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Real Decreto 56 unidades

Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.

Real Decreto 1393/2007es-royal-decree-2007-10-29-139330 oct 2007

Universidades

  1. Preámbulo Preámbulo Modificado
  2. Artículo 1 Objeto Modificado
  3. Artículo 2 Ámbito de aplicación Modificado
  4. Artículo 3 Enseñanzas universitarias y expedición de títulos Modificado
  5. Artículo 4 Efectos de los títulos universitarios Modificado
  6. Artículo 5 Sistema europeo de créditos y calificaciones de las enseñanzas universitarias Modificado
  7. Artículo 6 Reconocimiento y transferencia de créditos Modificado
  8. Artículo 7 Precios públicos de las enseñanzas universitarias oficiales Modificado
  9. Artículo 8 Estructura general Modificado
  10. Artículo 9 Enseñanzas de Grado Modificado
  11. Artículo 10 Enseñanzas de Máster Modificado
  12. Artículo 11 Enseñanzas de Doctorado Modificado
  13. Artículo 12 Directrices para el diseño de títulos de Graduado Modificado
  14. Artículo 13 Reconocimiento de Créditos en las enseñanzas de Grado Modificado
  15. Artículo 14 Acceso a las enseñanzas oficiales de Grado Modificado
  16. Artículo 15 Directrices para el diseño de títulos de Máster Universitario Modificado
  17. Artículo 16 Acceso a las enseñanzas oficiales de Máster Modificado
  18. Artículo 17 Admisión a las enseñanzas oficiales de Máster Modificado
  19. Artículo ículos 18 a 23 Artículos 18 a 23 Modificado
  20. Artículo 18 Programa de Doctorado Modificado
  21. Artículo 19 Acceso a las enseñanzas de Doctorado Modificado
  22. Artículo 20 Admisión a las enseñanzas de doctorado Modificado
  23. Artículo 21 La tesis doctoral Modificado
  24. Artículo 22 Mención europea en el título de Doctor Modificado
  25. Artículo 23 Profesorado de las enseñanzas de Doctorado Modificado
  26. Artículo 24 Verificación y acreditación Modificado
  27. Artículo 25 Procedimiento de verificación Modificado
  28. Artículo 26 Inscripción en el Registro y sus efectos Modificado
  29. Artículo 27 Seguimiento de los títulos inscritos en el Registro de universidades, centros y títulos (RUCT) Modificado
  30. Artículo 27 bis Procedimiento general para la renovación de la acreditación de los títulos oficiales Modificado
  31. Artículo 27 ter Procedimiento especial para la renovación de la acreditación de los títulos oficiales Modificado
  32. Artículo 28 Modificación de los planes de estudios conducentes a la obtención de títulos oficiales ya verificados Modificado
  33. Disposición adicional primera Implantación de las nuevas enseñanzas Modificado
  34. Disposición adicional segunda Incorporación a las nuevas enseñanzas Modificado
  35. Disposición adicional tercera Doctor honoris causa Modificado
  36. Disposición adicional cuarta Efecto de los títulos universitarios oficiales correspondientes a la anterior ordenación Modificado
  37. Disposición adicional quinta Regímenes específicos Modificado
  38. Disposición adicional sexta Universidades de la Iglesia Católica Modificado
  39. Disposición adicional séptima Modificación del Real Decreto 285/2004 Modificado
  40. Disposición adicional octava Régimen transitorio de la modificación del Real Decreto 285/2004 Modificado
  41. Disposición adicional novena Verificación del cumplimiento de las condiciones para los títulos relacionados con los artículos 12.9 y 15.4 Modificado
  42. Disposición adicional décima Títulos de Especialistas en Ciencias de la Salud Modificado
  43. Disposición adicional undécima Títulos no oficiales Modificado
  44. Disposición adicional duodécima Verificación de titulaciones conjuntas internacionales Erasmus Mundus Modificado
  45. Disposición adicional decimoquinta Acreditación de títulos universitarios oficiales de Doctorado Modificado
  46. Disposición transitoria primera Implantación de enseñanzas de Grado para el curso académico 2008-2009 Modificado
  47. Disposición transitoria segunda Enseñanzas anteriores Modificado
  48. Disposición transitoria tercera Estudiantes de Doctorado Modificado
  49. Disposición transitoria cuarta Títulos universitarios vinculados con actividades profesionales reguladas Modificado
  50. Disposición transitoria quinta Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación Modificado
  51. Disposición transitoria sexta Implantación del sistema de renovación de la acreditación de las titulaciones universitarias oficiales Modificado
  52. Disposición derogatoria única Derogación normativa Modificado
  53. Disposición final primera Título competencial Modificado
  54. Disposición final segunda Actualización de los anexos Modificado
  55. Disposición final tercera Habilitación para el desarrollo reglamentario Modificado
  56. Disposición final cuarta Entrada en vigor Modificado
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