Ley 1/2015

Ley 1/2015, de 10 de febrero, de medidas tributarias, administrativas y financieras de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Preámbulo Preámbulo

Artículo 1

Artículo 2

Artículo 3Deducción autonómica por arrendamiento de vivienda habitual

Artículo 4Deducción autonómica por adquisición o rehabilitación de segunda vivienda en el medio rural

Artículo 5

Artículo 6Asignación de la cuota tributaria por el Impuesto sobre Sucesiones a la inversión en pequeñas y medianas empresas

Artículo 6 bisBonificación en la cuota en las adquisiciones mortis causa

Artículo 7

Artículo 8

Artículo 9Bonificación del 50 % en la cuota de los impuestos propios

Artículo 10Modificación del artículo 43 de la Ley 2/2012, de 28 de junio, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y de juego de la Comunidad Autónoma de Extremadura

Artículo 11Exenciones y bonificaciones en tasas autonómicas

Artículo 12Tasa por prestaciones de servicios facultativos en materia forestal y conservación de suelos

Artículo 13Tasa por prestación de servicios facultativos veterinarios

Artículo 14Tasa por prestación de servicios administrativos

Artículo 15Tasa para el levantamiento de acta o informe de acciones incluidas en proyectos de reestructuración y/o reconversión de viñedo

Artículo 16Tasa por levantamiento de acta de no inicio o de certificación de realización de inversiones en ayudas estructurales

Artículo 17Tasa por servicios administrativos inherentes al juego de la Comunidad Autónoma de Extremadura

Artículo 18Plazo de resolución del procedimiento iniciado mediante declaración del impuesto sobre sucesiones y donaciones

Artículo 1

Artículo 19Suministro de información con trascendencia tributaria a la Administración Tributaria de la Comunidad Autónoma de Extremadura

Artículo 20Obligaciones formales en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Artículo 21Obligaciones formales de empresarios dedicados a la compraventa de vehículos

Artículo 22Obligaciones formales de empresarios dedicados a la compraventa de objetos fabricados con metales preciosos

Artículo 23Obligaciones formales de empresarios dedicados a la reventa de bienes muebles usados

Artículo 24Obligaciones formales de las entidades de crédito colaboradoras que negocien documentos gravados por el impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

Artículo 25Obligaciones formales de los operadores que presten servicios de tarificación adicional y de los operadores de red de servicios de tarificación adicional

Artículo 26Obligación de suministro de información sobre otorgamiento de concesiones

Artículo 27Infracciones y sanciones

Artículo 2

Artículo 28

Artículo 29Censo de empresarios dedicados a la compraventa de vehículos que sean contribuyentes del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

Artículo 30Censo de empresarios dedicados a la compraventa de objetos fabricados con metales preciosos que sean contribuyentes del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

Artículo 31Censo de empresarios dedicados a la compraventa de bienes muebles usados que sean contribuyentes del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

Artículo 32Censo de instalaciones y contribuyentes del Impuesto sobre instalaciones que incidan en el medio ambiente

Artículo 33Dictamen de peritos

Artículo 34Órgano económico-administrativo de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Competencia y adscripción

Artículo 34 bisComposición de la Junta Económico-Administrativa

Artículo 35Ámbito de aplicación de las reclamaciones económico-administrativas

Artículo 36Actos impugnables

Artículo 37Actos y disposiciones no impugnables

Artículo 38Interesados

Artículo 39Plazo

Artículo 40Suspensión de la ejecución del acto impugnado en vía económico-administrativa

Artículo 41Iniciación

Artículo 42Tramitación

Artículo 43Notificaciones

Artículo 44Acumulación de reclamaciones

Artículo 45Extensión de la revisión

Artículo 46Resolución

Artículo 47Otras formas de terminación

Artículo 48Recurso extraordinario de revisión. Objeto

Artículo 49Tramitación y resolución del recurso extraordinario de revisión

Artículo 50Recurso contencioso-administrativo

Artículo 51Modificación del artículo 19 bis de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura

Artículo 52Creación del artículo 19 ter de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura

Artículo 53Creación del artículo 19 quáter de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura

Artículo 54Creación del artículo 19 quinquies de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura

Artículo 55Creación del artículo 22 bis de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura

Artículo 56Creación del artículo 23 bis de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura

Artículo 57Creación del artículo 23 ter de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura

Artículo 58Modificación del artículo 112 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura

Artículo 59Modificación del artículo 114 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura

Artículo 60Modificación del artículo 116 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura

Artículo 61Modificación del artículo 120 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura

Artículo 62Modificación de la Ley 5/2001, de 10 de mayo, de Crédito Cooperativo

Artículo 63Modificación de la Ley 8/1994, de 23 de diciembre, de Cajas de Ahorro de la Comunidad Autónoma de Extremadura

Disposición adicional unica

Disposición transitoria primeraComposición de la Junta Económico-Administrativa

Disposición transitoria segundaReclamaciones económico-administrativas

Disposición derogatoria únicaDerogación normativa

Disposición final primeraModificación de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura

Disposición final segundaHabilitación al Consejo de Gobierno

Disposición final terceraDelegación legislativa para la refundición de normas tributarias

Disposición final cuartaDelegación legislativa para la refundición de normas reguladoras del régimen presupuestario, económico-financiero, de contabilidad y de control interno del sector público

Disposición final quintaEntrada en vigor

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