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Orden 22 unidades
Orden HAC/253/2020, de 3 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2019, se determinan el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos, se establecen los procedimientos de obtención, modificación, confirmación y presentación del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y se determinan las condiciones generales y el procedimiento para la presentación de ambos por medios telemáticos o telefónicos.
Orden 253/2020es-order-2020-03-03-2533 mar 2020
- Preámbulo Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1 Obligación de declarar por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
- Artículo 2 Obligación de declarar por el Impuesto sobre el Patrimonio
- Artículo 3 Aprobación del modelo de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
- Artículo 4 Aprobación del modelo de declaración del Impuesto sobre el Patrimonio
- Artículo 5 Obtención del borrador de declaración o de los datos fiscales del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
- Artículo 6 Procedimiento de modificación del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
- Artículo 7 Procedimiento de confirmación y presentación del borrador de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
- Artículo 8 Plazo de presentación del borrador de declaración y de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio
- CAPÍTULO V
- Artículo 9 Forma de presentación de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
- Artículo 10 Documentación adicional que debe acompañar a la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
- Artículo 11 Forma de presentación de las declaraciones del Impuesto sobre el Patrimonio
- Artículo 12 Lugar de presentación e ingreso de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
- Artículo 13 Fraccionamiento del pago resultante de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
- Artículo 14 Pago de la deuda tributaria resultante de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio mediante domiciliación bancaria
- Artículo 15 Habilitación y condiciones para la presentación electrónica de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio
- Artículo 16 Procedimiento para la presentación electrónica de las autoliquidaciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio
- Disposición final única Entrada en vigor
- Anexo 1
- Anexo 2
- Anexo 3
- Anexo 4