🇪🇸 España
Vigente Real Decreto 61 unidades
Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica.
Real Decreto 1183/2020es-royal-decree-2020-12-29-118329 dic 2020
- Preámbulo Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1 Objeto
- Artículo 2 Definiciones
- Artículo 3 Ámbito de aplicación
- Artículo 4 Obligación de obtención de permisos acceso y de conexión a un punto de la red
- Artículo 5 Criterios generales para la tramitación de permisos de acceso y de conexión
- Artículo 6 Criterios generales del procedimiento de obtención de los permisos de acceso y de conexión
- Artículo 7 Criterio general de ordenación del otorgamiento de los permisos de acceso y de conexión
- Artículo 8 Inadmisión de solicitudes
- Artículo 9 Denegación de los permisos de acceso y de conexión
- Artículo 10 Inicio del procedimiento
- Artículo 11 Evaluación de la solicitud de acceso y conexión
- Artículo 12 Propuesta previa
- Artículo 13 Plazos para la remisión de la propuesta previa
- Artículo 13 bis Plazos para la ejecución de instalaciones de distribución necesarias para atender nuevos suministros
- Artículo 14 Aceptación de la propuesta
- Artículo 15 Emisión de los permisos de acceso y de conexión
- Artículo 16 Procedimiento abreviado
- Artículo 17 Exenciones a la obtención de los permisos de acceso y de conexión
- CAPÍTULO V
- Artículo 18 Celebración de concursos de capacidad de acceso en determinados nudos de la red de transporte para integración de renovables
- Artículo 19 Criterios aplicables a los concursos
- Artículo 20 Procedimiento para la celebración de concursos
- Artículo 20 bis Celebración de concursos de capacidad de acceso de demanda en determinados nudos de la red de transporte
- Artículo 20 ter Criterios aplicables a los concursos de demanda
- Artículo 20 quater Procedimiento para la activación de concursos de demanda
- Artículo 20 quinquies Reserva de capacidad de almacenamiento en nudos reservados para concurso de generación o demanda
- Artículo 21 Contrato técnico de acceso a la red
- Artículo 22 Contrato de acceso a la red para consumidores
- Artículo 23 Garantías económicas necesarias para la tramitación de los procedimientos de acceso y conexión de instalaciones de generación de electricidad
- Artículo 23 bis Garantías económicas necesarias para la tramitación de los procedimientos de acceso y conexión de instalaciones de demanda y almacenamiento
- Artículo 24
- Artículo 25
- Artículo 26 Caducidad de los permisos de acceso y de conexión
- Artículo 27 Hibridación de instalaciones de generación de electricidad con permisos de acceso y de conexión concedidos
- Artículo 28 Hibridación de instalaciones de generación de electricidad sin permisos de acceso y de conexión concedidos
- Artículo 29 Resolución de conflictos de acceso y conexión
- Artículo 30 Régimen sancionador
- Disposición adicional primera Sistemas de control coordinados para garantizar que no se supera la capacidad de acceso otorgada
- Disposición adicional segunda Cómputo de plazos
- Disposición adicional tercera Hibridación de plantas industriales con cogeneraciones
- Disposición adicional cuarta Definición de la potencia instalada de las instalaciones solares fotovoltaicas a los efectos de la aplicación del régimen retributivo específico
- Disposición adicional quinta Garantías a instalaciones de demanda en puntos de tensión superior a 36 kV
- Disposición adicional sexta Aplicación de requisitos de observabilidad y controlabilidad a instalaciones existentes
- Disposición adicional séptima Tratamiento de determinadas solicitudes de otorgamiento de permisos de acceso y de conexión de instalaciones adjudicatarias en concursos
- Disposición transitoria primera Interlocutores únicos de nudo existentes
- Disposición transitoria segunda Instalaciones que, a la entrada en vigor del real decreto, no dispongan de permiso de conexión
- Disposición transitoria tercera Inadmisión de solicitudes de permisos de acceso y de conexión en nudos de transición justa
- Disposición transitoria cuarta Garantías económicas necesarias para la tramitación de los procedimientos de acceso y conexión de instalaciones de generación de electricidad
- Disposición transitoria quinta Expedientes de instalaciones eléctricas en tramitación en el momento de la entrada en vigor del real decreto
- Disposición transitoria sexta Plataformas web a desarrollar por los gestores de las redes de transporte y distribución
- Disposición transitoria séptima
- Disposición transitoria octava Inadmisión de solicitudes hasta la publicación de las capacidades de acceso con base en los criterios de evaluación que apruebe la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
- Disposición derogatoria única Derogación normativa
- Disposición final primera Aplicabilidad del artículo 33 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico
- Disposición final segunda
- Disposición final tercera Modificación del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos
- Disposición final cuarta
- Disposición final quinta Modificación del Real Decreto 647/2020, de 7 de julio, por el que se regulan aspectos necesarios para la implementación de los códigos de red de conexión de determinadas instalaciones eléctricas
- Disposición final sexta Título competencial
- Disposición final séptima Habilitación normativa
- Disposición final octava Entrada en vigor