🇪🇸 España
Vigente Real Decreto 67 unidades
Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.
Real Decreto 822/2021es-royal-decree-2021-09-28-82229 sept 2021
- Preámbulo Preámbulo Modificado
- Artículo 1 Objeto Modificado
- Artículo 2 Ámbito de aplicación Modificado
- Artículo 3 Títulos universitarios oficiales Modificado
- Artículo 4 Principios rectores en el diseño de los planes de estudios de los títulos universitarios oficiales Modificado
- Artículo 5 Planes de estudios de los títulos universitarios oficiales Modificado
- Artículo 6 Programas de Doctorado Modificado
- Artículo 7 Implantación de los planes de estudios de nuevas enseñanzas Modificado
- Artículo 8 Efectos académicos y la expedición de títulos universitarios oficiales Modificado
- Artículo 9 Contabilización y calificación del trabajo académico del estudiantado Modificado
- Artículo 10 Procedimientos de reconocimiento y transferencias de créditos académicos en los títulos universitarios oficiales Modificado
- Artículo 11 De las prácticas académicas externas Modificado
- Artículo 12 Precios públicos de las enseñanzas universitarias oficiales en las universidades públicas Modificado
- Artículo 13 Objetivos y organización de las enseñanzas universitarias oficiales de Grado Modificado
- Artículo 14 Directrices generales para el diseño de los planes de estudios de las enseñanzas de Grado Modificado
- Artículo 15 Acceso y admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado Modificado
- Artículo 16 Objetivos y organización de las enseñanzas universitarias oficiales de Máster Universitario Modificado
- Artículo 17 Directrices generales para el diseño de los planes de estudios de las enseñanzas de Máster Universitario Modificado
- Artículo 18 Acceso y admisión a las enseñanzas oficiales de Máster Universitario Modificado
- Artículo 19 Objetivos y organización de las enseñanzas universitarias oficiales de Doctorado Modificado
- Artículo 20 Acceso y admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Doctorado Modificado
- Artículo 21 Estructuras curriculares específicas y de innovación docente Modificado
- Artículo 22 Mención Dual en las enseñanzas universitarias oficiales Modificado
- Artículo 23 Programas de enseñanzas de Grado con itinerario académico abierto Modificado
- Artículo 24 Programas académicos de simultaneidad de dobles titulaciones con itinerario específico Modificado
- Artículo 25 Aseguramiento de la calidad de las enseñanzas universitarias oficiales Modificado
- Artículo 26 Procedimiento de verificación de planes de estudios de las enseñanzas oficiales Modificado
- Artículo 27 Carácter oficial e inscripción de los títulos universitarios oficiales en el Registro de Universidades, Centros y Títulos Modificado
- Artículo 28 Procedimiento de seguimiento de los títulos que se imparten en centros universitarios no acreditados institucionalmente Modificado
- Artículo 29 Procedimiento de seguimiento de los títulos que se imparten en centros universitarios acreditados institucionalmente Modificado
- Artículo 30 Procedimiento para la modificación no sustancial de los planes de estudios impartidos en centros universitarios no acreditados institucionalmente Modificado
- Artículo 31 Procedimiento para la modificación no sustancial de los planes de estudios impartidos en centros universitarios acreditados institucionalmente Modificado
- Artículo 32 Procedimiento para la modificación sustancial de los planes de estudios impartidos en centros universitarios no acreditados institucionalmente Modificado
- Artículo 33 Procedimiento para la modificación sustancial de los planes de estudios impartidos en centros universitarios acreditados institucionalmente Modificado
- Artículo 34 Procedimiento de renovación de la acreditación de los títulos impartidos en centros universitarios no acreditados institucionalmente Modificado
- Artículo 35 Procedimiento de renovación de la acreditación de los títulos que se imparten en centros universitarios acreditados institucionalmente Modificado
- Artículo 36 Las enseñanzas propias universitarias Modificado
- Artículo 37 La formación permanente Modificado
- Disposición adicional primera Eficacia de los títulos universitarios oficiales correspondientes a la ordenación previa al EEES Modificado
- Disposición adicional segunda Aplicación de convenios internacionales en materia de reconocimiento mutuo de titulaciones universitarias Modificado
- Disposición adicional tercera Universidades y Centros dependientes del Estado Modificado
- Disposición adicional cuarta Universidades Concordatarias de la Iglesia Católica Modificado
- Disposición adicional quinta Títulos de Especialistas en Ciencias de la Salud Modificado
- Disposición adicional sexta Titulaciones universitarias conjuntas internacionales Modificado
- Disposición adicional séptima Titulaciones universitarias conjuntas internacionales en el marco del Programa de Universidades Europeas de la Comisión Europea Modificado
- Disposición adicional octava Procedimiento de verificación y de renovación de la acreditación de titulaciones universitarias conjuntas internacionales Erasmus Mundus Modificado
- Disposición adicional novena Programas académicos con recorridos sucesivos en el ámbito de la Ingeniería y la Arquitectura Modificado
- Disposición adicional décima Adscripción al Nivel 3 (Máster) del MECES de determinados títulos de Grado Modificado
- Disposición adicional undécima Regímenes específicos Modificado
- Disposición adicional duodécima Verificación del cumplimiento de las condiciones para los títulos que habilitan para el acceso y ejercicio de una profesión regulada Modificado
- Disposición adicional decimotercera Menciones en las titulaciones que habilitan para el ejercicio de las profesiones de Maestro o Maestra en Educación Infantil y de Maestro o Maestra en Educación Primaria Modificado
- Disposición adicional decimocuarta Principio de «no causar un daño significativo» Modificado
- Disposición transitoria primera Grados de 180 créditos Modificado
- Disposición transitoria segunda Títulos en proceso de verificación o de establecimiento de su carácter oficial con relación a las ramas de conocimiento Modificado
- Disposición transitoria tercera Adaptación de las titulaciones al formato de las modalidades docentes presencial, híbrida y virtual Modificado
- Disposición transitoria cuarta Agencias de aseguramiento de la calidad en proceso de inscripción en el EQAR Modificado
- Disposición transitoria quinta Adaptación de la adscripción a los ámbitos de conocimiento y de la memoria de verificación del plan de estudios Modificado
- Disposición transitoria sexta Másteres oficiales con una duración diferente a la establecida en este real decreto Modificado
- Disposición transitoria séptima Denominación de los Másteres propios de las universidades Modificado
- Disposición transitoria octava Enseñanzas universitarias oficiales que cuenten con un reconocimiento Dual Modificado
- Disposición derogatoria única Derogación normativa Modificado
- Disposición final primera Modificación del Real Decreto 1558/1986, de 28 de junio, por el que se establecen las bases generales del régimen de conciertos entre las Universidades y las Instituciones sanitarias Modificado
- Disposición final segunda Modificación del Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos Modificado
- Disposición final tercera Modificación del Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales Modificado
- Disposición final cuarta Título competencial Modificado
- Disposición final quinta Habilitación para el desarrollo reglamentario Modificado
- Disposición final sexta Entrada en vigor Modificado