Ley 29/2014

Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil.

Preámbulo Preámbulo

Artículo 1Objeto

Artículo 2Ámbito de aplicación

Artículo 3Guardias civiles

Artículo 4Juramento o promesa ante la Bandera de España

Artículo 5Igualdad de género y conciliación de la vida profesional, personal y familiar

Artículo 6Código de conducta

Artículo 7Reglas de comportamiento del guardia civil

Artículo 8Del Consejo de Ministros

Artículo 9De los Ministros de Defensa y del Interior

Artículo 10Del Secretario de Estado de Seguridad

Artículo 11Del Subsecretario de Defensa

Artículo 12Del Director General de la Guardia Civil

Artículo 13Del Consejo Superior de la Guardia Civil

Artículo 14Consejo de la Guardia Civil

Artículo 15Funciones

Artículo 16Escalas del Cuerpo de la Guardia Civil

Artículo 17Categorías

Artículo 18Empleos del Cuerpo de la Guardia Civil

Artículo 19Empleos con carácter eventual

Artículo 20Empleos honoríficos

Artículo 21Escalafón, antigüedad y precedencia

Artículo 22Capacidades para el ejercicio profesional

Artículo 23Especialidades

Artículo 24Objetivo e instrumentos de planificación

Artículo 25Plantilla de efectivos

Artículo 26Provisión de plazas en el Cuerpo de la Guardia Civil

Artículo 27Gestión de puestos de trabajo

Artículo 28Enseñanza en la Guardia Civil

Artículo 29Enseñanza de formación

Artículo 30Enseñanza de perfeccionamiento

Artículo 31Enseñanza de altos estudios profesionales

Artículo 32Modalidades de acceso a la enseñanza de formación de la Guardia Civil

Artículo 33Requisitos generales para el ingreso en los centros docentes de formación

Artículo 34Requisitos de titulación

Artículo 35Sistemas de selección para ingreso en los centros docentes de formación

Artículo 36Promoción profesional para el acceso a la escala de oficiales

Artículo 37Promoción profesional para el acceso a la escala de suboficiales

Artículo 38Alumnos de cursos de perfeccionamiento y de altos estudios profesionales

Artículo 39Centros docentes

Artículo 40Centros docentes de formación

Artículo 41Centro Universitario de la Guardia Civil

Artículo 42Régimen interior de los centros docentes

Artículo 43Centros docentes de perfeccionamiento y de altos estudios profesionales

Artículo 44Planes de estudios en la enseñanza de formación

Artículo 45Aprobación de los planes de estudios

Artículo 46Titulaciones, reconocimientos y convalidaciones

Artículo 47Condición de alumno y régimen de los alumnos de la enseñanza de formación

Artículo 48Pérdida de la condición de alumno

Artículo 49Régimen de evaluaciones y calificaciones

Artículo 50Régimen de los alumnos asistentes a cursos de perfeccionamiento y altos estudios profesionales

Artículo 51Profesorado

Artículo 52Carrera profesional

Artículo 53Historial profesional

Artículo 54Hoja de servicios

Artículo 55Informes personales

Artículo 56Expediente académico

Artículo 57Expediente de aptitud psicofísica

Artículo 58Registro de personal

Artículo 59Finalidad

Artículo 60Normas generales

Artículo 61Órganos de evaluación

Artículo 62Normas generales

Artículo 63Sistemas de ascenso

Artículo 64Ascenso a los diferentes empleos

Artículo 65Condiciones para el ascenso

Artículo 66Evaluaciones para el ascenso

Artículo 67Evaluaciones para el ascenso por elección

Artículo 68Evaluaciones para el ascenso por clasificación

Artículo 69Evaluaciones para el ascenso por antigüedad

Artículo 70Evaluaciones para asistir a determinados cursos de capacitación para el ascenso

Artículo 71Ascenso al empleo de Cabo

Artículo 72Vacantes para el ascenso

Artículo 73Concesión de los ascensos

Artículo 74Declaración de no aptitud para el ascenso

Artículo 75Principios generales

Artículo 76Personal del Cuerpo de la Guardia Civil en la Casa de Su Majestad el Rey

Artículo 77Clasificación de los destinos

Artículo 78Provisión de destinos

Artículo 79Nombramientos, destinos y ceses de oficiales generales

Artículo 80Asignación de destinos

Artículo 81Atención a la familia

Artículo 82Violencia de género y condición de víctima del terrorismo

Artículo 83Cese en los destinos

Artículo 84Asignación de destinos y ceses por necesidades del servicio

Artículo 85Carácter de los destinos

Artículo 86Comisiones de servicio

Artículo 87Situaciones administrativas

Artículo 88Situación de servicio activo

Artículo 89Situación de servicios especiales

Artículo 90Situación de excedencia

Artículo 91Situación de suspensión de empleo

Artículo 92Situación de suspensión de funciones

Artículo 93Situación de reserva

Artículo 94Pase a retiro

Artículo 95Pérdida de la condición de guardia civil

Artículo 96Renuncia a la condición de guardia civil

Artículo 97Vinculación honorífica

Artículo 98Rehabilitación

Artículo 99Evaluaciones para determinar si existe insuficiencia de facultades profesionales

Artículo 100Evaluaciones para determinar si existe insuficiencia de condiciones psicofísicas

Artículo 101Insuficiencia temporal de condiciones psicofísicas

Artículo 102Principios generales

Artículo 103Sanidad de la Guardia Civil

Artículo 104Acción social

Artículo 105Sistema retributivo

Artículo 106Recursos

Disposición adicional primeraIntegración en la nueva escala de oficiales

Disposición adicional segundaDestinos de militares de carrera de las Fuerzas Armadas

Disposición adicional terceraIndemnizaciones

Disposición adicional cuartaEmpleo de Alférez

Disposición adicional quintaEscalas facultativas superior y técnica a extinguir

Disposición adicional sextaCurso de capacitación para ascenso al empleo de comandante

Disposición adicional séptimaRango militar de Guardia Civil de primera

Disposición adicional octavaRégimen del personal del Centro Nacional de Inteligencia

Disposición transitoria primeraConstitución de la escala de oficiales

Disposición transitoria segundaIncorporación a la escala de oficiales: aspectos generales

Disposición transitoria terceraIncorporación a la escala de oficiales: renuncias y curso de complemento de formación

Disposición transitoria cuartaIncorporación a la escala de oficiales de los tenientes coroneles, comandantes, capitanes y tenientes

Disposición transitoria quintaIncorporación a la escala de oficiales de los alumnos de acceso a la escala superior de oficiales

Disposición transitoria sexta

Disposición transitoria séptimaCriterios de proporcionalidad

Disposición transitoria octavaEfectos de la no incorporación a la escala de oficiales

Disposición transitoria novenaPlantilla de efectivos

Disposición transitoria décimaAdaptación de la enseñanza de formación

Disposición transitoria undécimaAscensos

Disposición transitoria decimosegundaAdaptación de las situaciones administrativas

Disposición transitoria decimoterceraRégimen retributivo en la situación de reserva

Disposición transitoria decimocuartaVigencias

Disposición derogatoria únicaDerogaciones

Disposición final primeraModificación de la Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil

Disposición final segundaModificación de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería

Disposición final terceraPrevención de riesgos laborales

Disposición final cuartaTítulo habilitante

Disposición final quintaDesarrollo reglamentario

Disposición final sextaEntrada en vigor

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