Real Decreto 1416/1994

Real Decreto 1416/1994, de 25 de junio, por el que se regula la publicidad de los medicamentos de uso humano.

Preámbulo Preámbulo

Artículo 1Ámbito de aplicación

Artículo 2Principios generales

Artículo 3Finalidad de la publicidad destinada al público

Artículo 4Medicamentos objeto de publicidad destinada al público

Artículo 5Requisitos generales

Artículo 6Prohibiciones

Artículo 7Medicamentos excluidos de la publicidad

Artículo 8Distribución directa con fines publicitarios

Artículo 9Campañas de vacunación

Artículo 10Contenido mínimo

Artículo 11Publicidad de recuerdo

Artículo 12La visita médica

Artículo 13Control de la publicidad documental

Artículo 14Contenido mínimo

Artículo 15Soportes válidos

Artículo 16Distribución de muestras gratuitas

Artículo 17Incentivos

Artículo 18Patrocinio de reuniones científicas

Artículo 19Obligaciones de las personas facultadas para prescribir o dispensar medicamentos

Artículo 20Servicio científico

Artículo 21Obligaciones

Artículo 22Autorización de la publicidad destinada al público

Artículo 23Medidas cautelares

Artículo 24Efectos de la autorización

Artículo 25Comunicación de la publicidad destinada a las personas facultadas para prescribir o dispensar medicamentos

Artículo 26Autorización previa de la publicidad destinada a las personas facultadas para prescribir o dispensar medicamentos en supuestos excepcionales

Artículo 27Medidas cautelares

Artículo 28Cooperación entre las autoridades sanitarias

Artículo 29Tipificación de faltas y sanciones

Artículo 30Rectificación de la publicidad

Artículo 31Comunicación de las resoluciones al Ministerio de Sanidad y Consumo

Disposición adicional primeraCarácter de legislación sobre productos farmacéuticos

Disposición adicional segundaEspecialidades farmacéuticas publicitarias

Disposición adicional terceraPublicidad de los productos sanitarios

Disposición adicional cuartaPersonas facultadas para indicar, usar y autorizar la dispensación de medicamentos

Disposición transitoria primeraPlazo de adaptación de las campañas publicitarias

Disposición transitoria segundaPresentación de índices de actividad publicitaria

Disposición transitoria terceraAjuste de la publicidad al prospecto autorizado

Disposición derogatoria únicaDerogación normativa

Disposición final primeraFacultad de aplicación y desarrollo

Disposición final segundaEntrada en vigor

Citenza

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