Real Decreto 2487/1994

Real Decreto 2487/1994, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto regulador de las actividades de distribución al por mayor y de distribución al por menor mediante suministros directos a instalaciones fijas, de carburantes y combustibles petrolíferos.

Preámbulo Preámbulo

Artículo único

Disposición adicional primeraDesarrollo de la disposición adicional quinta de la Ley 34/1992, de 22 de diciembre

Disposición adicional segundaExistencias mínimas de seguridad en consumidores finales

Disposición adicional terceraDistribución de queroseno de aviación

Disposición adicional cuartaOperadores autorizados

Disposición transitoria únicaSolicitudes anteriores

Disposición derogatoria únicaAlcance de la derogación normativa

Disposición final primeraCarácter básico

Disposición final segundaEntrada en vigor

Anexo UNICO

Artículo 1Ambito de aplicación y definiciones

Artículo 2Registro de Operadores y Registro de Distribuidores

Artículo 3Obligaciones generales de los operadores

Artículo 4Garantía de suministro por los operadores

Artículo 5Prohibición de reventa por consumidores y usuarios finales

Artículo 6Modalidades de reparto

Artículo 7Ambito geográfico y funcional de la autorización del distribuidor

Artículo 8Procedimiento

Artículo 9Operador al por mayor

Artículo 10Capacidad legal, técnica y financiera

Artículo 11Seguridad de los suministros

Artículo 12Medios de recepción, almacenamiento y transporte

Artículo 13Existencias mínimas de seguridad

Artículo 14Comunicación

Artículo 14 bisInhabilitación para ejercer la actividad de operador

Artículo 15Resolución de autorización

Artículo 16Duración y prórroga de la autorización

Artículo 17Extinción de la autorización

Artículo 18Condiciones generales

Artículo 19Seguridad de los suministros

Artículo 20Medios de almacenamiento para el desarrollo de la actividad

Artículo 21Existencias mínimas de seguridad

Artículo 22Capacidad financiera suficiente

Artículo 23Solicitud de la autorización

Artículo 24Acreditación de condiciones y autorización

Artículo 25Mantenimiento de las condiciones exigidas y pérdida de la autorización

Artículo 26Adecuación de las instalaciones receptoras

Artículo 27Obligaciones de información

Artículo 28Obligaciones de colaboración

Artículo 29Régimen de infracciones y sanciones. Organos competentes

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