Ley 6/2016

Ley 6/2016, de 4 de mayo, de la economía social de Galicia.

Preámbulo Preámbulo

Artículo 1Objeto

Artículo 2Finalidad

Artículo 3Concepto

Artículo 4Ámbito de aplicación

Artículo 5Principios orientadores

Artículo 6Entidades de la economía social de Galicia

Artículo 7Catálogo gallego de entidades de la economía social

Artículo 8Organización

Artículo 9Consejo de la Economía Social de Galicia

Artículo 10Funciones

Artículo 11Composición

Artículo 12Nombramientos y ceses

Artículo 13Funcionamiento

Artículo 14Fomento y difusión

Artículo 15La Red Eusumo para el fomento del cooperativismo y la economía social

Artículo 16Planificación y ejecución de las actividades de fomento

Artículo 17Lanzamiento de nuevas iniciativas de economía social

Artículo 18Impulso de la responsabilidad social empresarial, igualdad y conciliación en las entidades de la economía social de Galicia

Disposición adicional primeraCoordinación con el Consejo Gallego de Cooperativas

Disposición adicional segundaParticipación institucional

Disposición adicional terceraInformatización de los registros y administración electrónica

Disposición adicional cuartaNo incremento de consignaciones presupuestarias

Disposición adicional quintaPlan gallego de impulso de las entidades de la economía social

Disposición transitoria primeraRégimen transitorio relativo al desarrollo de la Ley 13/2008, de 3 de diciembre, de servicios sociales de Galicia, con respecto a los órganos consultivos y de participación

Disposición transitoria segunda

Disposición derogatoria únicaDerogación normativa

Disposición final primeraModificación de la Ley 5/1998, de 18 de diciembre, de cooperativas de Galicia

Disposición final segundaAutorización para refundir textos

Disposición final terceraModificación de la Ley 13/2008, de 3 de diciembre, de servicios sociales de Galicia

Disposición final cuartaHabilitación normativa

Disposición final quintaEntrada en vigor

Citenza

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