Real Decreto 244/2019

Reglamento de Autoconsumo

Preámbulo Preámbulo

CAPÍTULO I

Artículo 1Objeto

Artículo 2Ámbito de aplicación

Artículo 3Definiciones

Artículo 4Clasificación de modalidades de autoconsumo

Artículo 5Requisitos generales para acogerse a una modalidad de autoconsumo

Artículo 6Calidad del servicio

Artículo 7Acceso y conexión a la red en las modalidades de autoconsumo

Artículo 8Contratos de acceso en las modalidades de autoconsumo

Artículo 9Contratos de suministro de energía en las modalidades de autoconsumo

Artículo 10Equipos de medida de las instalaciones acogidas a las distintas modalidades de autoconsumo

Artículo 11Requisitos generales de medida de las instalaciones acogidas a las distintas modalidades de autoconsumo

Artículo 12Requisitos particulares de medida de las instalaciones acogidas a las distintas modalidades de autoconsumo

CAPÍTULO V

Artículo 13Régimen económico de la energía excedentaria y consumida

Artículo 14Mecanismo de compensación simplificada

Artículo 15Liquidación y facturación en la modalidad de autoconsumo

Artículo 16Peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de aplicación a los productores de energía eléctrica

Artículo 16 bisDefinición del término de descuento por retardo en activación de autoconsumo

Artículo 17Peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de aplicación a los consumos en las modalidades de autoconsumo

Artículo 18Cargos del sistema eléctrico de aplicación a las modalidades de autoconsumo

Artículo 19Registro administrativo de autoconsumo de energía eléctrica

Artículo 20Inscripción en el registro administrativo de autoconsumo de energía eléctrica

Artículo 21Modificación y cancelación de las inscripciones en el registro administrativo de autoconsumo de energía eléctrica del Ministerio para la Transición Ecológica

Artículo 22Inspección de la aplicación de las modalidades de autoconsumo

Artículo 23Régimen sancionador

Disposición adicional primeraMandatos al operador del sistema y a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia

Disposición adicional segundaRemisión de información relativa a las instalaciones de autoconsumo

Disposición transitoria primeraAdaptación de los sujetos acogidos a la modalidad de autoconsumo existentes al amparo de lo regulado en el Real Decreto 900/2015, de 9 de octubre

Disposición transitoria segundaConfiguraciones singulares de medida de las cogeneraciones

Disposición transitoria terceraAplicación de peajes de acceso a las redes de transporte y distribución y cargos del sistema eléctrico a las modalidades de autoconsumo

Disposición transitoria cuartaFacturación de consumidores acogidos a una modalidad de autoconsumo que no dispongan de contadores de telegestión efectivamente integrados

Disposición transitoria quintaElementos de almacenamiento

Disposición transitoria sextaTérmino de facturación de energía reactiva

Disposición transitoria séptimaAdaptación de contadores tipo 4

Disposición transitoria octavaPuesta en marcha del registro administrativo de autoconsumo de energía eléctrica

Disposición transitoria novenaUbicación especial de equipos de medida

Disposición derogatoria únicaDerogación normativa

Disposición final primeraModificación del Real Decreto 1164/2001, de 26 de octubre, por el que se establecen tarifas de acceso a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica

Disposición final segunda

Disposición final tercera

Disposición final cuartaModificación del Real Decreto 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexión a red de instalaciones de producción de energía eléctrica de pequeña potencia

Disposición final quintaDesarrollo normativo

Disposición final sextaTítulo competencial

Disposición final séptimaEntrada en vigor

Citenza

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