Ley 10/2014

Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito.

Preámbulo Preámbulo

Artículo 1Entidades de crédito

Artículo 1 bisSalvaguardias de la aplicación de los requisitos y facultades de supervisión en base consolidada o subconsolidada

Artículo 2Normas de ordenación y disciplina de las entidades de crédito

Artículo 3Reserva de actividad y denominación

Artículo 4Competencias del Banco de España

Artículo 5Protección del cliente de entidades de crédito

Artículo 6Autorización

Artículo 6 bisAutorización de las empresas a que se refiere el artículo 4.1.1.b) del Reglamento (UE) n.º 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de junio de 2013

Artículo 7Denegación de la autorización

Artículo 8Revocación de la autorización

Artículo 9Renuncia a la autorización

Artículo 10Caducidad de la autorización

Artículo 11Apertura de sucursales y libre prestación de servicios en el extranjero por entidades de crédito españolas

Artículo 12Apertura de sucursales y libre prestación de servicios en España por entidades de crédito de otro Estado miembro de la Unión Europea

Artículo 13Apertura de sucursales y prestación de servicios sin sucursal en España por entidades de crédito con sede en un Estado no miembro de la Unión Europea

Artículo 14Agentes de las entidades de crédito

Artículo 15Registros del Banco de España

Artículo 15 bisAprobación de las sociedades financieras de cartera y de las sociedades financieras mixtas de cartera

Artículo 15 terExención de la aprobación

Artículo 15 quaterPlazo máximo para resolver del procedimiento de aprobación

Artículo 15 quinquiesDeberes de información

Artículo 15 sexiesMedidas de supervisión

Artículo 15 septiesEmpresa matriz intermedia de la UE

Artículo 16Participación significativa

Artículo 17Deber de notificación de la adquisición o incremento de participaciones significativas

Artículo 18Evaluación de la adquisición propuesta

Artículo 19Colaboración entre autoridades supervisoras

Artículo 20Efectos del incumplimiento de las obligaciones

Artículo 21Reducción de participaciones significativas

Artículo 22Deberes de información y comunicación de las entidades de crédito

Artículo 23Medidas para asegurar la gestión sana y prudente de la entidad

Artículo 24Requisitos de idoneidad

Artículo 25Supervisión de los requisitos de idoneidad

Artículo 26Régimen de incompatibilidades y limitaciones

Artículo 27Registro de altos cargos

Artículo 28Normas de gobierno corporativo

Artículo 29Sistema de gobierno corporativo

Artículo 30Plan General de Viabilidad

Artículo 31Comité de nombramientos

Artículo 32Política de remuneraciones

Artículo 33Requisitos generales de la política de remuneraciones

Artículo 34Elementos variables de la remuneración

Artículo 35Entidades de crédito que reciban apoyo financiero público

Artículo 36Comité de remuneraciones

Artículo 37Responsabilidad en la gestión de riesgos

Artículo 38Función de gestión de riesgos y comité de riesgos

Artículo 39Normativa de solvencia

Artículo 40Ámbito subjetivo de aplicación de la normativa de solvencia

Artículo 41Autoevaluación del capital

Artículo 42Liquidez

Artículo 43Requisito combinado de colchones de capital

Artículo 44Colchón de conservación del capital

Artículo 45Colchón de capital anticíclico específico

Artículo 46Colchón de capital para entidades de importancia sistémica

Artículo 47Colchón contra riesgos sistémicos

Artículo 48Restricción de las distribuciones por incumplimiento del requisito combinado de colchón

Artículo 48 bisIncumplimiento del requisito combinado de colchón

Artículo 48 terRestricción de las distribuciones en caso de incumplimiento del requisito de colchón de ratio de apalancamiento

Artículo 48 quaterIncumplimiento del requisito de colchón de ratio de apalancamiento

Artículo 49Plan de conservación del capital

Artículo 50Función supervisora del Banco de España

Artículo 51Supervisión de los mecanismos de cumplimiento normativo

Artículo 52Supervisión de riesgos

Artículo 53Supervisión de sistemas de gobierno corporativo y políticas remunerativas

Artículo 54Elaboración de guías en materia supervisora

Artículo 55Programa supervisor

Artículo 55 bisMemoria supervisora y órgano de control interno del Banco de España

Artículo 56Ámbito de la supervisión del Banco de España

Artículo 57Supervisión de los grupos consolidables

Artículo 58Supervisión de las sociedades financieras mixtas de cartera y de las sociedades mixtas de cartera

Artículo 59Supervisión de sucursales de entidades de crédito de Estados miembros de la Unión Europea

Artículo 60Supervisión de sucursales de entidades de crédito de Estados no miembros de la Unión Europea y evaluación de la equivalencia de la supervisión en base consolidada de dichos Estados

Artículo 60 bisColaboración del Banco de España con otras autoridades

Artículo 61Colaboración del Banco de España con autoridades de otros países

Artículo 62Colaboración con las autoridades supervisoras de la Unión Europea en su condición de autoridad responsable de la supervisión consolidada

Artículo 63Colaboración en caso de incumplimientos de sucursales de entidades de crédito autorizadas en otros Estados miembros de la Unión Europea

Artículo 64Medidas provisionales en caso de incumplimientos de sucursales de entidades de otros Estados miembros de la Unión Europea

Artículo 65Decisiones conjuntas

Artículo 66Colegios de supervisores

Artículo 67Relaciones del Banco de España con otras autoridades financieras nacionales

Artículo 67 bisObligación de notificación del requisito de recursos propios adicionales y la orientación sobre recursos propios adicionales

Artículo 68Medidas de supervisión prudencial

Artículo 68 bisMedidas de supervisión prudencial en materia de riesgo de tipos de interés derivado de actividades ajenas a la cartera de negociación

Artículo 69Requisitos sobre recursos propios adicionales

Artículo 69 bisOrientación sobre recursos propios adicionales

Artículo 69 terLímites a la concentración sectorial

Artículo 69 quáterCondiciones sobre la concesión de préstamos y otras operaciones

Artículo 70Causas de intervención y sustitución de administradores

Artículo 71Competencia de intervención y sustitución

Artículo 72Acuerdos de intervención o sustitución

Artículo 73Contenido del acuerdo de intervención y sustitución

Artículo 74Requisitos de validez de los actos y acuerdos posteriores a la fecha de intervención

Artículo 75Administración provisional

Artículo 76Cese de las medidas de intervención o sustitución

Artículo 77Disolución y liquidación voluntaria de la entidad de crédito

Artículo 78Intervención de las operaciones de liquidación

Artículo 79Comunicación a Cortes Generales

Artículo 80Obligaciones de publicación del Banco de España

Artículo 81Obligaciones de información del Banco de España en situaciones de urgencia

Artículo 82Obligación de secreto

Artículo 82 bisTransmisión de información a organismos internacionales

Artículo 83Deber de reserva de información

Artículo 84Información contable que deben remitir las entidades de crédito

Artículo 85Información con relevancia prudencial de las entidades de crédito

Artículo 86Información exigible a las sucursales de entidades de crédito con sede en la Unión Europea

Artículo 87Informe bancario anual

Artículo 88Información sobre participaciones en entidades de crédito

Artículo 89Disposiciones generales

Artículo 90Competencia para la instrucción de expedientes

Artículo 91Clasificación de infracciones

Artículo 92Infracciones muy graves

Artículo 93Infracciones graves

Artículo 94Infracciones leves

Artículo 95Prescripción de infracciones y sanciones

Artículo 96Sanciones

Artículo 97Sanciones por la comisión de infracciones muy graves

Artículo 98Sanciones por la comisión de infracciones graves

Artículo 99Sanciones por la comisión de infracciones leves

Artículo 100Sanciones a los que ejerzan cargos de administración o de dirección por la comisión de infracciones muy graves

Artículo 101Sanciones a los que ejerzan cargos de administración o de dirección por la comisión de infracciones graves

Artículo 102Sanciones a los que ejerzan cargos de administración o de dirección por la comisión de infracciones leves

Artículo 103Criterios para la determinación de sanciones

Artículo 104Responsabilidad de los cargos de administración o dirección

Artículo 105Responsabilidad de los grupos consolidables de entidades de crédito

Artículo 106Nombramiento temporal de miembros del órgano de administración

Artículo 107Procedimiento para la imposición de sanciones

Artículo 108Procedimiento aplicable en el supuesto de infracciones leves

Artículo 109Nombramiento de instructores o secretarios adjuntos

Artículo 110Práctica de pruebas

Artículo 111Medidas provisionales

Artículo 112Suspensión provisional de las personas que ostenten cargos de administración o dirección

Artículo 113Ejecutividad de las sanciones e impugnación en vía administrativa

Artículo 114Sanciones consistentes en multa

Artículo 115Publicidad de las sanciones

Artículo 116Notificación de infracciones

Artículo 117Concurrencia con procedimientos penales

Artículo 118Remisión de memoria de actuaciones sancionadoras a las Cortes Generales

Artículo 119Tipos y canal para las comunicaciones

Artículo 120Contenido mínimo de las comunicaciones

Artículo 121Garantías de confidencialidad

Artículo 122Protección en el ámbito laboral y contractual

Disposición adicional primeraRequisitos para la computabilidad de las participaciones preferentes a efectos de la normativa de solvencia y régimen fiscal aplicable a las mismas así como a determinados instrumentos de deuda

Disposición adicional segundaLimitaciones a la emisión de obligaciones

Disposición adicional terceraOperaciones de arrendamiento financiero

Disposición adicional cuartaSupervisión de entidades no inscritas en registros administrativos

Disposición adicional quintaRégimen jurídico de los sistemas institucionales de protección

Disposición adicional sextaReferencias a la normativa derogada

Disposición adicional séptimaAcciones nominativas y ejercicio económico

Disposición adicional octavaRégimen jurídico del Instituto de Crédito Oficial

Disposición adicional novenaRégimen de ordenación y disciplina de las sociedades de garantía recíproca

Disposición adicional décimaIncompatibilidad de los auditores para realizar trabajos en entidades de crédito

Disposición adicional decimoprimeraResponsabilidad de los miembros de la comisión de control de las cajas de ahorros

Disposición adicional decimosegundaAutorización de operaciones de modificación estructurales

Disposición adicional decimoterceraRégimen para la adaptación de los Estatutos de las cooperativas de crédito

Disposición adicional decimocuartaCompetencias sancionadoras del Estado y de las Comunidades Autónomas

Disposición adicional decimoquintaAutorización para los colaboradores de los organismos de supervisión

Disposición adicional decimosextaIntegración del Banco de España en el Mecanismo Único de Supervisión

Disposición adicional decimoséptimaPlanes de cumplimiento del nivel mínimo de capital social y de recursos propios por las sociedades de garantía recíproca

Disposición adicional decimoctavaRefuerzo del marco institucional de estabilidad financiera

Disposición adicional decimonovenaTasa por la realización de la evaluación global a las entidades de crédito

Disposición adicional vigésimaPropuestas en materia de protección al cliente

Disposición adicional vigésimoprimeraFacultad del Banco de España para exigir la sustitución de las personas encargadas de la auditoría legal de las cuentas anuales y consolidadas

Disposición adicional vigésimosegundaTratamiento de datos personales

Disposición adicional vigésimotercera

Disposición transitoria primeraProcedimientos sancionadores y de autorización en curso

Disposición transitoria segundaRégimen fiscal transitorio de las participaciones preferentes e instrumentos de deuda

Disposición transitoria terceraRégimen de cuotas participativas

Disposición transitoria cuartaRégimen transitorio de los requisitos de información impuestos a las sucursales de entidades de crédito de un Estado miembro de la Unión Europea

Disposición transitoria quintaRégimen transitorio para las sucursales de entidades de crédito autorizadas en otros Estados miembros de la Unión Europea

Disposición transitoria sextaRégimen transitorio de medidas cautelares en situaciones de urgencia

Disposición transitoria séptimaRégimen transitorio para la supervisión de las sucursales de entidades de crédito de Estados miembros de la Unión Europea

Disposición transitoria octavaRégimen transitorio del colchón de conservación de capital

Disposición transitoria novenaRégimen transitorio del colchón de capital anticíclico específico de cada entidad

Disposición transitoria décimaRégimen transitorio de los colchones de capital para las entidades de importancia sistémica

Disposición transitoria decimoprimeraRégimen transitorio de las restricciones a la distribución de dividendos y del plan de conservación del capital en relación con los colchones de capital

Disposición transitoria decimosegundaRégimen transitorio del informe bancario anual y del informe anual de empresas de servicios de inversión

Disposición transitoria decimoterceraRégimen transitorio para las entidades de contrapartida central y los mercados secundarios oficiales de futuros y opciones

Disposición transitoria decimocuartaPlan General de Viabilidad

Disposición transitoria decimoquintaDesignación de los miembros de la Comisión Gestora del Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito

Disposición transitoria decimosextaSupervisión de sucursales de entidades de crédito de Estados no miembros de la Unión Europea

Disposición derogatoria unica

Disposición final primeraModificación de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores

Disposición final segundaModificación de la Ley 13/1989, de 26 de mayo, de Cooperativas de Crédito

Disposición final terceraModificación de la Ley 1/1994, de 11 de marzo, sobre régimen jurídico de las sociedades de garantía recíproca

Disposición final cuartaModificación de la Ley 41/1999, de 12 de noviembre, sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores

Disposición final quintaModificación de la Ley 36/2003, de 11 de noviembre, de medidas de reforma económica

Disposición final sextaModificación del Texto Refundido de la Ley de ordenación y supervisión de los seguros privados aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre

Disposición final séptimaModificación de la Ley 5/2005, de 22 de abril, de supervisión de los conglomerados financieros y por la que se modifican otras leyes del sector financiero

Disposición final octavaModificación del Texto Refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2011, de 1 de julio

Disposición final novenaModificación del Real Decreto-ley 16/2011, de 14 de octubre, por el que se crea el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito

Disposición final décimaModificación de la Ley 26/2013, de 27 de diciembre, de cajas de ahorros y fundaciones bancarias

Disposición final decimoprimeraTítulo competencial

Disposición final decimosegundaIncorporación de derecho de la Unión Europea

Disposición final decimoterceraDesarrollo reglamentario

Disposición final decimocuartaEntrada en vigor

Anexo UNICO

Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

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