Ley 4/2026

Ley 4/2026, de 2 de julio, de Caza y Pesca de la Comunidad de Madrid.

Artículo 6Competencias administrativas

Artículo 10Daños producidos por las piezas de caza

Artículo 11Clasificación de los terrenos a efectos cinegéticos

Artículo 13Ampliación, reducción o extinción

Artículo 14Zonas de caza controlada

Artículo 23Registro de Cotos de Caza de la Comunidad de Madrid

Artículo 25Vedados

Artículo 29Daños producidos por los cazadores

Artículo 31Horario de caza

Artículo 36Empleo de aves de cetrería, hurones y otros animales durante la práctica cinegética

Artículo 39Normas para las modalidades de caza menor

Artículo 41Distancias de seguridad y restricciones por razón de sitio

Artículo 48Planes técnicos de caza de las reservas regionales de caza y de las zonas de caza controlada

Artículo 54Protección de la pureza genética

Artículo 57Cerramientos

Artículo 58Enfermedades y epizootias

Artículo 63Seguimiento de la ejecución del plan técnico de caza de los cotos

Artículo 65Competiciones y exhibiciones

Artículo 67Cotos colaboradores

Artículo 71Emergencia cinegética

Artículo 77Transporte y comercialización de piezas de caza vivas

Artículo 78Órganos consultivos y asesores en materia de recursos cinegéticos

Artículo 81Acciones de caza por el personal de vigilancia

Artículo 87Competencias administrativas

Artículo 92Piezas de pesca en cautividad

Artículo 94Clasificación de las masas de agua por su aprovechamiento pesquero

Artículo 99Aguas de pesca privada

Artículo 101Aguas no pescables por razón de sitio

Artículo 108Daños producidos por los pescadores

Artículo 110Horario de pesca

Artículo 118Distancias de pesca

Artículo 123De la pesca nocturna

Artículo 125Medidas específicas para los eventos deportivos y sociales de pesca

Artículo 126Pesca en masas de agua del entorno urbano

Artículo 127De la pesca con fines científicos y de gestión

Artículo 134Planes técnicos de pesca en aguas privadas

Artículo 141Autorizaciones excepcionales

Artículo 148Otras actuaciones sobre el dominio público hidráulico para la protección de los hábitats y especies acuícolas

Artículo 149Enfermedades y epizootias

Artículo 153Seguimiento de la ejecución de los planes técnicos de pesca

Artículo 158Entidades colaboradoras en materia de pesca

Artículo 161Actuaciones en el supuesto de emergencia acuícola

Artículo 164Aprovechamiento pesquero en régimen intensivo

Artículo 167Condiciones de funcionamiento de las explotaciones de acuicultura

Artículo 168Comercialización y transporte de los recursos pesqueros

Artículo 169Órgano consultivo y asesor en materia de recursos pesqueros

Artículo 172Acciones de pesca por el personal de vigilancia

Artículo 175Valor probatorio y deber de colaboración

Artículo 178Multas coercitivas

Artículo 182Responsabilidad penal

Artículo 183Registro regional de infractores de caza y pesca de la Comunidad de Madrid

Artículo 184Infracciones

Artículo 185Sanciones y medidas accesorias

Artículo 186Decomisos y rescate de medios de captura y armas

Artículo 187Infracciones

Artículo 188Sanciones y medidas accesorias

Artículo 189Decomisos y rescate de medios de captura y artes de pesca

Preámbulo Preámbulo

Artículo 1Objeto y ámbito de aplicación

Artículo 2Definiciones

Artículo 3Principios generales

Artículo 4Derechos y deberes

Artículo 5Compatibilidad con otras actividades

Artículo 6Competencias administrativas

Artículo 7Especies cinegéticas

Artículo 8Propiedad de las piezas de caza

Artículo 9Piezas de caza en cautividad

Artículo 10Daños producidos por las piezas de caza

Artículo 11Clasificación de los terrenos a efectos cinegéticos

Artículo 12Reservas regionales de caza

Artículo 13Ampliación, reducción o extinción

Artículo 14Zonas de caza controlada

Artículo 15Cotos de caza

Artículo 16Requisitos para la constitución

Artículo 17Procedimiento de constitución

Artículo 18Efectos del acotamiento

Artículo 19Ampliación, segregación y extinción

Artículo 20Vigencia de los derechos cinegéticos

Artículo 21Cambio de titular

Artículo 22Suspensión

Artículo 23Registro de Cotos de Caza de la Comunidad de Madrid

Artículo 24Zonas de seguridad

Artículo 25Vedados

Artículo 26Requisitos para el ejercicio de la caza

Artículo 27Licencia de caza

Artículo 28Examen del cazador

Artículo 29Daños producidos por los cazadores

Artículo 30Temporada, periodos y días hábiles de caza

Artículo 31Horario de caza

Artículo 32Medios de caza

Artículo 33Armas y municiones

Artículo 34Dispositivos auxiliares

Artículo 35Empleo de perros durante la práctica cinegética

Artículo 36Empleo de aves de cetrería, hurones y otros animales durante la práctica cinegética

Artículo 37Modalidades de caza

Artículo 38Normas para las modalidades de caza mayor

Artículo 39Normas para las modalidades de caza menor

Artículo 40Medidas de seguridad

Artículo 41Distancias de seguridad y restricciones por razón de sitio

Artículo 42Planificación cinegética

Artículo 43Instrumentos de planificación cinegética

Artículo 44Vigencia, revisión y prórroga de los instrumentos de planificación

Artículo 45Planes territoriales de recursos cinegéticos

Artículo 46Planes de gestión de especies cinegéticas

Artículo 47Plan técnico de caza de los cotos

Artículo 48Planes técnicos de caza de las reservas regionales de caza y de las zonas de caza controlada

Artículo 49Cupos de extracción

Artículo 50Otras medidas de protección

Artículo 51Medidas de protección para determinadas especies

Artículo 52Autorizaciones excepcionales

Artículo 53Repoblaciones cinegéticas

Artículo 54Protección de la pureza genética

Artículo 55Conservación y mejora del hábitat cinegético

Artículo 56Zonas de reserva

Artículo 57Cerramientos

Artículo 58Enfermedades y epizootias

Artículo 59Censos, estadísticas y estudios

Artículo 60Sistema de seguimiento de las poblaciones cinegéticas

Artículo 61Anillamiento de especies cinegéticas

Artículo 62Registro de capturas

Artículo 63Seguimiento de la ejecución del plan técnico de caza de los cotos

Artículo 64Divulgación, formación y sensibilización en materia de caza

Artículo 65Competiciones y exhibiciones

Artículo 66Entidades colaboradoras en materia de caza

Artículo 67Cotos colaboradores

Artículo 68Control poblacional de especies cinegéticas

Artículo 69Control de especies cinegéticas predadoras

Artículo 70Control de especies exóticas invasoras

Artículo 71Emergencia cinegética

Artículo 72Granjas y explotaciones cinegéticas

Artículo 73Caza comercial y caza intensiva de especies de caza menor

Artículo 74Sueltas para tirada

Artículo 75Especies comercializables

Artículo 76Transporte y comercialización de piezas de caza muertas

Artículo 77Transporte y comercialización de piezas de caza vivas

Artículo 78Órganos consultivos y asesores en materia de recursos cinegéticos

Artículo 79Agentes de vigilancia e inspección

Artículo 80Vigilancia privada de la actividad cinegética y guardas jurados de caza

Artículo 81Acciones de caza por el personal de vigilancia

Artículo 82Objeto y ámbito de aplicación

Artículo 83Definiciones

Artículo 84Principios generales

Artículo 85Derechos y deberes

Artículo 86Compatibilidad con otras actividades

Artículo 87Competencias administrativas

Artículo 88Especies pescables

Artículo 89Especies de interés preferente

Artículo 90Especies exóticas invasoras

Artículo 91Propiedad de piezas de pesca

Artículo 92Piezas de pesca en cautividad

Artículo 93Clasificación de las masas de agua por su aptitud piscícola

Artículo 94Clasificación de las masas de agua por su aprovechamiento pesquero

Artículo 95Aguas pescables en régimen general

Artículo 96Aguas pescables en régimen especial

Artículo 97Cotos de pesca

Artículo 98Aguas de pesca controlada

Artículo 99Aguas de pesca privada

Artículo 100Vedados de pesca

Artículo 101Aguas no pescables por razón de sitio

Artículo 102Clasificación del pescador

Artículo 103Requisitos para el ejercicio de la pesca

Artículo 104Licencia de pesca

Artículo 105Curso del pescador

Artículo 106Permisos de pesca

Artículo 107Importe de los permisos de pesca

Artículo 108Daños producidos por los pescadores

Artículo 109Temporada, periodos y días hábiles de pesca

Artículo 110Horario de pesca

Artículo 111Artes y aparejos de pesca

Artículo 112Artes de pesca permitidas

Artículo 113Artes auxiliares de pesca

Artículo 114Artes de pesca prohibidas

Artículo 115Cebos y señuelos de pesca

Artículo 116Cebos y señuelos prohibidos

Artículo 117Cebado de las aguas y uso de atrayentes

Artículo 118Distancias de pesca

Artículo 119Modalidades y técnicas de pesca

Artículo 120Práctica de la pesca extractiva

Artículo 121Práctica de la pesca de captura y suelta

Artículo 122Pesca desde embarcación

Artículo 123De la pesca nocturna

Artículo 124Organización de eventos deportivos y sociales de pesca

Artículo 125Medidas específicas para los eventos deportivos y sociales de pesca

Artículo 126Pesca en masas de agua del entorno urbano

Artículo 127De la pesca con fines científicos y de gestión

Artículo 128Planificación pesquera

Artículo 129Instrumentos de planificación pesquera

Artículo 130Vigencia, revisión y prórroga de los instrumentos de planificación

Artículo 131Planes territoriales de recursos pesqueros

Artículo 132Planes de gestión de especies piscícolas

Artículo 133Planes técnicos de pesca

Artículo 134Planes técnicos de pesca en aguas privadas

Artículo 135Medidas generales de protección

Artículo 136Tallas de captura

Artículo 137Cupos de captura

Artículo 138Protección de los recursos genéticos pesqueros

Artículo 139Cría de especies autóctonas

Artículo 140Repoblaciones y sueltas

Artículo 141Autorizaciones excepcionales

Artículo 142Conservación y mejora del hábitat

Artículo 143Protección de frezaderos y zonas de alevinaje

Artículo 144Gestión de caudales y volúmenes hidráulicos

Artículo 145Sostenibilidad de las actividades recreativas y deportivas en el medio acuático

Artículo 146Zonas de reserva

Artículo 147Mejora de la conectividad del hábitat

Artículo 148Otras actuaciones sobre el dominio público hidráulico para la protección de los hábitats y especies acuícolas

Artículo 149Enfermedades y epizootias

Artículo 150Censos, estadísticas y estudios

Artículo 151Sistema de seguimiento de las poblaciones acuícolas

Artículo 152Registro de capturas

Artículo 153Seguimiento de la ejecución de los planes técnicos de pesca

Artículo 154Escenarios de pesca

Artículo 155Medidas de fomento de la actividad pesquera

Artículo 156Aspectos sociales de la actividad pesquera

Artículo 157Centros de formación de pesca

Artículo 158Entidades colaboradoras en materia de pesca

Artículo 159Control poblacional de especies acuícolas

Artículo 160Control de especies exóticas invasoras

Artículo 161Actuaciones en el supuesto de emergencia acuícola

Artículo 162Aprovechamiento de los recursos pesqueros

Artículo 163Del aprovechamiento de los recursos pesqueros en aguas de dominio público

Artículo 164Aprovechamiento pesquero en régimen intensivo

Artículo 165Explotaciones de acuicultura

Artículo 166Autorizaciones de explotaciones de acuicultura

Artículo 167Condiciones de funcionamiento de las explotaciones de acuicultura

Artículo 168Comercialización y transporte de los recursos pesqueros

Artículo 169Órgano consultivo y asesor en materia de recursos pesqueros

Artículo 170Agentes de vigilancia e inspección

Artículo 171Vigilancia privada de la actividad pesquera y guardas jurados de pesca

Artículo 172Acciones de pesca por el personal de vigilancia

Artículo 173De las infracciones y sanciones y su régimen jurídico

Artículo 174Sujetos responsables de las infracciones

Artículo 175Valor probatorio y deber de colaboración

Artículo 176Graduación de sanciones

Artículo 177Indemnizaciones y restauración del daño

Artículo 178Multas coercitivas

Artículo 179Prescripción de infracciones y sanciones

Artículo 180Procedimiento sancionador

Artículo 181Denuncia, competencia sancionadora y plazo de resolución

Artículo 182Responsabilidad penal

Artículo 183Registro regional de infractores de caza y pesca de la Comunidad de Madrid

Artículo 184Infracciones

Artículo 185Sanciones y medidas accesorias

Artículo 186Decomisos y rescate de medios de captura y armas

Artículo 187Infracciones

Artículo 188Sanciones y medidas accesorias

Artículo 189Decomisos y rescate de medios de captura y artes de pesca

Artículo 190Fondo de mejoras

Artículo 191Planes de mejoras

Disposición adicional primeraColaboración entre Administraciones públicas

Disposición adicional segundaAdecuación de terrenos cinegéticos

Disposición adicional terceraTitulaciones técnicas habilitantes

Disposición adicional cuartaSociedades consorciadas de pescadores

Disposición transitoria primeraAdecuación de los cotos existentes

Disposición transitoria segundaObligación de relación electrónica con la Administración pública

Disposición transitoria terceraPiezas de caza en cautividad y cerramientos preexistentes

Disposición transitoria cuartaVigencia de las órdenes de regulación de las actividades de caza y pesca

Disposición transitoria quintaEscenarios de pesca existentes y delimitación de aguas trucheras

Disposición transitoria sextaAprovechamientos pesqueros por las sociedades locales de pescadores

Disposición transitoria séptimaObligaciones de vigilancia privada

Disposición transitoria octavaProcedimiento y vigencia de autorizaciones

Disposición derogatoria únicaNormas derogadas

Disposición final primeraModificación de la Ley 7/2024, de 26 de diciembre, de Medidas para un desarrollo equilibrado en materia de medio ambiente y ordenación del territorio

Disposición final segundaHabilitación normativa

Disposición final terceraEntrada en vigor

Anexo I

Anexo II

Anexo III

Anexo IV

Anexo V

Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

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