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Vigente Ley 61 unidades

Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global.

Ley 1/2023es-law-2023-02-20-121 feb 2023

Voluntariado

  1. Preámbulo Preámbulo
  2. Artículo 1 Objeto, definición y ámbito de aplicación
  3. Artículo 2 Principios
  4. Artículo 3 Coherencia de políticas para el desarrollo sostenible
  5. Artículo 4 Objetivos y criterios de actuación
  6. Artículo 5 Prioridades geográficas y temáticas
  7. Artículo 6 Planificación
  8. Artículo 7 Seguimiento
  9. Artículo 8 Evaluación
  10. Artículo 9 Gestión de conocimiento e innovación
  11. Artículo 10 Instrumentos y modalidades
  12. Artículo 11 Educación para el desarrollo sostenible y la ciudadanía global
  13. Artículo 12 Fomento de la participación, la justicia global y la solidaridad
  14. Artículo 13 La acción humanitaria
  15. Artículo 14 Objeto
  16. Artículo 15 Principios rectores y objetivos
  17. Artículo 16 El Fondo Español de Desarrollo Sostenible (FEDES, F.C.P.J.)
  18. Artículo 17 Modalidades de Financiación
  19. Artículo 18 Países destinatarios
  20. Artículo 19 Comité Ejecutivo y gestión
  21. Artículo 20 Control parlamentario
  22. Artículo 21 Régimen presupuestario, económico-financiero, contable y de control
  23. Artículo 22 Recursos del FEDES, F.C.P.J
  24. Artículo 23 El Congreso de los Diputados y el Senado
  25. Artículo 24 El Gobierno
  26. Artículo 25 El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
  27. Artículo 26 Otros departamentos ministeriales y organismos de la Administración General del Estado
  28. Artículo 27 Órganos de coordinación y consulta
  29. Artículo 28 El Consejo Superior de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global
  30. Artículo 29 La Comisión Interministerial de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global
  31. Artículo 30 La Conferencia Sectorial de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global
  32. Artículo 31 La Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID)
  33. Artículo 32 Las Oficinas de la cooperación española
  34. Artículo 33 Otras instituciones ejecutoras
  35. Artículo 34 Otros ministerios
  36. Artículo 35 La cooperación descentralizada
  37. Artículo 36 Las Comunidades Autónomas
  38. Artículo 37 Los entes locales
  39. Artículo 38 Organizaciones No Gubernamentales para el Desarrollo y sociedad civil
  40. Artículo 39 Sector privado empresarial y economía social
  41. Artículo 40 Los sindicatos
  42. Artículo 41 Universidades y centros de estudios e investigación
  43. Artículo 42 Participación del personal al servicio de la Administración General del Estado y organismos dependientes en acciones de cooperación para el desarrollo sostenible
  44. Artículo 43 Régimen jurídico del personal de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID)
  45. Artículo 44 De las personas cooperantes
  46. Artículo 45 Del voluntariado en la cooperación para el desarrollo sostenible
  47. Artículo 46 Deber de cuidado
  48. Disposición adicional primera La sucesión del Fondo para la Promoción del Desarrollo (FONPRODE) por parte del Fondo Español para el Desarrollo Sostenible, F.C.P.J. (FEDES, F.C.P.J.)
  49. Disposición adicional segunda Grupo de trabajo para el diseño institucional de la cooperación financiera española
  50. Disposición adicional tercera Subvenciones y ayudas de cooperación internacional para el desarrollo
  51. Disposición adicional cuarta Promoción de la cultura española en el exterior
  52. Disposición transitoria primera
  53. Disposición transitoria segunda Recursos de Fondo para la Promoción del Desarrollo (FONPRODE) con cargo al Fondo Español para el Desarrollo Sostenible, F.C.P.J. (FEDES, F.C.P.J.)
  54. Disposición transitoria tercera Rendición de cuentas y régimen jurídico aplicable durante la liquidación del Fondo para la Promoción del Desarrollo (FONPRODE)
  55. Disposición transitoria cuarta Régimen de personal laboral de la AECID hasta la aprobación del convenio colectivo propio
  56. Disposición derogatoria única Normas derogadas
  57. Disposición final primera Título competencial
  58. Disposición final segunda Modificación del Real Decreto-ley 8/2004, de 5 de noviembre, sobre indemnizaciones a los participantes en operaciones internacionales de paz y seguridad
  59. Disposición final tercera Habilitación para el desarrollo reglamentario
  60. Disposición final cuarta Modificación del segundo apartado de la disposición adicional decimoctava de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
  61. Disposición final quinta Entrada en vigor
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