Real Decreto 907/2007

Real Decreto 907/2007, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Planificación Hidrológica.

Preámbulo Preámbulo

Artículo único

Disposición adicional únicaCondiciones para la realización de actuaciones que suponen la modificación física de las masas de agua

Disposición transitoria únicaDe los Consejos del Agua de la demarcación

Disposición transitoria primeraDe los Consejos del Agua de la demarcación

Disposición transitoria segundaAdaptación de los registros de zonas protegidas

Disposición derogatoria únicaDerogación normativa

Disposición final primeraFundamento competencial

Disposición final segundaDesarrollo temporal

Disposición final terceraIncorporación de Derecho de la Unión Europea

Disposición final cuartaHabilitación normativa

Disposición final quintaEntrada en vigor

Artículo 1Objetivos y criterios de la planificación hidrológica

Artículo 2Ámbito territorial

Artículo 3Definiciones

Artículo 4Contenido obligatorio de los planes hidrológicos de cuenca

Artículo 4 bisAdaptación al cambio climático

Artículo 5Identificación y delimitación de masas de agua superficial

Artículo 6Ecorregiones y tipos de masas de agua superficial

Artículo 7Condiciones de referencia de los tipos de masas de agua superficial

Artículo 8Masas de agua artificiales y muy modificadas

Artículo 9Identificación y delimitación de masas de agua subterránea

Artículo 10Caracterización de las masas de agua subterránea

Artículo 11Inventario de recursos hídricos naturales

Artículo 12Usos del agua

Artículo 13Caracterización de las demandas de agua

Artículo 14Criterios para la estimación de las demandas de agua

Artículo 15Presiones sobre las masas de agua superficial

Artículo 16Presiones sobre las masas de agua subterránea

Artículo 16 bisIdentificación de impactos y análisis del riesgo

Artículo 17Prioridad y compatibilidad de usos

Artículo 17 bisDeclaración de utilidad pública

Artículo 18Caudales ecológicos

Artículo 19Sistemas de explotación

Artículo 20Reserva de recursos

Artículo 21Balances, asignación y reserva de recursos

Artículo 22Reservas hidrológicas

Artículo 23Otras zonas protegidas

Artículo 24Registro de zonas protegidas

Artículo 24 bisEstructura informática del registro de zonas protegidas de la demarcación

Artículo 25Revisión, actualización y consulta del registro de zonas protegidas

Artículo 25 bisSistema de información de los registros de zonas protegidas

Artículo 26Clasificación del estado de las aguas superficiales

Artículo 27Elementos de calidad para la clasificación del estado ecológico de los ríos

Artículo 28Elementos de calidad para la clasificación del estado ecológico de los lagos

Artículo 29Elementos de calidad para la clasificación del estado ecológico de las aguas de transición

Artículo 30Elementos de calidad para la clasificación del estado ecológico de las aguas costeras

Artículo 31Evaluación y presentación del estado de las aguas superficiales

Artículo 32Clasificación del estado de las aguas subterráneas

Artículo 33Evaluación y presentación del estado de las aguas subterráneas

Artículo 34Programas de seguimiento del estado de las aguas

Artículo 35Objetivos medioambientales

Artículo 36Plazos para alcanzar los objetivos medioambientales

Artículo 37Objetivos medioambientales menos rigurosos

Artículo 38Deterioro temporal del estado de las masas de agua

Artículo 39Condiciones para las nuevas modificaciones o alteraciones

Artículo 39 bisLogro de los objetivos ambientales

Artículo 39 terJustificación de las exenciones al logro de los objetivos ambientales

Artículo 40Análisis económico del uso del agua

Artículo 41Caracterización económica del uso del agua

Artículo 42Recuperación del coste de los servicios del agua

Artículo 43Programas de medidas

Artículo 44Relación de medidas básicas

Artículo 45Medidas para aplicar la legislación sobre protección del agua

Artículo 45 bisMedidas para aplicar el planteamiento combinado respecto de las fuentes puntuales y difusas

Artículo 46Medidas para la aplicación del principio de recuperación de los costes del uso del agua

Artículo 47Medidas para fomentar un uso eficiente y sostenible del agua

Artículo 48Medidas de control sobre extracción y almacenamiento del agua

Artículo 49Medidas de control sobre vertidos puntuales

Artículo 49 bisMedidas para evitar o controlar la contaminación de fuentes difusas

Artículo 49 terMedidas para garantizar las condiciones hidromorfológicas y afrontar las presiones de otras actividades con incidencia en el estado de las aguas

Artículo 50Vertidos directos a aguas subterráneas

Artículo 51Medidas respecto a las sustancias prioritarias

Artículo 52Medidas para prevenir o reducir las repercusiones de los episodios de contaminación accidental

Artículo 53Directrices para la recarga de acuíferos

Artículo 54Directrices para la protección de acuíferos

Artículo 55Medidas complementarias

Artículo 56Medidas para masas de agua con pocas probabilidades de alcanzar los objetivos ambientales

Artículo 57Perímetros de protección

Artículo 58Medidas para evitar un aumento de la contaminación de aguas marinas

Artículo 59Situaciones hidrológicas extremas

Artículo 60Infraestructuras básicas

Artículo 60 bisActuaciones específicas

Artículo 61Análisis coste-eficacia de las medidas

Artículo 62Registro de los programas y planes más detallados

Artículo 63Medidas de información pública y de consulta

Artículo 64Lista de autoridades competentes designadas

Artículo 65Puntos de contacto y procedimientos para la obtención de documentación e información

Artículo 66Reservas de agua y de terrenos

Artículo 66 bisContenido de los planes especiales de sequía

Artículo 67Contenido del Plan Hidrológico Nacional

Artículo 68Coordinación de los planes hidrológicos de cuenca

Artículo 69Condiciones de las transferencias

Artículo 70Modificaciones en la planificación del uso del recurso

Artículo 71Disposiciones generales

Artículo 72Organización y procedimiento para hacer efectiva la participación pública

Artículo 73Información pública

Artículo 74Consulta pública

Artículo 75Participación activa

Artículo 76Etapas en la elaboración de los planes hidrológicos de cuenca

Artículo 77Programa de trabajo

Artículo 78Contenidos y elaboración del estudio general sobre la demarcación

Artículo 79Esquema de temas importantes en materia de gestión de las aguas en la demarcación

Artículo 80Proyecto de plan hidrológico de cuenca

Artículo 81Estructura formal del plan hidrológico de cuenca

Artículo 82Instrucciones y recomendaciones técnicas complementarias

Artículo 83Aprobación de los planes hidrológicos de cuenca

Artículo 83 bisPublicación de los planes hidrológicos de cuenca

Artículo 83 terNotificación de los planes hidrológicos de cuenca

Artículo 83 quaterElaboración y aprobación de los planes especiales de sequía o de sus revisiones

Artículo 83 quinquiesElaboración y aprobación de los planes de emergencia para abastecimiento

Artículo 84Participación pública en la elaboración del Plan Hidrológico Nacional

Artículo 85Elaboración del Plan Hidrológico Nacional

Artículo 86Aprobación del Plan Hidrológico Nacional

Artículo 87Seguimiento de los planes hidrológicos

Artículo 88Aspectos objeto de seguimiento específico

Artículo 89Revisión de los planes hidrológicos de cuenca

Artículo 89 bisAplicación de las previsiones del plan especial de sequías

Artículo 89 terSeguimiento del plan especial de sequías

Artículo 89 quaterActualización del plan especial de sequías

Artículo 90Disposiciones generales

Artículo 91Otros efectos particulares

Artículo 92Declaración de situación excepcional por sequía extraordinaria

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