🇪🇸 España
Vigente Real Decreto 58 unidades
Real Decreto 2019/1997, de 26 de diciembre, por el que se organiza y regula el mercado de producción de energía eléctrica.
Real Decreto 2019/1997es-royal-decree-1997-12-26-201927 dic 1997
- Preámbulo Preámbulo
- Artículo 1 Objeto
- Artículo 2 Definición
- Artículo 3 Sujetos que actúan en el mercado de producción
- Artículo 4 Requisitos de los sujetos del mercado de producción
- Artículo 5 Gestión económica y técnica del mercado de producción
- Artículo 6 Mercado diario de producción
- Artículo 6 bis Agentes del mercado diario de producción
- Artículo 7 Requisitos de los agentes del mercado diario de producción
- Artículo 8 Presentación de ofertas de venta de energía en el mercado diario de producción
- Artículo 9 Presentación de ofertas de adquisición de energía en el mercado diario de producción
- Artículo 10 Casación de ofertas en el mercado diario de producción
- Artículo 11 Comunicación del resultado de la casación del mercado diario de producción
- Artículo 11bis Elaboración del programa diario base de funcionamiento por el operador del sistema
- Artículo 12 Restricciones por garantía de suministro y técnicas
- Artículo 13 Servicios complementarios
- Artículo 14 Mercado de servicios complementarios
- Artículo 15 Mercado intradiario
- Artículo 16
- Artículo 17 Programación horaria final
- Artículo 18 Situaciones de emergencia
- Artículo 19 Contratos bilaterales de energía eléctrica con entrega física
- Artículo 20 Características de los contratos bilaterales con entrega física
- Artículo 21 Consumidores cualificados
- Artículo 21bis
- Artículo 22 Responsabilidad de la liquidación
- Artículo 23 Precio de la energía eléctrica en el mercado diario e intradiario
- Artículo 23 bis Liquidación a realizar por el Operador del Sistema
- Artículo 24 Coste de garantía de potencia
- Artículo 25 Procedimiento y plazos de liquidación de las transacciones efectuadas en el mercado de producción de electricidad
- Artículo 26 Incumplimientos
- Artículo 27 Funciones del operador del mercado
- Artículo 28 Comité de agentes del mercado diario de producción
- Artículo 29 Composición del Comité de agentes del mercado diario de producción
- Artículo 30 Funciones del operador del sistema
- Artículo 31 Procedimientos de operación
- Artículo 32 Red de transporte bajo la gestión técnica del operador del sistema
- Artículo 33 Obligaciones de los propietarios de instalaciones eléctricas en el ámbito de la operación del sistema
- Artículo 34 Intercambios de energía
- Artículo 35 Régimen retributivo aplicable a los intercambios intracomunitarios e internacionales
- Artículo 36 Intercambios de energía de apoyo y desvíos entre sistemas
- Artículo 37 Capacidad de las interconexiones
- Disposición adicional primera Operador del mercado y operador del sistema
- Disposición adicional segunda Circulares de la Comisión Nacional del Sistema Eléctrico
- Disposición adicional tercera
- Disposición adicional cuarta
- Disposición transitoria primera Registros administrativos
- Disposición transitoria segunda Comité de agentes del mercado
- Disposición transitoria tercera Ofertas de la adquisición
- Disposición transitoria cuarta Mercado intradiario
- Disposición transitoria quinta «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima»
- Disposición transitoria sexta Intercambios internacionales
- Disposición transitoria séptima Conexiones internacionales
- Disposición transitoria octava Resolución de conflictos
- Disposición transitoria novena Distribuidores de energía eléctrica
- Disposición final primera Desarrollo normativo
- Disposición final segunda Carácter básico
- Disposición final tercera Entrada en vigor