercera

Disposición final vigesimacuarta

Disposición final vigesimaquinta

Disposición final vigesimasexta

Disposición final vigesimaseptima

Disposición final vigesimaoctava

Disposición final vigesimanovena

Disposición final trigesimaGestión de créditos presupuestarios en materia de Clases Pasivas

Disposición final trigesimaprimera

Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

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