Ley 10/2017

Ley 10/2017, de 27 de octubre, por la que se consolidan las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de impuestos propios y tributos cedidos.

Preámbulo Preámbulo

Artículo 1Objeto de la ley

Artículo 2Ámbito de aplicación

Artículo 3Creación, naturaleza y finalidad

Artículo 4Definiciones

Artículo 5Hecho imponible

Artículo 6Exenciones

Artículo 7Contribuyentes

Artículo 8Sustitutos de los contribuyentes

Artículo 9Base imponible

Artículo 10Determinación de la base imponible

Artículo 11Tipo de gravamen y cuota tributaria

Artículo 12Devengo

Artículo 13Repercusión del impuesto y obligación de declarar

Artículo 14Liquidación provisional

Artículo 15Gestión e inspección

Artículo 16Normas específicas de gestión del impuesto

Artículo 17Normas especiales aplicables a la entrega de residuos para su gestión en planta de tratamiento

Artículo 18Naturaleza y finalidad del impuesto

Artículo 19Hecho imponible

Artículo 20No sujeción

Artículo 21Exenciones

Artículo 22Obligados tributarios

Artículo 23Base imponible

Artículo 24Determinación de la base imponible en el método de estimación directa

Artículo 25Método de estimación indirecta

Artículo 26Cuota tributaria

Artículo 27Periodo impositivo y devengo del impuesto

Artículo 28Obligaciones formales y deber de colaboración

Artículo 29Liquidación y pago del impuesto

Artículo 30Plazos de presentación

Artículo 31Escala autonómica

Artículo 31 bisModificación del mínimo por descendientes discapacitados

Artículo 31 terDeflactación del tramo autonómico de la tarifa del IRPF y de los importes correspondientes a los mínimos personal y familiar

Artículo 32Deducciones autonómicas a aplicar sobre la cuota íntegra autonómica del impuesto sobre la renta de las personas físicas

Artículo 33Mínimo exento

Artículo 33 bisBonificación general

Artículo 33 terDeducción por aportaciones a la constitución o ampliación de la dotación a fundaciones de la Comunidad Autónoma de La Rioja

Artículo 34Reducciones en las adquisiciones mortis causa

Artículo 35

Artículo 36Incompatibilidad entre reducciones

Artículo 37Deducciones autonómicas para adquisiciones mortis causa por sujetos incluidos en los grupos I y II

Artículo 37 bisDeducciones autonómicas en adquisiciones mortis causa para convivientes

Artículo 38Reducciones en las adquisiciones inter vivos

Artículo 39

Artículo 40Incompatibilidad entre reducciones

Artículo 41Deducción en adquisiciones inter vivos

Artículo 41 bisSimplificación de las obligaciones formales para las donaciones objeto de micromecenazgo

Artículo 42Grupos de parentesco

Artículo 43Deducción en las donaciones dinerarias de padres a hijos por creación de nuevas empresas y promoción de empleo y autoempleo

Artículo 44Tipo impositivo general en la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas

Artículo 45Tipos impositivos reducidos en la adquisición de vivienda habitual

Artículo 46Tipo reducido aplicable a la adquisición de bienes culturales

Artículo 47Tipo impositivo superreducido aplicable a las transmisiones onerosas de explotaciones agrarias y fincas rústicas

Artículo 47 bisBonificación en la cuota por arrendamiento de fincas rústicas

Artículo 48Tipo de gravamen general para documentos notariales

Artículo 49Tipo impositivo reducido y deducción en la cuota para los documentos notariales de adquisición de vivienda para destinarla a vivienda habitual

Artículo 50Deducción en determinadas operaciones de subrogación y modificación de préstamos y créditos hipotecarios

Artículo 51Tipo reducido aplicable a las sociedades de garantía recíproca

Artículo 52Tipo impositivo incrementado aplicable a las escrituras notariales que formalicen transmisiones de inmuebles en las que se realiza la renuncia a la exención en el impuesto sobre el valor añadido

Artículo 53Documentos presentados a liquidación por actos jurídicos documentados a los que sea de aplicación el artículo 20.Uno.22.ºA.c) de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido

Artículo 53 bisDeducción aplicable a las agregaciones, agrupaciones y segregaciones para posterior agregación o agrupación de fincas rústicas

Artículo 54Obligación formal de los empresarios dedicados a la compraventa de objetos fabricados con metales preciosos y presentación telemática

Artículo 55Suministro de información por las entidades que realicen subastas de bienes muebles

Artículo 56Presentación telemática obligatoria

Artículo 57Suspensión en el procedimiento de tasación pericial contradictoria

Artículo 58Concepto de vivienda habitual a efectos del impuesto sobre sucesiones y donaciones y del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados

Artículo 58 bisAdquisición de la vivienda habitual

Artículo 59Obligaciones formales de los notarios en los impuestos sobre sucesiones y donaciones y sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados

Artículo 60Suministro de información por los registradores de la propiedad y mercantiles

Artículo 61Información sobre valores

Artículo 62Previsiones normativas de la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, en relación con los tributos sobre el juego

Artículo 63Base imponible

Artículo 64Tipos tributarios y cuotas fijas

Artículo 65Tipos y cuotas reducidos

Artículo 66Devengo

Artículo 67Gestión

Artículo 68Pago e ingreso

Artículo 69Obligaciones formales

Artículo 70Base imponible

Artículo 71Exenciones

Artículo 72Tipos y cuotas tributarios

Artículo 73Devengo

Artículo 74Pago e ingreso

Artículo 75Requisitos para la acreditación del pago y presentación de los tributos regulados en esta ley

Artículo 76Habilitación para desarrollo reglamentario

Artículo 77Defensoría del contribuyente riojano

Disposición adicional primeraSuspensión de la aplicación del impuesto sobre la eliminación de residuos en vertederos de La Rioja

Disposición adicional segundaDeducción para paliar la subida de intereses de los préstamos hipotecarios destinados a la adquisición de vivienda habitual

Disposición adicional terceraIncompatibilidad de las deducciones autonómica y estatal por adquisición de vehículo eléctrico

Disposición adicional cuartaInaplicabilidad de bonificación en el impuesto sobre el patrimonio

Disposición adicional quintaLíneas de evacuación de instalaciones de producción de energía eléctrica

Disposición adicional sexta

Disposición adicional séptimaInterpretación de las medidas fiscales de apoyo al medio rural

Disposición adicional octavaModificación del anexo I

Disposición transitoria primeraDeducciones autonómicas a aplicar sobre la cuota íntegra autonómica del impuesto sobre la renta de las personas físicas, que se mantienen para quienes las hubieran consolidado

Disposición transitoria segundaRequisitos de aplicación de las deducciones autonómicas a aplicar sobre la cuota íntegra autonómica del impuesto sobre la renta de las personas físicas, reguladas en la disposición transitoria primera

Disposición transitoria terceraAplicación de las normas autonómicas del impuesto sobre la renta de las personas físicas

Disposición derogatoria únicaDerogación normativa

Disposición final únicaEntrada en vigor

Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

citenza.io