🇪🇸 España
Vigente Ley 61 unidades
Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global.
Ley 1/2023es-law-2023-02-20-121 feb 2023
- Preámbulo Preámbulo
- Artículo 1 Objeto, definición y ámbito de aplicación
- Artículo 2 Principios
- Artículo 3 Coherencia de políticas para el desarrollo sostenible
- Artículo 4 Objetivos y criterios de actuación
- Artículo 5 Prioridades geográficas y temáticas
- Artículo 6 Planificación
- Artículo 7 Seguimiento
- Artículo 8 Evaluación
- Artículo 9 Gestión de conocimiento e innovación
- Artículo 10 Instrumentos y modalidades
- Artículo 11 Educación para el desarrollo sostenible y la ciudadanía global
- Artículo 12 Fomento de la participación, la justicia global y la solidaridad
- Artículo 13 La acción humanitaria
- Artículo 14 Objeto
- Artículo 15 Principios rectores y objetivos
- Artículo 16 El Fondo Español de Desarrollo Sostenible (FEDES, F.C.P.J.)
- Artículo 17 Modalidades de Financiación
- Artículo 18 Países destinatarios
- Artículo 19 Comité Ejecutivo y gestión
- Artículo 20 Control parlamentario
- Artículo 21 Régimen presupuestario, económico-financiero, contable y de control
- Artículo 22 Recursos del FEDES, F.C.P.J
- Artículo 23 El Congreso de los Diputados y el Senado
- Artículo 24 El Gobierno
- Artículo 25 El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
- Artículo 26 Otros departamentos ministeriales y organismos de la Administración General del Estado
- Artículo 27 Órganos de coordinación y consulta
- Artículo 28 El Consejo Superior de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global
- Artículo 29 La Comisión Interministerial de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global
- Artículo 30 La Conferencia Sectorial de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global
- Artículo 31 La Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID)
- Artículo 32 Las Oficinas de la cooperación española
- Artículo 33 Otras instituciones ejecutoras
- Artículo 34 Otros ministerios
- Artículo 35 La cooperación descentralizada
- Artículo 36 Las Comunidades Autónomas
- Artículo 37 Los entes locales
- Artículo 38 Organizaciones No Gubernamentales para el Desarrollo y sociedad civil
- Artículo 39 Sector privado empresarial y economía social
- Artículo 40 Los sindicatos
- Artículo 41 Universidades y centros de estudios e investigación
- Artículo 42 Participación del personal al servicio de la Administración General del Estado y organismos dependientes en acciones de cooperación para el desarrollo sostenible
- Artículo 43 Régimen jurídico del personal de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID)
- Artículo 44 De las personas cooperantes
- Artículo 45 Del voluntariado en la cooperación para el desarrollo sostenible
- Artículo 46 Deber de cuidado
- Disposición adicional primera La sucesión del Fondo para la Promoción del Desarrollo (FONPRODE) por parte del Fondo Español para el Desarrollo Sostenible, F.C.P.J. (FEDES, F.C.P.J.)
- Disposición adicional segunda Grupo de trabajo para el diseño institucional de la cooperación financiera española
- Disposición adicional tercera Subvenciones y ayudas de cooperación internacional para el desarrollo
- Disposición adicional cuarta Promoción de la cultura española en el exterior
- Disposición transitoria primera
- Disposición transitoria segunda Recursos de Fondo para la Promoción del Desarrollo (FONPRODE) con cargo al Fondo Español para el Desarrollo Sostenible, F.C.P.J. (FEDES, F.C.P.J.)
- Disposición transitoria tercera Rendición de cuentas y régimen jurídico aplicable durante la liquidación del Fondo para la Promoción del Desarrollo (FONPRODE)
- Disposición transitoria cuarta Régimen de personal laboral de la AECID hasta la aprobación del convenio colectivo propio
- Disposición derogatoria única Normas derogadas
- Disposición final primera Título competencial
- Disposición final segunda Modificación del Real Decreto-ley 8/2004, de 5 de noviembre, sobre indemnizaciones a los participantes en operaciones internacionales de paz y seguridad
- Disposición final tercera Habilitación para el desarrollo reglamentario
- Disposición final cuarta Modificación del segundo apartado de la disposición adicional decimoctava de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- Disposición final quinta Entrada en vigor