Ley 5/2016

Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia.

Preámbulo Preámbulo

Artículo 1Objeto y definición

Artículo 2Competencia y políticas sectoriales

Artículo 3Colaboración interadministrativa

Artículo 4Patrimonio cultural de Galicia en el exterior

Artículo 5Derechos y deberes de la ciudadanía

Artículo 6Colaboración de la Iglesia católica

Artículo 7Órganos asesores e consultivos

TÍTULO I

CAPÍTULO I

Artículo 8Clasificación de los bienes del patrimonio cultural de Galicia

Artículo 9Naturaleza de los bienes

Artículo 10Categorías de bienes inmuebles declarados de interés cultural o catalogados

Artículo 11Especialidades de los bienes muebles

Artículo 12Entorno de protección

Artículo 13Zona de amortiguamiento

Artículo 14Censo del Patrimonio Cultural

Artículo 15Procedimiento de declaración

Artículo 16Incoación del procedimiento de declaración

Artículo 17Notificación, publicación y efectos de la incoación del procedimiento de declaración

Artículo 18Informes necesarios en el expediente de declaración

Artículo 19Delimitación provisional de entornos de protección y zonas de amortiguamiento

Artículo 20Declaración e conclusión

Artículo 21Notificación y efectos de la declaración

Artículo 22Contenido de la declaración

Artículo 23Registro de Bienes de Interés Cultural

Artículo 24Procedimiento para dejar sin efecto o modificar una declaración

Artículo 25Catálogo del Patrimonio Cultural de Galicia

Artículo 26Incoación del procedimiento de inclusión en el Catálogo del Patrimonio Cultural de Galicia

Artículo 27Notificación, publicación y efectos de la incoación del procedimiento de catalogación

Artículo 28Resolución del procedimiento de catalogación

Artículo 29Contenido de la resolución de inclusión de un bien en el Catálogo del Patrimonio Cultural de Galicia

Artículo 30Catálogos urbanísticos de protección de bienes integrantes del patrimonio cultural

Artículo 31Procedimiento de modificación o de exclusión de bienes del Catálogo del Patrimonio Cultural de Galicia

Artículo 32Deber de conservación

Artículo 33Medidas de protección

Artículo 34Planes, programas y proyectos con incidencia sobre el territorio

Artículo 35Protección del patrimonio cultural en el planeamiento urbanístico

Artículo 36Acceso a los bienes de interés cultural y catalogados

Artículo 37Deber de comunicación

Artículo 38Entornos de protección subsidiarios

Artículo 39Autorizaciones

Artículo 40Modelos de intervenciones

Artículo 41Niveles de protección

Artículo 42Actuaciones autorizables según los niveles de protección

Artículo 43Proyecto de intervención y memoria final de ejecución

Artículo 44Criterios de intervención en los bienes

Artículo 45Régimen de intervenciones en el entorno de protección

Artículo 46Criterios específicos de intervención en el entorno de protección

Artículo 47Régimen específico de las intervenciones en la zona de amortiguamiento

Artículo 48Visita pública

Artículo 49Derechos de tanteo y retracto

Artículo 50Escrituras públicas

Artículo 51Interés social a los efectos de la expropiación forzosa

Artículo 52Desplazamiento

Artículo 53Criterios específicos de intervención en bienes inmuebles declarados bienes de interés cultural

Artículo 54Especificidades de la declaración de ruina

Artículo 55Necesidad de aprobación de planes especiales de protección

Artículo 56Contenido del plan especial de protección

Artículo 57Régimen transitorio en tanto no se apruebe definitivamente la normativa urbanística de protección

Artículo 58Competencias específicas de autorización en áreas ordenadas mediante planes especiales de protección de bienes inmuebles de interés cultural

Artículo 59Necesidad de aprobación de instrumentos específicos de protección

Artículo 60Contenido de los instrumentos específicos de ordenación territorial o urbanística de los paisajes culturales y de los territorios históricos

Artículo 61Régimen transitorio durante la tramitación del instrumento específico de ordenación territorial o urbanística de los paisajes culturales y de los territorios históricos

Artículo 62Competencias específicas de autorización en paisajes culturales y territorios históricos ordenados mediante un instrumento específico de ordenación territorial o urbanística

CAPÍTULO V

Artículo 63Comercio de bienes muebles

Artículo 64Régimen de traslado de bienes muebles

Artículo 65Régimen de autorización en los bienes inmuebles catalogados

Artículo 66Régimen de traslado de bienes muebles catalogados

TÍTULO V

Artículo 67Salvaguarda del patrimonio cultural inmaterial

Artículo 68Identificación, documentación e investigación del patrimonio cultural inmaterial

Artículo 69Medidas específicas de salvaguarda

Artículo 70Protección del patrimonio cultural inmaterial

Artículo 71Órgano de gestión del bien del patrimonio cultural inmaterial protegido

Artículo 72Protección de los bienes materiales vinculados al patrimonio cultural inmaterial

Artículo 73Concepto de los Caminos de Santiago

Artículo 74Naturaleza de los Caminos de Santiago

Artículo 75Protección de los Caminos de Santiago

Artículo 76Delimitación de los Caminos de Santiago

Artículo 77Uso de los Caminos de Santiago

Artículo 77 bisUsos, actividades e intervenciones compatibles

Artículo 78Usos y actividades prohibidas en los Caminos de Santiago

Artículo 79Ocupación de los Caminos de Santiago

Artículo 80Expropiación forzosa de tramos o terrenos de los Caminos de Santiago

Artículo 81Señalización de los Caminos de Santiago

Artículo 82Plan territorial integrado de los Caminos de Santiago

CAPÍTULO I

Artículo 83Concepto

Artículo 84Intervenciones en bienes integrantes del patrimonio artístico

Artículo 85Régimen de protección del patrimonio artístico

Artículo 86Patrimonio artístico de la Xunta de Galicia

Artículo 87Concepto

Artículo 88Contenido del patrimonio arquitectónico

Artículo 89Metodología y criterios que se deben seguir en las actuaciones sobre el patrimonio arquitectónico

Artículo 90Planes de conservación del patrimonio arquitectónico

Artículo 91Concepto

Artículo 92Hórreos, cruceiros y petos de ánimas

Sección 1

Artículo 93Concepto

Artículo 94Naturaleza y protección de los bienes arqueológicos

Artículo 95Clases de actividades arqueológicas

Artículo 96Autorización para la realización de actividades arqueológicas

Artículo 97Responsabilidad en la dirección de las actividades arqueológicas y destino de los hallazgos arqueológicos

Artículo 98Conservación de las estructuras arqueológicas

Sección 2

Artículo 99Hallazgos arqueológicos casuales

Artículo 100Suspensión de la actividad por motivos arqueológicos

Artículo 101Detectores de metales y otras técnicas análogas

Sección 3

Artículo 102Definición

CAPÍTULO V

Artículo 103Concepto

Artículo 104Contenido del patrimonio industrial

Artículo 105Criterios para la intervención en el patrimonio industrial

Artículo 106Concepto

Artículo 107Valorización cultural de los bienes científicos y técnicos

Artículo 108Determinación de la falta de interés cultural de determinados elementos y colecciones del patrimonio científico

Artículo 109Patrimonio documental de Galicia

Artículo 110Patrimonio bibliográfico de Galicia

Artículo 111Definición y funciones de los museos

Artículo 112Colección visitable

Artículo 113Creación y reglamentación

Artículo 114Red y Sistema Gallego de Museos

Artículo 115Instrumentos y medios de los museos

Artículo 116Acceso a los museos

Artículo 117Reproducciones

Artículo 118Subvenciones

Artículo 119Trabajos de dotación artística en las obras públicas

Artículo 120Beneficios fiscales

Artículo 121Patrocinio

Artículo 122Difusión, formación y educación

TÍTULO X

CAPÍTULO I

Artículo 123Inspección de patrimonio cultural

Artículo 124Funciones de la inspección

Artículo 125Ejercicio de la actividad inspectora

Artículo 126Actas de inspección

Artículo 127Obligación de colaboración con la inspección

Sección 1

Artículo 128Concepto y clasificación de infracciones

Artículo 129Infracciones leves

Artículo 130Infracciones graves

Artículo 131Infracciones muy graves

Artículo 132Responsables

Sección 2

Artículo 133Clases

Artículo 134Graduación de las sanciones

Artículo 135Reparación de daños

Sección 3

Artículo 136Procedimiento sancionador

Artículo 137Medidas provisionales

Artículo 138Denuncia

Artículo 139Conductas constitutivas de ilícito penal

Artículo 140Órganos competentes para la imposición de sanciones

Artículo 141Prescripción de infracciones y sanciones

Disposición adicional primeraBienes declarados de interés cultural

Disposición adicional segundaCatálogo del Patrimonio Cultural de Galicia

Disposición adicional terceraCatálogos del planeamiento urbanístico

Disposición adicional cuartaCondiciones para la habilitación a los ayuntamientos en el trámite de autorizaciones de las intervenciones por medio de convenios específicos

Disposición adicional quintaBienes declarados de interés cultural o catalogados en virtud de la ley

Disposición adicional sextaCondiciones para la visita pública a los bienes declarados de interés cultural

Disposición adicional séptimaPublicidad de los bienes de interés cultural y catalogados

Disposición adicional octavaPublicación del Censo del Patrimonio Cultural

Disposición adicional novenaPlan territorial integrado de los Caminos de Santiago

Disposición adicional décimaConvenios de colaboración con entidades religiosas titulares de bienes integrantes del patrimonio cultural de Galicia

Disposición adicional undécima

Disposición adicional duodécimaRuta Jacobea del Mar de Arousa y Río Ulla

Disposición adicional decimoterceraInformación geolocalizada de los yacimientos arqueológicos

Disposición adicional decimocuartaProtección del Camino de Fisterra y Muxía, del Camino Portugués y de la Vía de la Plata o Camino Mozárabe

Disposición transitoria primeraExpedientes de declaración de interés cultural y de inclusión en el Catálogo del Patrimonio Cultural de Galicia iniciados

Disposición transitoria segundaRégimen transitorio de los órganos asesores en materia de patrimonio cultural

Disposición transitoria terceraClasificación provisional de los bienes de interés cultural declarados parajes pintorescos

Disposición transitoria cuartaPlaneamiento municipal

Disposición transitoria quintaPlanes especiales de protección aprobados

Disposición transitoria sextaProtección de las rutas de los Caminos de Santiago que no cuenten con una delimitación definitiva

Disposición transitoria séptimaPosesión de bienes del patrimonio arqueológico

Disposición transitoria octavaProcedimientos sancionadores

Disposición transitoria novenaHabilitación para la función inspectora

Disposición transitoria décimaProcedimientos de autorización en curso el 1 de enero de 2026

Disposición derogatoria únicaDerogación normativa

Disposición final primeraModificación del punto 2 de la letra g) del artículo 27 de la Ley 7/2013, de 13 de junio, de reconocimiento de la galleguidad

Disposición final segundaActualización de sanciones

Disposición final terceraHabilitación para el desarrollo reglamentario

Disposición final cuartaEntrada en vigor

Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

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