Real Decreto 1393/2007

Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.

Preámbulo Preámbulo

Artículo 1Objeto

Artículo 2Ámbito de aplicación

Artículo 3Enseñanzas universitarias y expedición de títulos

Artículo 4Efectos de los títulos universitarios

Artículo 5Sistema europeo de créditos y calificaciones de las enseñanzas universitarias

Artículo 6Reconocimiento y transferencia de créditos

Artículo 7Precios públicos de las enseñanzas universitarias oficiales

Artículo 8Estructura general

Artículo 9Enseñanzas de Grado

Artículo 10Enseñanzas de Máster

Artículo 11Enseñanzas de Doctorado

Artículo 12Directrices para el diseño de títulos de Graduado

Artículo 13Reconocimiento de Créditos en las enseñanzas de Grado

Artículo 14Acceso a las enseñanzas oficiales de Grado

Artículo 15Directrices para el diseño de títulos de Máster Universitario

Artículo 16Acceso a las enseñanzas oficiales de Máster

Artículo 17Admisión a las enseñanzas oficiales de Máster

Artículo ículos 18 a 23Artículos 18 a 23

Artículo 18Programa de Doctorado

Artículo 19Acceso a las enseñanzas de Doctorado

Artículo 20Admisión a las enseñanzas de doctorado

Artículo 21La tesis doctoral

Artículo 22Mención europea en el título de Doctor

Artículo 23Profesorado de las enseñanzas de Doctorado

Artículo 24Verificación y acreditación

Artículo 25Procedimiento de verificación

Artículo 26Inscripción en el Registro y sus efectos

Artículo 27Seguimiento de los títulos inscritos en el Registro de universidades, centros y títulos (RUCT)

Artículo 27 bisProcedimiento general para la renovación de la acreditación de los títulos oficiales

Artículo 27 terProcedimiento especial para la renovación de la acreditación de los títulos oficiales

Artículo 28Modificación de los planes de estudios conducentes a la obtención de títulos oficiales ya verificados

Disposición adicional primeraImplantación de las nuevas enseñanzas

Disposición adicional segundaIncorporación a las nuevas enseñanzas

Disposición adicional terceraDoctor honoris causa

Disposición adicional cuartaEfecto de los títulos universitarios oficiales correspondientes a la anterior ordenación

Disposición adicional quintaRegímenes específicos

Disposición adicional sextaUniversidades de la Iglesia Católica

Disposición adicional séptimaModificación del Real Decreto 285/2004

Disposición adicional octavaRégimen transitorio de la modificación del Real Decreto 285/2004

Disposición adicional novenaVerificación del cumplimiento de las condiciones para los títulos relacionados con los artículos 12.9 y 15.4

Disposición adicional décimaTítulos de Especialistas en Ciencias de la Salud

Disposición adicional undécimaTítulos no oficiales

Disposición adicional duodécimaVerificación de titulaciones conjuntas internacionales Erasmus Mundus

Disposición adicional decimoquintaAcreditación de títulos universitarios oficiales de Doctorado

Disposición transitoria primeraImplantación de enseñanzas de Grado para el curso académico 2008-2009

Disposición transitoria segundaEnseñanzas anteriores

Disposición transitoria terceraEstudiantes de Doctorado

Disposición transitoria cuartaTítulos universitarios vinculados con actividades profesionales reguladas

Disposición transitoria quintaAgencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación

Disposición transitoria sextaImplantación del sistema de renovación de la acreditación de las titulaciones universitarias oficiales

Disposición derogatoria únicaDerogación normativa

Disposición final primeraTítulo competencial

Disposición final segundaActualización de los anexos

Disposición final terceraHabilitación para el desarrollo reglamentario

Disposición final cuartaEntrada en vigor

Citenza

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