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Real Decreto 44 unidades
Real Decreto 911/2012, de 8 de junio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Esgrima y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.
Real Decreto 911/2012es-royal-decree-2012-06-08-9119 jun 2012
- Preámbulo Preámbulo Modificado
- Artículo 1 Objeto Modificado
- Artículo 2 Identificación del título de Técnico Deportivo en Esgrima Modificado
- Artículo 3 Organización de las enseñanzas conducentes al título de Técnico Deportivo en Esgrima Modificado
- Artículo 4 Especializaciones del título de Técnico Deportivo en Esgrima Modificado
- Artículo 5 Perfil profesional de los ciclos de grado medio en esgrima Modificado
- Artículo 6 Competencia general del ciclo inicial de grado medio en esgrima Modificado
- Artículo 7 Competencias profesionales, personales y sociales del ciclo inicial de grado medio en esgrima Modificado
- Artículo 8 Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales del ciclo inicial de grado medio en esgrima Modificado
- Artículo 9 Entorno profesional, laboral y deportivo del ciclo inicial de grado medio en esgrima Modificado
- Artículo 10 Competencia general del ciclo final de grado medio en esgrima Modificado
- Artículo 11 Competencias profesionales, personales y sociales propias del sistema deportivo del ciclo final de grado medio en esgrima Modificado
- Artículo 12 Entorno profesional, laboral y deportivo del ciclo final de grado medio en esgrima Modificado
- Artículo 13 Estructura de los ciclos inicial y final de grado medio de esgrima Modificado
- Artículo 14 Ratio profesor/alumno Modificado
- Artículo 15 Módulo de formación práctica Modificado
- Artículo 16 Determinación del currículo Modificado
- Artículo 17 Espacios y equipamientos deportivos Modificado
- Artículo 18 Requisitos generales de acceso a los ciclos inicial y final de grado medio en esgrima Modificado
- Artículo 19 Requisitos de acceso al ciclo inicial de grado medio en esgrima para personas sin el Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria Modificado
- Artículo 20 Requisitos de acceso específicos al ciclo inicial de grado medio en esgrima Modificado
- Artículo 21 Efecto y vigencia de las prueba de carácter específico Modificado
- Artículo 22 Exención de la superación de la prueba de carácter específico a los deportistas de alto nivel y alto rendimiento Modificado
- Artículo 23 Requisitos de acceso de personas que acrediten discapacidades Modificado
- Artículo 24 Composición y perfil del tribunal de la prueba de carácter específico: Modificado
- Artículo 25 Funciones del tribunal evaluador de la prueba de carácter específico Modificado
- Artículo 26 Requisitos de titulación del profesorado en centros públicos Modificado
- Artículo 27 Requisitos de titulación del profesorado en centros privados y de titularidad pública de administraciones distintas de la educativa Modificado
- Artículo 28 Acceso a otros estudios Modificado
- Artículo 29 Convalidación de estas enseñanzas Modificado
- Artículo 30 Exención del módulo de formación práctica Modificado
- Artículo 31 Correspondencia formativa de los módulos de enseñanza deportiva con la experiencia docente Modificado
- Disposición adicional primera Referencia del título en el marco europeo Modificado
- Disposición adicional segunda Oferta a distancia de los módulos de enseñanza deportiva del presente título Modificado
- Disposición adicional tercera Clave identificativa de los certificados de superación del ciclo inicial Modificado
- Disposición adicional cuarta Referencias genéricas Modificado
- Disposición transitoria primera Extinción de la formación del período transitorio en las modalidades o especialidades reguladas en el presente real decreto Modificado
- Disposición transitoria segunda Modificado
- Disposición transitoria tercera Perfil de los evaluadores de las pruebas de carácter específico Modificado
- Disposición derogatoria única Derogación de normas Modificado
- Disposición final primera Título competencial Modificado
- Disposición final segunda Implantación del título Modificado
- Disposición final tercera Autorización para el desarrollo Modificado
- Disposición final cuarta Entrada en vigor Modificado