Ley 1/2023

Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global.

Preámbulo Preámbulo

Artículo 1Objeto, definición y ámbito de aplicación

Artículo 2Principios

Artículo 3Coherencia de políticas para el desarrollo sostenible

Artículo 4Objetivos y criterios de actuación

Artículo 5Prioridades geográficas y temáticas

Artículo 6Planificación

Artículo 7Seguimiento

Artículo 8Evaluación

Artículo 9Gestión de conocimiento e innovación

Artículo 10Instrumentos y modalidades

Artículo 11Educación para el desarrollo sostenible y la ciudadanía global

Artículo 12Fomento de la participación, la justicia global y la solidaridad

Artículo 13La acción humanitaria

Artículo 14Objeto

Artículo 15Principios rectores y objetivos

Artículo 16El Fondo Español de Desarrollo Sostenible (FEDES, F.C.P.J.)

Artículo 17Modalidades de Financiación

Artículo 18Países destinatarios

Artículo 19Comité Ejecutivo y gestión

Artículo 20Control parlamentario

Artículo 21Régimen presupuestario, económico-financiero, contable y de control

Artículo 22Recursos del FEDES, F.C.P.J

Artículo 23El Congreso de los Diputados y el Senado

Artículo 24El Gobierno

Artículo 25El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

Artículo 26Otros departamentos ministeriales y organismos de la Administración General del Estado

Artículo 27Órganos de coordinación y consulta

Artículo 28El Consejo Superior de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global

Artículo 29La Comisión Interministerial de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global

Artículo 30La Conferencia Sectorial de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global

Artículo 31La Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID)

Artículo 32Las Oficinas de la cooperación española

Artículo 33Otras instituciones ejecutoras

Artículo 34Otros ministerios

Artículo 35La cooperación descentralizada

Artículo 36Las Comunidades Autónomas

Artículo 37Los entes locales

Artículo 38Organizaciones No Gubernamentales para el Desarrollo y sociedad civil

Artículo 39Sector privado empresarial y economía social

Artículo 40Los sindicatos

Artículo 41Universidades y centros de estudios e investigación

Artículo 42Participación del personal al servicio de la Administración General del Estado y organismos dependientes en acciones de cooperación para el desarrollo sostenible

Artículo 43Régimen jurídico del personal de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID)

Artículo 44De las personas cooperantes

Artículo 45Del voluntariado en la cooperación para el desarrollo sostenible

Artículo 46Deber de cuidado

Disposición adicional primeraLa sucesión del Fondo para la Promoción del Desarrollo (FONPRODE) por parte del Fondo Español para el Desarrollo Sostenible, F.C.P.J. (FEDES, F.C.P.J.)

Disposición adicional segundaGrupo de trabajo para el diseño institucional de la cooperación financiera española

Disposición adicional terceraSubvenciones y ayudas de cooperación internacional para el desarrollo

Disposición adicional cuartaPromoción de la cultura española en el exterior

Disposición transitoria primera

Disposición transitoria segundaRecursos de Fondo para la Promoción del Desarrollo (FONPRODE) con cargo al Fondo Español para el Desarrollo Sostenible, F.C.P.J. (FEDES, F.C.P.J.)

Disposición transitoria terceraRendición de cuentas y régimen jurídico aplicable durante la liquidación del Fondo para la Promoción del Desarrollo (FONPRODE)

Disposición transitoria cuartaRégimen de personal laboral de la AECID hasta la aprobación del convenio colectivo propio

Disposición derogatoria únicaNormas derogadas

Disposición final primeraTítulo competencial

Disposición final segundaModificación del Real Decreto-ley 8/2004, de 5 de noviembre, sobre indemnizaciones a los participantes en operaciones internacionales de paz y seguridad

Disposición final terceraHabilitación para el desarrollo reglamentario

Disposición final cuartaModificación del segundo apartado de la disposición adicional decimoctava de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

Disposición final quintaEntrada en vigor

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