Real Decreto 738/2015

Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica y el procedimiento de despacho en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares.

Preámbulo Preámbulo

Artículo 1Objeto

Artículo 2Ámbito de aplicación

Artículo 3Definición de los sistemas eléctricos aislados de los territorios no peninsulares

Artículo 4Planificación

Artículo 5Participantes y funcionamiento del despacho de producción

Artículo 6Régimen retributivo adicional

Artículo 7Régimen económico de las instalaciones categoría B con derecho a percibir el régimen retributivo específico

Artículo 8Régimen económico de las instalaciones sin derecho a la percepción de régimen retributivo adicional o específico

Artículo 9Competencias administrativas

Artículo 10Requisitos generales de autorización, inscripción y despacho

Artículo 11Reconocimiento de los datos técnicos de las instalaciones de producción

Artículo 12Reconocimiento de los datos económicos y mezclas de combustible

Artículo 13Modificación y revisión de los datos técnicos y económicos

Artículo 14Registro administrativo de instalaciones de producción de energía eléctrica

Artículo 15Inscripción previa en el registro administrativo de instalaciones de producción de energía eléctrica en los territorios no peninsulares

Artículo 16Inscripción definitiva en el registro administrativo de instalaciones de producción de energía eléctrica

Artículo 17Cancelación de la inscripción definitiva en el registro administrativo de instalaciones de producción de energía eléctrica

Artículo 18Definición del régimen retributivo adicional

Artículo 19Régimen retributivo adicional por las nuevas inversiones

Artículo 20Retribución de los grupos que les sea otorgado un régimen retributivo adicional tras la finalización de su vida útil regulatoria

Artículo 21Establecimiento de parámetros técnicos y económicos para el cálculo del régimen retributivo adicional en cada periodo regulatorio

Artículo 22Retribución por costes fijos

Artículo 23Componentes de la retribución por costes fijos

Artículo 24Anualidad de la retribución fija

Artículo 25Retribución por amortización de la inversión

Artículo 26Cálculo del valor de la inversión reconocida

Artículo 27Retribución financiera de la inversión

Artículo 28Revisión de la tasa de retribución financiera

Artículo 29Método de cálculo de la anualidad de la retribución por operación y mantenimiento fijo

Artículo 30Órdenes de arranque

Artículo 31Retribución por costes variables de generación

Artículo 32Retribución por costes variables de funcionamiento

Artículo 33Retribución por costes de arranque asociados al combustible

Artículo 34Retribución por costes de banda de regulación

Artículo 35Retribución por costes variables de operación y mantenimiento

Artículo 36Retribución por otros costes operativos

Artículo 37Retribución por costes de los derechos de emisión

Artículo 38Revisión de parámetros técnicos de liquidación. Pruebas de rendimiento de las centrales

Artículo 39Revisión de parámetros económicos de liquidación

Artículo 40Cálculo de los precios de combustible

Artículo 41Procedimiento de subasta para el suministro de combustible fósil

Artículo 42Excepciones de aplicación de la subasta para el suministro de combustible fósil

Artículo 43Procedimientos de otorgamiento del régimen retributivo adicional

Artículo 44Informe anual de cobertura de la demanda

Artículo 45Riesgos de cobertura de la demanda en el corto plazo

Artículo 46Convocatoria del procedimiento para el otorgamiento de la resolución favorable de compatibilidad

Artículo 47Presentación de solicitudes y criterios de admisión

Artículo 48Tramitación de las solicitudes

Artículo 49Resolución del procedimiento de concurrencia competitiva para el otorgamiento de la resolución favorable de compatibilidad

Artículo 50Garantías

Artículo 51Contenido de la resolución del procedimiento de concurrencia competitiva

Artículo 52Efectos de la resolución favorable de compatibilidad

Artículo 53Otorgamiento del régimen retributivo adicional por las nuevas inversiones

Artículo 54Otorgamiento del régimen retributivo adicional para instalaciones cuya vida útil regulatoria vaya a finalizar y no vayan a realizar nuevas inversiones

Artículo 55Concursos para la reducción de costes

Artículo 56Procedimiento de otorgamiento del régimen retributivo adicional a las instalaciones de bombeo derivadas de un procedimiento de concurrencia competitiva

Artículo 57Reconocimiento del régimen retributivo adicional

Artículo 58Revocación del derecho a la percepción del régimen retributivo adicional

Artículo 59Retribución por adopción de medidas temporales y extraordinarias para garantizar la seguridad de suministro

Artículo 60Despacho de producción

Artículo 61Costes variables de generación a efectos de despacho

Artículo 62Costes variables de combustible de despacho

Artículo 63Costes de arranque de despacho

Artículo 64Costes variables de operación y mantenimiento de despacho

Artículo 65Costes de banda de regulación de despacho

Artículo 66Coste de los derechos de emisión de despacho

Artículo 67Funciones del operador del sistema

Artículo 68Información a facilitar al operador del sistema para el despacho de producción

Artículo 69Procedimiento de despacho de la generación

Artículo 70Cálculo del precio de adquisición de la demanda

Artículo 71Cálculo del precio final horario de generación y del extracoste en los sistemas eléctricos aislados de los territorios no peninsulares

Artículo 72Procedimiento de liquidaciones

Artículo 73Definición de las instalaciones de bombeo asignadas al operador del sistema en los territorios no peninsulares

Artículo 74Procedimiento de asignación de la titularidad

Artículo 75Régimen de autorización

Artículo 76Régimen de funcionamiento

Artículo 77Régimen retributivo

Artículo 78Procedimiento de liquidación

Disposición adicional primeraPrimer periodo regulatorio

Disposición adicional segundaValores unitarios de inversión del primer periodo regulatorio

Disposición adicional terceraValores unitarios de la anualidad de los costes de operación y mantenimiento fijos del primer periodo regulatorio

Disposición adicional cuartaRetribución por costes variables durante el primer periodo regulatorio

Disposición adicional quintaLiquidación de los ejercicios 2012, 2013 y 2014

Disposición adicional sextaMandatos a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia

Disposición adicional séptimaMandatos al operador del sistema

Disposición adicional octavaInstalaciones de producción que hayan finalizado su vida útil

Disposición adicional novenaRemisión de información

Disposición adicional décima

Disposición adicional undécimaConformidad con el ordenamiento comunitario

Disposición adicional duodécimaComunicación y notificación por vía electrónica

Disposición adicional decimoterceraRégimen económico de las energías renovables

Disposición transitoria primeraResolución de la primera convocatoria del procedimiento de otorgamiento de la resolución de compatibilidad de las instalaciones de producción de energía eléctrica en los territorios no peninsulares

Disposición transitoria segundaMezcla de combustible

Disposición transitoria terceraDeterminación del precio de combustible hasta la entrada en vigor de la orden definida en el artículo 40.5

Disposición transitoria cuartaDeterminación de los datos técnicos de despacho en las centrales inscritas en el registro administrativo de instalaciones de producción de energía eléctrica

Disposición transitoria quintaRégimen transitorio para determinadas instalaciones de producción categoría A

Disposición transitoria sextaRegímenes retributivos de instalaciones con autorización de explotación definitiva de fecha anterior al 1 de enero de 2012 solicitados con anterioridad a la entrada en vigor del presente real decreto

Disposición transitoria séptimaDeterminación de los costes de generación de liquidación hasta la entrada en vigor del presente real decreto

Disposición transitoria octava

Disposición transitoria novenaPruebas de potencia y de mínimo técnico

Disposición transitoria décimaParámetros de liquidación de las turbinas de gas que comparten alternador

Disposición transitoria undécimaRegímenes retributivos otorgados con anterioridad a la entrada en vigor del presente real decreto

Disposición transitoria duodécimaComunicación y notificación por vía electrónica

Disposición derogatoria únicaDerogación normativa

Disposición final primeraInstalaciones tipo y correspondencia entre clasificaciones

Disposición final segundaDesarrollo y aplicación del real decreto

Disposición final terceraEstablecimiento del precio del gas natural de liquidación y de despacho de los grupos de generación del sistema eléctrico balear

Disposición final cuartaCoste de Producción horario en los territorios no peninsulares a considerar en la fijación de los precios voluntarios para el pequeño consumidor

Disposición final quintaModificación del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos

Disposición final sextaTítulo competencial

Disposición final séptimaEntrada en vigor

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