Real Decreto Legislativo 339/1990

Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

Preámbulo Preámbulo

Preámbulo Preámbulo

Artículo único

TÍTULO PRELIMINAR

Artículo 1Objeto de la Ley

Artículo 2Ámbito de aplicación

Artículo 3Conceptos utilizados

TÍTULO I

Artículo 4Competencias de la Administración General del Estado

Artículo 5Competencias del Ministerio del Interior

Artículo 6Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico

Artículo 7Competencias de los Municipios

CAPÍTULO II

Artículo 8Composición y competencias

CAPÍTULO III. CÁPITULO III

Artículo 8 bisConferencia Sectorial de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible

TÍTULO II

Artículo 9Usuarios, conductores y titulares de vehículos

Artículo 9 bisObligaciones del titular del vehículo y del conductor habitual

Artículo 10Obras y actividades prohibidas

Artículo 11Normas generales de conductores

Artículo 12Bebidas alcohólicas y drogas

CAPÍTULO II

Sección 1

Artículo 13Sentido de la circulación

Artículo 14Utilización de los carriles

Artículo 15Utilización del arcén

Artículo 16Supuestos especiales del sentido de circulación

Artículo 17Refugios, isletas o dispositivos de guía

Artículo 18Circulación en autopistas y autovías

Sección 2

Artículo 19Límites de velocidad

Artículo 20Distancias y velocidad exigible

Sección 3

Artículo 21Normas generales de prioridad

Artículo 22Tramos estrechos y de gran pendiente

Artículo 23Conductores, peatones y animales

Artículo 24Cesión de paso e intersecciones

Artículo 25

Sección 4

Artículo 26Incorporación de vehículos a la circulación

Artículo 27Conducción de vehículos en tramo de incorporación

Sección 5

Artículo 28Cambios de vía, calzada y carril

Artículo 29Cambios de sentido

Artículo 30Prohibición de cambio de sentido

Artículo 31Marcha hacia atrás

Sección 6

Artículo 32Sentido del adelantamiento

Artículo 33Normas generales del adelantamiento

Artículo 34Ejecución del adelantamiento

Artículo 35Vehículo adelantado

Artículo 36Prohibiciones de adelantamiento

Artículo 37Supuestos especiales de adelantamiento

Sección 7

Artículo 38Normas generales de paradas y estacionamientos

Artículo 39Prohibiciones de paradas y estacionamientos

Sección 8

Artículo 40Normas generales sobre pasos a nivel y puentes levadizos

Artículo 41Bloqueo de pasos a nivel y puentes levadizos

Sección 9

Artículo 42Uso obligatorio de alumbrado

Artículo 43Supuestos especiales de alumbrado

Sección 10

Artículo 44Advertencias de los conductores

CAPÍTULO III

Artículo 45Puertas

Artículo 46Apagado de motor

Artículo 47Cinturón, casco y restantes elementos de seguridad

Artículo 48Tiempo de descanso y conducción

Artículo 49Peatones

Artículo 50Animales

Artículo 51Auxilio

Artículo 52Publicidad

TÍTULO III

Artículo 53Normas generales sobre señales

Artículo 54Prioridad entre señales

Artículo 55Formato de las señales

Artículo 56Idioma de las señales

Artículo 57Mantenimiento de señales y señales circunstanciales

Artículo 58Retirada, sustitución y alteración de señales

TÍTULO IV

Artículo 59Normas generales sobre autorizaciones administrativas

Artículo 59 bisDomicilio y Dirección Electrónica Vial (DEV) de los titulares de una autorización administrativa

CAPÍTULO II

Artículo 60Permisos y licencias de conducción

CAPÍTULO III

Artículo 61Permiso de circulación y documentación de los vehículos

Artículo 62Matrículas

CAPÍTULO IV

Artículo 63Declaración de nulidad o lesividad y pérdida de vigencia

Artículo 64Suspensión cautelar

TÍTULO V

Artículo 65Cuadro general de infracciones

Artículo 66Infracciones en materia de publicidad

Artículo 67Sanciones

Artículo 68Graduación de las sanciones

CAPÍTULO II

Artículo 69Personas responsables

CAPÍTULO III

Artículo 70Garantía de procedimiento

Artículo 71Competencias

Artículo 71 bisIntervención del permiso o licencia de conducción

Artículo 72Actuaciones administrativas y jurisdiccionales penales

TÍTULO VI

Artículo 73Incoación

Artículo 74Denuncias

Artículo 75Valor probatorio de las denuncias de los Agentes de la Autoridad

Artículo 76Notificación de la denuncia

Artículo 77Práctica de la notificación de las denuncias

Artículo 78Notificaciones en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA)

Artículo 79Clases de procedimientos sancionadores

CAPÍTULO II

Artículo 80Procedimiento sancionador abreviado

CAPÍTULO III

Artículo 81Procedimiento sancionador ordinario

Artículo 82Recursos en el procedimiento sancionador ordinario

CAPÍTULO IV

Artículo 83Medidas provisionales

Artículo 84Inmovilización del vehículo

Artículo 85Retirada y depósito del vehículo

Artículo 86Tratamiento residual del vehículo

Artículo 87Limitaciones de disposición en las autorizaciones administrativas

CAPÍTULO V

Artículo 88Ejecución de las sanciones

Artículo 89Ejecución de la sanción de suspensión de las autorizaciones

Artículo 90Cobro de multas

Artículo 91Responsables subsidiarios del pago de multas

CAPÍTULO VI

Artículo 92Prescripción y caducidad

Artículo 93Anotación y cancelación

Artículo 94El Registro Nacional de Víctimas de Accidentes de Tráfico

Artículo 95Finalidad del Registro

Artículo 96Comunicación y acceso a los datos del Registro

Disposición transitoria unica

Disposición adicional primeraPérdida de puntos en los permisos y licencias de conducción

Disposición adicional segundaGarantía de la antigüedad de permisos y licencias de conducción

Disposición adicional terceraConductores profesionales

Disposición adicional cuartaPermisos y licencias de conducción en las Comunidades Autónomas con lengua cooficial

Disposición adicional quintaComunidades Autónomas con competencias ejecutivas transferidas en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor

Disposición adicional sextaAcceso al Registro de conductores e infractores para conocer el saldo de puntos

Disposición adicional séptimaCondiciones básicas y de accesibilidad para las personas con discapacidad

Disposición adicional octavaCursos para conductores profesionales

Disposición adicional novenaResponsabilidad en accidentes de tráfico por atropellos de especies cinegéticas

Disposición adicional décimaSeguimiento de la aplicación de la Ley

Disposición adicional undécimaDotación de medios humanos necesarios para la aplicación de la Ley

Disposición adicional duodécimaFormato del permiso o licencia de conducir

Sección DISPOSICIÓN ADICIONAL DECIMONOVENA. DISPOSICIÓN ADICIONAL DECIMONOVENA

Disposición derogatoria unica

Disposición final unicaHabilitación normativa

Disposición final segundaActualización de las cuantías de las sanciones de multa

Disposición final terceraTítulo competencial

Anexo UNICO

Citenza

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