Real Decreto 358/1991, de 15 de marzo, por el que se reordena la Organización Nacional de Ciegos Españoles.
Disposición transitoria unica
Vigente · versión de 11 sept 2025
Disposición transitoria.
En tanto no se aprueben por el Consejo de Protectorado los nuevos Estatutos de la Organización, continuarán en vigor los aprobados por dicho Consejo, en su reunión del día 11 de mayo de 1988, en todo aquello que no se oponga a este Real Decreto.