Ley 9/2025

Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible.

Preámbulo Preámbulo

Artículo 1Objeto y finalidad de la ley

Artículo 2Definiciones

Artículo 3Relaciones entre Administraciones públicas

Artículo 4Derecho a la movilidad sostenible

Artículo 5Principios rectores

Artículo 6El Sistema General de Movilidad Sostenible

Artículo 7Objetivos del Sistema General de Movilidad Sostenible

Artículo 8El Foro Territorial de Movilidad Sostenible

Artículo 9Composición y adopción de acuerdos por el Foro Territorial de Movilidad Sostenible

Artículo 10Funciones del Foro Territorial de Movilidad Sostenible

Artículo 11El Consejo Superior de Movilidad Sostenible

Artículo 12Funciones del Consejo Superior de Movilidad Sostenible

Artículo 13Espacio de Datos Integrado de Movilidad (EDIM)

Artículo 14Financiación del funcionamiento y actuaciones del Sistema General de Movilidad Sostenible

Artículo 15El Documento de Orientaciones para la Movilidad Sostenible (DOMOS) y documentos complementarios

Artículo 16Orientaciones generales para una movilidad sostenible que se han de incluir en el DOMOS

Artículo 17Sistema de indicadores para el seguimiento de sendas e hitos a incluir en el DOMOS

Artículo 18Los documentos de recomendaciones metodológicas

Artículo 19Las guías de buenas prácticas

Artículo 20Concienciación y sensibilización

Artículo 21Formación a la ciudadanía en movilidad sostenible

Artículo 22Instrumento de Planificación Estratégica Estatal en Movilidad (IPEEM)

Artículo 23Instrumento de planificación en materia de transportes y movilidad de las Comunidades Autónomas

Artículo 24Planes de movilidad sostenible de entidades locales

Artículo 25Planes de movilidad sostenible para grandes centros de actividad

Artículo 26Planes de movilidad sostenible al trabajo

Artículo 27Seguimiento

Artículo 28Sistema de medios de movilidad en el ámbito urbano

Artículo 29Planificación urbana para el fomento de la movilidad activa

Artículo 30Movilidad inclusiva para personas con discapacidad o movilidad reducida

Artículo 31Perspectivas de género e igualdad de trato y no discriminación en la movilidad

Artículo 32Terminales de transporte, talleres de material móvil para el transporte público y otras infraestructuras, edificios e instalaciones vinculados al sistema de transportes y movilidad

Artículo 33Carriles reservados a determinados vehículos

Artículo 34Cumplimiento de los objetivos de suministro de electricidad a aeronaves estacionadas

Artículo 35Uso y suministro de fuentes de energía alternativas en puertos

Artículo 36Cálculo e información de la huella de carbono

Artículo 37Información sobre la emisión de gases de efecto invernadero y otros contaminantes a la atmósfera en puertos y aeropuertos

Artículo 38Sistemas de gestión ambiental y de la energía

Artículo 39Coordinación de los servicios de transporte terrestre por carretera y ferrocarril y los servicios de movilidad y colaboración de las administraciones públicas

Artículo 40Servicios de transporte y movilidad para permitir el ejercicio del derecho a la movilidad en desplazamientos intrautonómicos

Artículo 41Régimen de prestación de los servicios de transporte público de personas por carretera y servicios de movilidad

Artículo 42Servicios de movilidad de conexión con el ferrocarril y con los servicios regulares en autobús

Artículo 43Obligaciones de servicio público en los servicios de transporte de competencia estatal

Artículo 44Principios aplicables a las obligaciones de servicio público y a los contratos de servicio público

Artículo 45Establecimiento de obligaciones de servicio público en transportes de competencia estatal

Artículo 46Corresponsabilidad en la financiación de las obligaciones de servicio público en transportes de competencia estatal

Artículo 47Seguimiento y evaluación de las obligaciones de servicio público en transportes de competencia estatal

Artículo 48Servicios de transporte público regular de personas por carretera de competencia estatal

Artículo 49Criterios para la planificación de las infraestructuras de transporte de competencia estatal

Artículo 50Procedimientos de evaluación de las infraestructuras de transporte y transparencia

Artículo 51Análisis preliminar de rentabilidad socioambiental de las infraestructuras de transporte estatales

Artículo 52Estudio de rentabilidad de las infraestructuras de transporte estatales

Artículo 53Excepciones del procedimiento de evaluación

Artículo 54Infraestructuras de transporte de interés general y planificación territorial

Artículo 55Contribución financiera del Estado para la movilidad sostenible en el ámbito urbano e interurbano

Artículo 56Creación del Fondo Estatal de Contribución a la Movilidad Sostenible (FECMO-FCPJ)

Artículo 57Asignación de recursos del Fondo Estatal de Contribución a la Movilidad Sostenible (FECMO-FCPJ)

Artículo 58Condición de beneficiario y requisitos que deben cumplirse

Artículo 59Procedimiento para la determinación de la cuantía de las subvenciones para la financiación de costes operativos

Artículo 60Límites cuantitativos de las subvenciones para la financiación de los costes operativos

Artículo 61Subvenciones para proyectos de inversión para la mejora de la movilidad urbana e interurbana

Artículo 62Principios rectores específicos aplicables al espacio controlado de pruebas para la movilidad

Artículo 63Ámbito competencial y colaboración entre autoridades

Artículo 64Régimen jurídico de aplicación a los proyectos piloto de innovación en movilidad

Artículo 65Régimen de admisión y participación

Artículo 66Solicitud de admisión al espacio controlado de pruebas

Artículo 67Admisión en el espacio controlado de pruebas

Artículo 68Protocolo de pruebas

Artículo 69Inicio de las pruebas

Artículo 70Consentimiento informado y protección de datos

Artículo 71Derecho de desistimiento

Artículo 72Responsabilidad

Artículo 73Garantía de confidencialidad

Artículo 74Seguimiento de las pruebas

Artículo 75Interrupción de las pruebas

Artículo 76Informes de evaluación

Artículo 77Propuesta de regulación

Artículo 78Publicidad y resultado normativo del espacio controlado de pruebas

Artículo 79Proporcionalidad y prohibición de trato discriminatorio

Artículo 80Comisión de personas expertas en movilidad

Artículo 81Principios de actuación de las Administraciones públicas para la regulación y promoción de la introducción progresiva de los vehículos automatizados en el sistema de transportes

Artículo 82Oficina para la Facilitación de Pruebas de Vehículos Automatizados en Vías Públicas (OFVA)

Artículo 83Impulso a la colaboración público-privada, a través de preferencia en el acceso a los espacios controlados de pruebas

Artículo 84Uso de vehículos automatizados en el sistema de transportes y movilidad por carretera

Artículo 85Datos abiertos de los servicios de transporte de personas y de movilidad

Artículo 86Datos abiertos de infraestructuras de transporte y otras infraestructuras y equipamientos al servicio del transporte y la movilidad

Artículo 87

Artículo 88Datos de infraestructuras de transporte existentes y planificadas afectadas por normativa europea

Artículo 89Datos de transporte y movilidad con fines estadísticos

Artículo 90Punto de Acceso Nacional de Transporte Multimodal y otros portales de datos de transportes y movilidad del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible

Artículo 91Utilización de datos sobre transporte y movilidad

Artículo 92Implantación de aplicaciones de movilidad como servicio y sistemas integrados de información y venta en el transporte

Artículo 93Prospección y detección de necesidades formativas del sistema productivo en el ámbito de la movilidad y el transporte

Artículo 94Transporte de mercancías

Artículo 95Zonas de estacionamiento seguras y protegidas

Artículo 96Zonas de estacionamiento seguras y protegidas para vehículos pesados de mercancías

Artículo 97Nodos logísticos de importancia estratégica estatal

Artículo 98Nodos logísticos de interés autonómico

Artículo 99Coordinación entre Administraciones para la mejora de la cadena logística

Artículo 100Publicidad activa en la definición y seguimiento de las políticas públicas de movilidad

Artículo 101Transparencia

Artículo 102Informe de actividad en materia de políticas públicas de movilidad y transportes

Artículo 103Concepto y clasificación

Artículo 104Sujetos responsables

Artículo 105Infracciones graves

Artículo 106Infracciones leves

Artículo 107Cuantía de las sanciones

Artículo 108Prescripción de las infracciones

Artículo 109Prescripción de las sanciones

Artículo 110Competencia y procedimiento sancionador

Disposición adicional primeraEl Consejo Asesor del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible

Disposición adicional segundaAprobación del primer Documento de Orientaciones para la Movilidad Sostenible (DOMOS)

Disposición adicional terceraSendas indicativas

Disposición adicional cuartaPlan Estratégico para la sostenibilidad del Transporte Aéreo

Disposición adicional quintaRespuesta ante episodios de alta contaminación

Disposición adicional sextaEstrategia Estatal de impulso del uso de la bicicleta

Disposición adicional séptimaInformación para el repostaje y la recarga eléctrica de vehículos

Disposición adicional octavaEvaluación ex post de los principales corredores puestos en servicio y actuaciones desarrolladas mediante sistema concesional

Disposición adicional novenaTransporte ferroviario de mercancías

Disposición adicional décimaEstrategia Estatal contra la Pobreza de Transporte

Disposición adicional undécimaAtribución de funciones al personal ferroviario durante situaciones de emergencia

Disposición adicional duodécimaCompetencias de los territorios históricos

Disposición adicional decimoterceraObligación de ofrecer información comprensible a las personas usuarias

Disposición adicional decimocuartaAmpliación del ámbito de aplicación de la disposición adicional centésima octava de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023

Disposición adicional decimoquintaPromoción del transporte ferroviario de personas

Disposición adicional decimosextaMedidas para el impulso de la reducción de vuelos domésticos

Disposición adicional decimoséptimaDeclaración de interés de las obras de infraestructura rurales, consistentes en la realización de caminos naturales

Disposición adicional decimoctavaSeñalización de estaciones de recarga ultrarrápida en la Red de Carreteras del Estado

Disposición adicional decimonovenaEstudio de nuevos servicios ferroviarios para la movilidad cotidiana en Galicia

Disposición adicional vigésimaEstudio para asegurar el estacionamiento seguro de los transportes de mercancías peligrosas por carretera

Disposición adicional vigesimoprimeraIncentivos para la renovación del parque de automoción español

Disposición adicional vigesimosegundaMovilidad en los territorios ultraperiféricos, insulares y Ceuta y Melilla

Disposición adicional vigesimoterceraObjetivos vinculantes de incremento de las energías renovables y reducción de la intensidad de gases de efecto invernadero en el sector del transporte

Disposición adicional vigesimocuartaDel desarrollo de infraestructuras ferroviarias en Canarias

Disposición adicional vigesimoquinta

Disposición adicional vigesimosextaElectrificación del transporte ferroviario

Disposición adicional vigesimoséptimaSubvenciones para el impulso de los planes de movilidad sostenible al trabajo

Disposición adicional vigesimoctavaMapa estatal de capacidad de la red eléctrica

Disposición adicional vigesimonovenaServicios de auxilio en vías públicas: acceso a las zonas de bajas emisiones

Disposición adicional trigésimaPlan de choque ferroviario, plan de atención urgente a los pasajeros y protocolo de análisis de incidencias en la red ferroviaria

Disposición adicional trigésima primera

Disposición adicional trigésima segunda

Disposición adicional trigésima tercera

Disposición adicional trigésima cuarta

Disposición adicional trigésima quinta

Disposición adicional trigésima sexta

Disposición adicional trigésima séptima

Disposición adicional trigésima octava

Disposición transitoria primeraNegociación de las medidas para promover la elaboración de planes de movilidad sostenible al trabajo

Disposición transitoria segundaAdaptación al nuevo mapa concesional de competencia estatal

Disposición transitoria terceraInstrumentos de mejora de la calidad del gasto en la financiación de las obligaciones de servicio público ferroviarias

Disposición transitoria cuartaMetodologías de evaluación

Disposición transitoria quintaEvaluación de actuaciones financiadas por el Mecanismo de recuperación y resiliencia

Disposición transitoria sextaActuaciones en curso y actuaciones incluidas en convenios suscritos con anterioridad a la entrada en vigor de la ley

Disposición transitoria séptimaPuesta en funcionamiento del «Fondo Estatal de Contribución a la Movilidad Sostenible» (FECMO-FCPJ)

Disposición transitoria octava

Disposición transitoria novenaInstrumento de planificación estratégica hasta la elaboración del primer Instrumento de Planificación Estratégica Estatal en Movilidad (IPEEM)

Disposición transitoria décimaServicios ferroviarios traspasados a las comunidades autónomas

Disposición derogatoria única

Disposición final primeraModificación del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial

Disposición final segundaModificación del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales

Disposición final terceraModificación del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre

Disposición final cuartaModificación de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres

Disposición final quintaModificación de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras

Disposición final sextaModificación de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del sector ferroviario

Disposición final séptima

Disposición final octavaTítulo competencial

Disposición final novenaDesarrollo reglamentario

Disposición final décimaComienzo en la utilización del procedimiento de financiación del transporte público colectivo urbano de viajeros

Disposición final undécimaSalvaguarda del rango de disposiciones reglamentarias

Disposición final duodécimaModificación del Decreto 137/1960, de 4 de febrero, por el que se convalida la tasa por gastos y remuneraciones en dirección e inspección de las obras

Disposición final decimoterceraPuesta en marcha de la Oficina Gestora del espacio controlado de pruebas

Disposición final decimocuartaModificación del Real Decreto 1052/2022, de 27 de diciembre, por el que se regulan las zonas de bajas emisiones

Disposición final decimoquintaModificación del Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres

Disposición final decimosextaModificación de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico

Disposición final decimoséptimaModificación del Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica

Disposición final decimoctava

Disposición final decimonovena

Disposición final vigésimaModificación de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética

Disposición final vigesimoprimera

Disposición final vigesimosegundaEntrada en vigor

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