Orden HAC/253/2020, de 3 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2019, se determinan el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos, se establecen los procedimientos de obtención, modificación, confirmación y presentación del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y se determinan las condiciones generales y el procedimiento para la presentación de ambos por medios telemáticos o telefónicos.
Artículo 1Obligación de declarar por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Artículo 2Obligación de declarar por el Impuesto sobre el Patrimonio
Artículo 3Aprobación del modelo de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Artículo 4Aprobación del modelo de declaración del Impuesto sobre el Patrimonio
Artículo 5Obtención del borrador de declaración o de los datos fiscales del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Artículo 6Procedimiento de modificación del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Artículo 7Procedimiento de confirmación y presentación del borrador de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Artículo 8Plazo de presentación del borrador de declaración y de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio
CAPÍTULO V
Artículo 9Forma de presentación de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Artículo 10Documentación adicional que debe acompañar a la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Artículo 11Forma de presentación de las declaraciones del Impuesto sobre el Patrimonio
Artículo 12Lugar de presentación e ingreso de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Artículo 13Fraccionamiento del pago resultante de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Artículo 14Pago de la deuda tributaria resultante de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio mediante domiciliación bancaria
Artículo 15Habilitación y condiciones para la presentación electrónica de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio
Artículo 16Procedimiento para la presentación electrónica de las autoliquidaciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio