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Real Decreto Legislativo 121 unidades

Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

Real Decreto Legislativo 339/1990es-legislative-decree-1990-03-02-3392 mar 1990

Vehículos de motor

  1. Preámbulo Preámbulo
  2. Preámbulo Preámbulo
  3. Artículo único
  4. TÍTULO PRELIMINAR
  5. Artículo 1 Objeto de la Ley
  6. Artículo 2 Ámbito de aplicación
  7. Artículo 3 Conceptos utilizados
  8. TÍTULO I
  9. Artículo 4 Competencias de la Administración General del Estado
  10. Artículo 5 Competencias del Ministerio del Interior
  11. Artículo 6 Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico
  12. Artículo 7 Competencias de los Municipios
  13. CAPÍTULO II
  14. Artículo 8 Composición y competencias
  15. CAPÍTULO III. CÁPITULO III
  16. Artículo 8 bis Conferencia Sectorial de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible
  17. TÍTULO II
  18. Artículo 9 Usuarios, conductores y titulares de vehículos
  19. Artículo 9 bis Obligaciones del titular del vehículo y del conductor habitual
  20. Artículo 10 Obras y actividades prohibidas
  21. Artículo 11 Normas generales de conductores
  22. Artículo 12 Bebidas alcohólicas y drogas
  23. CAPÍTULO II
  24. Sección 1
  25. Artículo 13 Sentido de la circulación
  26. Artículo 14 Utilización de los carriles
  27. Artículo 15 Utilización del arcén
  28. Artículo 16 Supuestos especiales del sentido de circulación
  29. Artículo 17 Refugios, isletas o dispositivos de guía
  30. Artículo 18 Circulación en autopistas y autovías
  31. Sección 2
  32. Artículo 19 Límites de velocidad
  33. Artículo 20 Distancias y velocidad exigible
  34. Sección 3
  35. Artículo 21 Normas generales de prioridad
  36. Artículo 22 Tramos estrechos y de gran pendiente
  37. Artículo 23 Conductores, peatones y animales
  38. Artículo 24 Cesión de paso e intersecciones
  39. Artículo 25
  40. Sección 4
  41. Artículo 26 Incorporación de vehículos a la circulación
  42. Artículo 27 Conducción de vehículos en tramo de incorporación
  43. Sección 5
  44. Artículo 28 Cambios de vía, calzada y carril
  45. Artículo 29 Cambios de sentido
  46. Artículo 30 Prohibición de cambio de sentido
  47. Artículo 31 Marcha hacia atrás
  48. Sección 6
  49. Artículo 32 Sentido del adelantamiento
  50. Artículo 33 Normas generales del adelantamiento
  51. Artículo 34 Ejecución del adelantamiento
  52. Artículo 35 Vehículo adelantado
  53. Artículo 36 Prohibiciones de adelantamiento
  54. Artículo 37 Supuestos especiales de adelantamiento
  55. Sección 7
  56. Artículo 38 Normas generales de paradas y estacionamientos
  57. Artículo 39 Prohibiciones de paradas y estacionamientos
  58. Sección 8
  59. Artículo 40 Normas generales sobre pasos a nivel y puentes levadizos
  60. Artículo 41 Bloqueo de pasos a nivel y puentes levadizos
  61. Sección 9
  62. Artículo 42 Uso obligatorio de alumbrado
  63. Artículo 43 Supuestos especiales de alumbrado
  64. Sección 10
  65. Artículo 44 Advertencias de los conductores
  66. CAPÍTULO III
  67. Artículo 45 Puertas
  68. Artículo 46 Apagado de motor
  69. Artículo 47 Cinturón, casco y restantes elementos de seguridad
  70. Artículo 48 Tiempo de descanso y conducción
  71. Artículo 49 Peatones
  72. Artículo 50 Animales
  73. Artículo 51 Auxilio
  74. Artículo 52 Publicidad
  75. TÍTULO III
  76. Artículo 53 Normas generales sobre señales
  77. Artículo 54 Prioridad entre señales
  78. Artículo 55 Formato de las señales
  79. Artículo 56 Idioma de las señales
  80. Artículo 57 Mantenimiento de señales y señales circunstanciales
  81. Artículo 58 Retirada, sustitución y alteración de señales
  82. TÍTULO IV
  83. Artículo 59 Normas generales sobre autorizaciones administrativas
  84. Artículo 59 bis Domicilio y Dirección Electrónica Vial (DEV) de los titulares de una autorización administrativa
  85. CAPÍTULO II
  86. Artículo 60 Permisos y licencias de conducción
  87. CAPÍTULO III
  88. Artículo 61 Permiso de circulación y documentación de los vehículos
  89. Artículo 62 Matrículas
  90. CAPÍTULO IV
  91. Artículo 63 Declaración de nulidad o lesividad y pérdida de vigencia
  92. Artículo 64 Suspensión cautelar
  93. TÍTULO V
  94. Artículo 65 Cuadro general de infracciones
  95. Artículo 66 Infracciones en materia de publicidad
  96. Artículo 67 Sanciones
  97. Artículo 68 Graduación de las sanciones
  98. CAPÍTULO II
  99. Artículo 69 Personas responsables
  100. CAPÍTULO III
  101. Artículo 70 Garantía de procedimiento
  102. Artículo 71 Competencias
  103. Artículo 71 bis Intervención del permiso o licencia de conducción
  104. Artículo 72 Actuaciones administrativas y jurisdiccionales penales
  105. TÍTULO VI
  106. Artículo 73 Incoación
  107. Artículo 74 Denuncias
  108. Artículo 75 Valor probatorio de las denuncias de los Agentes de la Autoridad
  109. Artículo 76 Notificación de la denuncia
  110. Artículo 77 Práctica de la notificación de las denuncias
  111. Artículo 78 Notificaciones en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA)
  112. Artículo 79 Clases de procedimientos sancionadores
  113. CAPÍTULO II
  114. Artículo 80 Procedimiento sancionador abreviado
  115. CAPÍTULO III
  116. Artículo 81 Procedimiento sancionador ordinario
  117. Artículo 82 Recursos en el procedimiento sancionador ordinario
  118. CAPÍTULO IV
  119. Artículo 83 Medidas provisionales
  120. Artículo 84 Inmovilización del vehículo
  121. Artículo 85 Retirada y depósito del vehículo
  122. Artículo 86 Tratamiento residual del vehículo
  123. Artículo 87 Limitaciones de disposición en las autorizaciones administrativas
  124. CAPÍTULO V
  125. Artículo 88 Ejecución de las sanciones
  126. Artículo 89 Ejecución de la sanción de suspensión de las autorizaciones
  127. Artículo 90 Cobro de multas
  128. Artículo 91 Responsables subsidiarios del pago de multas
  129. CAPÍTULO VI
  130. Artículo 92 Prescripción y caducidad
  131. Artículo 93 Anotación y cancelación
  132. Artículo 94 El Registro Nacional de Víctimas de Accidentes de Tráfico
  133. Artículo 95 Finalidad del Registro
  134. Artículo 96 Comunicación y acceso a los datos del Registro
  135. Disposición transitoria unica
  136. Disposición adicional primera Pérdida de puntos en los permisos y licencias de conducción
  137. Disposición adicional segunda Garantía de la antigüedad de permisos y licencias de conducción
  138. Disposición adicional tercera Conductores profesionales
  139. Disposición adicional cuarta Permisos y licencias de conducción en las Comunidades Autónomas con lengua cooficial
  140. Disposición adicional quinta Comunidades Autónomas con competencias ejecutivas transferidas en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor
  141. Disposición adicional sexta Acceso al Registro de conductores e infractores para conocer el saldo de puntos
  142. Disposición adicional séptima Condiciones básicas y de accesibilidad para las personas con discapacidad
  143. Disposición adicional octava Cursos para conductores profesionales
  144. Disposición adicional novena Responsabilidad en accidentes de tráfico por atropellos de especies cinegéticas
  145. Disposición adicional décima Seguimiento de la aplicación de la Ley
  146. Disposición adicional undécima Dotación de medios humanos necesarios para la aplicación de la Ley
  147. Disposición adicional duodécima Formato del permiso o licencia de conducir
  148. Sección DISPOSICIÓN ADICIONAL DECIMONOVENA. DISPOSICIÓN ADICIONAL DECIMONOVENA
  149. Disposición derogatoria unica
  150. Disposición final unica Habilitación normativa
  151. Disposición final segunda Actualización de las cuantías de las sanciones de multa
  152. Disposición final tercera Título competencial
  153. Anexo UNICO
Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

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